RESOLUCIÓN 147 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - PARA AUTORIZAR A LAS EMPRESAS A SER PROVEEDORAS DE SOLUCIONES DE PROCESAMIENTO DE PAGOS ELECTRÓNICOS SIN CONTACTO - SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR DE PASAJEROS - PRUEBA PILOTO 

Publicación:

10/09/2025

Sanción:

09/09/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: La Leyes 2.148 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), la Resolución

138/SECT/25 y el Expediente N° EX-2025-36395345-GCABA-DGTCP, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución 138/SECT/25, se autorizó la realización de una prueba piloto, en

los términos del Capítulo 1.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley 2.148 (texto consolidado según Ley

2.148), a fin de incorporar el sistema multipago como modalidad de percepción tarifaria

abierta en todas las líneas de transporte automotor de pasajeros cuyo recorrido se

desarrolle íntegramente dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, por medio de dicha Resolución, se estableció que las empresas

interesadas en participar en la implementación de la referida prueba piloto, como

proveedoras de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos sin contacto, para

el sistema de transporte público automotor de pasajeros, deberán acreditar el

cumplimiento de los "Requisitos técnicos, de seguridad, trazabilidad e

interoperabilidad" (conf. IF-2025-36476154-GCABA-SECT) y someterse a todas las

normativas e instrucciones que se dicten al efecto;

Que, en ese orden, y con el objeto de concretar la aludida prueba piloto, resulta

necesario aprobar un procedimiento administrativo a fin de que los interesados

efectúen sus propuestas y acrediten formalmente el cumplimiento de los citados

requisitos técnicos, de seguridad, trazabilidad e interoperabilidad;

Que, en consecuencia, corresponde complementar la Resolución 138/SECT/25, a fin

de brindar mayor detalle e información respecto de la presentación de las propuestas

en el marco de la citada prueba piloto, a los fines de favorecer la concurrencia y su

adecuada implementación;

Que por medio de la Ley 6.684 (texto consolidado según Ley 6.764) se establecieron

los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

entre ellos al Ministerio de Infraestructura;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte, como órgano

dependiente del referido Ministerio de Infraestructura;

Que el citado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta

Secretaría de Transporte, las de entender en la regulación y control del transporte en

el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instrumentar políticas, planes y

proyectos de ordenamiento y mejora del sistema de transporte de pasajeros y de

carga, y entender en los aspectos relacionados con el transporte, la circulación

peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo económico, ambiental y

social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;

Que, por todo lo expuesto, resulta necesario aprobar el procedimiento administrativo

que regirá para autorizar a las empresas interesadas en participar como proveedoras

de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos sin contacto para el sistema de

transporte público automotor de pasajeros, cuyo recorrido se desarrolle íntegramente

dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento administrativo, que como Anexo (IF-2025-

38342854-GCABA-SECT) integra la presente Resolución, a los fines de autorizar a las

empresas a ser proveedoras de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos

sin contacto para el sistema de transporte público automotor de pasajeros,

establecidas en el artículo 2° de la Resolución 138/SECT/25.

ARTÍCULO 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar

a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial y a la

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a Nación Servicios S.A., a las

empresas prestadoras del servicio de transporte automotor de pasajeros de

jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y al Ente Único Regulador de los

Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archivar.

Krantzer


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7201

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 147/SECT/25 aprueba el procedimiento administrativo, a los fines de autorizar a las empresas a ser proveedoras de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos sin contacto para el sistema de transporte público automotor de pasajeros, establecidas en el artículo 2º de la Resolución 138/SECT/25.</p>