DISPOSICIÓN 36 2025 UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACION URBANA DE LA TRAZA DE LA EX-AU3 LEY 3396
Síntesis:
FIJA FECHA Y LUGAR - REALIZACIÓN ACTO ELECCIONARIO - SEDE DEFENSORÍA DEL PUEBLO - CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO - UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACIÓN URBANA DE LA TRAZA DE LA EX-AU3
Publicación:
11/09/2025
Sanción:
09/09/2025
Organismo:
UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACION URBANA DE LA TRAZA DE LA EX-AU3 LEY 3396
VISTO: Las Leyes N° 324, N° 3.396, N° 6.684 (Texto Consolidado por Ley N° 6.764) y
N° 6.769, los Decretos N° 387-GCABA/23, N° 44-GCABA/24, N° 298/GCABA/2025y
N° 189-GCABA/25, la Disposición N° 32-GCABA/2025, el Expediente Electrónico N°
EX-2025-32405022- -GCABA-UEEXAU3, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la aprobación del procedimiento para
la elección del beneficiario titular y suplente por subsector, según lo previsto en el
Decreto Reglamentario N° 189-GCABA/25 en su artículo 23;
Que, por Ley N° 324 (Texto Consolidado por Ley N° 6.764), se creó el Programa de
recuperación de la traza de la ex AU3 previendo, entre sus objetivos "(...) a) reconstruir
el tejido urbano y social del área en cuestión; b) brindar vivienda económica a los
beneficiarios; c) iniciar el proceso de solución habitacional definitiva, y garantizar la
estabilidad habitacional de los beneficiarios durante el proceso que demande el
desarrollo del mismo; d) atender en forma integrada y coordinada entre los diversos
organismos de gobierno, los problemas sociales de los beneficiarios.(...)";
Que, por la Ley N° 3.396 , se creó la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de
la Traza de la Ex AU3, cuya función será, entre otras, la evaluación de alternativas y
ejecución de acciones, proyectos y planes, destinados a cumplir los objetivos de los
regímenes aplicables a los ocupantes de la Traza de la EX AU3;
Que, mediante la Ley N° 6.684 (Texto Consolidado por Ley N° 6.764) se sancionó la
Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Humano
y Hábitat;
Que, mediante el Decreto N° 298/GCABA/2025 se aprobó, a partir del 1 de agosto de
2025, la nueva estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
creando dentro de su órbita a la Subsecretaría Abordaje Territorial y Obras;
Que, a su vez, mediante el mentado Decreto, se prevé que en la órbita de la
Subsecretaría Abordaje Territorial y Obras se encontrará como unidad fuera de nivel
Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3 - LEY N°
3.396;
Que, el mencionado Decreto establece entre las responsabilidades primarias de esta
Unidad Ejecutora la de la "Ejecución del Programa de reconstrucción del tejido urbano
y social del Sector 4 de la Traza de la Ex AU3, conforme lo establecido en la Ley 6.769
y su reglamentación.", "Diseñar, planificar e implementar estrategias y administrar los
recursos a fin de llevar a cabo los proyectos de integración socioeconómica y urbana
en el ámbito de la Traza de la Ex AU3." Y "Ejecutar las facultades conferidas por la
Ley N° 3.396, sus modificatorias y su reglamentación.";
Que, a través del Decreto N° 44-GCABA/24 se designó, a partir del 10 de diciembre de
2023, al señor Leandro Selim Saaied, como Titular del Organismo Fuera de Nivel
Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3;
Que, la Ley N° 6.769 tiene por objeto continuar con el Programa para reconstruir el
tejido urbano y social del Sector 4 de la Traza de la Ex AU3 conforme lo establecido en
el artículo 1° de la Ley 324 y garantizar soluciones habitacionales a los beneficiarios
que lo habitan.;
Que, la mentada ley, en su artículo N° 23 prevé la creación de la Comisión de Control
y Seguimiento;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 189/GCABA/2025, prevé que la Unidad Ejecutora
para la Renovación Urbana de la EXAU3 es la Autoridad de Aplicación de la Ley N°
6.769, con facultades para dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas que resulten necesarias para su implementación;
Que, por medio del Decreto N° 189-GCABA/25 se reglamentó la Ley N° 6.769,
estableciendo en su anexo la reglamentación del art. 23;
Que, la reglamentación del mencionado artículo prevé que "La Autoridad de Aplicación
determinará el mecanismo de elección de los integrantes de la Comisión de Control y
Seguimiento referidos en el inciso 3 del artículo 23 de la Ley";
Que, mediante la Disposición N° 32-GCABA/2025 se aprobó el procedimiento para la
elección del beneficiario titular y suplente por subsector con el fin de conformar la
Comisión de Control y Seguimiento según inciso 3 del artículo 23 de la Ley N° 6.769 y
el Formulario para Candidatos que como Anexo I y II (IF-2025-35744099-GCABA-
UEEXAU3 y IF-2025-35741864-GCABA-UEEXAU3 respectivamente) forman parte de
la mentada disposición;
Que, con respecto ello, deviene necesario fijar lugar, fecha y hora para llevar a cabo el
acto eleccionario;
Que, a los fines de garantizar la accesibilidad de los votantes y asegurar la neutralidad
del proceso electoral, esta Unidad Ejecutora fija como lugar de votación la sede de la
Defensoría del Pueblo, sita en la calle Belgrano N° 570, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, de este modo, el acto electoral tendrá lugar el día 14 de Octubre del 2025 desde
las 9.00 hs hasta las 18.00 hs del mismo día, en la dirección prevista ut supra;
Que, de la misma manera, corresponde aprobar el Anexo I (IF-2025-38258232-
GCABA-UEEXAU3), en el cual obra la planilla de aval;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Fijar el día 14 de Octubre del 2025, desde las 9.00 hasta las 18.00 horas,
en la sede de la Defensoría del Pueblo, sita en Belgrano N° 570, de esta Ciudad como
lugar, fecha y hora para la realización del acto eleccionario correspondiente a la
conformación de la Comisión de Control y Seguimiento según inciso 3 del artículo 23
de la Ley N° 6.769.
Artículo 2°.- Aprobar el Anexo I (IF-2025-38258232-GCABA-UEEXAU3), el cual
contiene la planilla de aval, que forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
pase a la guarda temporal. Saaied
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N ° 7202