RESOLUCIÓN 147 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - PARA AUTORIZAR A LAS EMPRESAS A SER PROVEEDORAS DE SOLUCIONES DE PROCESAMIENTO DE PAGOS ELECTRÓNICOS SIN CONTACTO - SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR DE PASAJEROS - PRUEBA PILOTO
Publicación:
10/09/2025
Sanción:
09/09/2025
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Leyes 2.148 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), la Resolución
138/SECT/25 y el Expediente N° EX-2025-36395345-GCABA-DGTCP, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 138/SECT/25, se autorizó la realización de una prueba piloto, en
los términos del Capítulo 1.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley 2.148 (texto consolidado según Ley
2.148), a fin de incorporar el sistema multipago como modalidad de percepción tarifaria
abierta en todas las líneas de transporte automotor de pasajeros cuyo recorrido se
desarrolle íntegramente dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, por medio de dicha Resolución, se estableció que las empresas
interesadas en participar en la implementación de la referida prueba piloto, como
proveedoras de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos sin contacto, para
el sistema de transporte público automotor de pasajeros, deberán acreditar el
cumplimiento de los "Requisitos técnicos, de seguridad, trazabilidad e
interoperabilidad" (conf. IF-2025-36476154-GCABA-SECT) y someterse a todas las
normativas e instrucciones que se dicten al efecto;
Que, en ese orden, y con el objeto de concretar la aludida prueba piloto, resulta
necesario aprobar un procedimiento administrativo a fin de que los interesados
efectúen sus propuestas y acrediten formalmente el cumplimiento de los citados
requisitos técnicos, de seguridad, trazabilidad e interoperabilidad;
Que, en consecuencia, corresponde complementar la Resolución 138/SECT/25, a fin
de brindar mayor detalle e información respecto de la presentación de las propuestas
en el marco de la citada prueba piloto, a los fines de favorecer la concurrencia y su
adecuada implementación;
Que por medio de la Ley 6.684 (texto consolidado según Ley 6.764) se establecieron
los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
entre ellos al Ministerio de Infraestructura;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte, como órgano
dependiente del referido Ministerio de Infraestructura;
Que el citado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría de Transporte, las de entender en la regulación y control del transporte en
el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instrumentar políticas, planes y
proyectos de ordenamiento y mejora del sistema de transporte de pasajeros y de
carga, y entender en los aspectos relacionados con el transporte, la circulación
peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo económico, ambiental y
social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;
Que, por todo lo expuesto, resulta necesario aprobar el procedimiento administrativo
que regirá para autorizar a las empresas interesadas en participar como proveedoras
de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos sin contacto para el sistema de
transporte público automotor de pasajeros, cuyo recorrido se desarrolle íntegramente
dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento administrativo, que como Anexo (IF-2025-
38342854-GCABA-SECT) integra la presente Resolución, a los fines de autorizar a las
empresas a ser proveedoras de soluciones de procesamiento de pagos electrónicos
sin contacto para el sistema de transporte público automotor de pasajeros,
establecidas en el artículo 2° de la Resolución 138/SECT/25.
ARTÍCULO 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar
a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial y a la
Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a Nación Servicios S.A., a las
empresas prestadoras del servicio de transporte automotor de pasajeros de
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y al Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archivar.
Krantzer