RESOLUCIÓN 13 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
APRUEBA - ALTA DEL TRÁMITE SOLICITUD DE EXENCIÓN ABL - COMERCIOS QUE EMPLEAN TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES -IUT -
Publicación:
09/09/2025
Sanción:
02/09/2025
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: Las Leyes 3.304 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos
118/22 y 387/23 y sus modificatorios, las Resolución 70-SECITD/22, las Resoluciones
N° 70-SECITD/22 y RESFC-2022-1-GCABA-SECITD, el Expediente EX-2025-
27191675-GCABA-DGR, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece como autoridad de aplicación a la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que el artículo 1° del Decreto 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los
Datos y un Sistema de Interoperabilidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
el propósito de interconectar los sistemas de información de las distintas áreas
gubernamentales, garantizando un intercambio de datos seguro, transparente y
confidencial;
Que mediante artículo 7° del citado Decreto se creó el Inventario Único de Trámites
(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será
implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o
el organismo que en el futuro lo reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, en el mismo sentido, por el artículo 8° se dispuso que todas las reparticiones
deberán informar los trámites bajo su órbita para su incorporación al mencionado
inventario, conforme las formas, plazos y condiciones que establezca la mencionada
Secretaría;
Que el Inventario Único de Trámites (IUT) tiene por finalidad consolidar los trámites
vigentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según la información
provista por cada jurisdicción;
Que mediante la Resolución 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo del
Inventario Único de Trámites (ROIUT);
Que por el artículo 3° de la mentada Resolución, se encomendó a la Dirección General
de Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar
cumplimiento al ROIUT;
Que en el marco de ello, por medio de la RESFC-2022-1-GCABA-SECITD se aprobó
el Anexo "I", estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo trámite o
modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";
Que el mencionado procedimiento, establece que el área responsable deberá pasar
por el control interno del área competente en la materia, la cual confeccionará un
informe con las recomendaciones pertinentes y un informe evaluatorio para la
incorporación del nuevo trámite;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, y a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de: "Fomentar el diseño ágil de
procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la
gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de
herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; Intervenir en el
diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las
distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; Supervisar el
diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de
las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y
tecnológica, procesos y servicios al ciudadano", entre otras;
Que a su vez, la misma norma, señala entre las responsabilidades primarias del
Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos las de: Coordinar, ejecutar y
supervisar la organización e implementación de los planes y programas relativos a
todas las etapas del proceso de recaudación tributaria entendiendo por tal a la
emisión, control de recaudación, fiscalización y dirección de las ejecuciones fiscales de
los tributos a su cargo tendientes a la eliminación de la evasión, fomentando el pago
voluntario de los tributos entre otras;
Que resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente en virtud de lo
dispuesto por el artículo 9° del Anexo I de la RESFC-2022-1-GCABA-SECITD, el cual
dispone que "cumplido el procedimiento, se procederá a la firma conjunta del acto
administrativo entre el área responsable y la Secretaría de Innovación y
Transformación Digital.";
Por ello, y en uso de las facultades otorgados por Decreto 387/23 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Aprobar el alta del trámite "SOLICITUD DE EXENCIÓN ABL A
COMERCIOS QUE EMPLEAN TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD" en el
Inventario Único de Trámites (IUT).
Artículo 2°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Dirección General de Eficiencia Administrativa dependiente de la Subsecretaría de
Innovación Administrativa a fin de proceder a la carga en el Inventario Único de
Trámites (IUT) de alta del Trámite:"SOLICITUD DE EXENCIÓN ABL A COMERCIOS
QUE EMPLEAN TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD". Cumplido archivar.-
Krivocapich - Piola