DECRETO 189 2025
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTACIÓN LEY 6769 - ESTABLECE UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACIÓN URBANA DE LA EXAU3 - AUTORIDAD DE APLICACION - SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL Y OBRAS - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - ENCOMIENDA - DISTINTAS REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ADMINISTRANDO INMUEBLES ADQUIRIDOS - CONSTRUCCIÓN TRAZA DE LA EX AUTOPISTA 3 A - TRANSFERIR LAGESTIÓN DE TALES INMUEBLES A LA UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACIÓN URBANA - EXAU3
Publicación:
22/05/2025
Sanción:
21/05/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes 324, 3.396 y 6.769, el Decreto 387/23 y modificatorios, el
Expediente EX-2025-19384163 -GCABA- SSATO, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3.396 dispuso la derogación parcial de la traza de la Autopista AU3,
afectaciones y desafectaciones de distritos de zonificación, aprobación de diversas
normas urbanísticas y la puesta en funcionamiento de una solución habitacional,
urbanística y vial para el denominado Sector 5 de la Traza de la Ex AU3;
Que, para alcanzar dichos objetivos, la citada Ley creó la Unidad Ejecutora para la
Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3, y el Fondo para la Renovación Urbana
del Sector 5 de la Traza de la Ex-AU3;
Que la Ley 6.769 dispuso continuar con el Programa de reconstrucción del tejido
urbano y social del Sector 4 de la Traza de la Ex AU3, conforme lo establecido en el
artículo 1° de la Ley 324, y garantizar soluciones habitacionales a los beneficiarios que
allí habitan;
Que, para alcanzar dichos objetivos, la citada Ley modifica la Ley 3.396 en relación a
la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3 y el Fondo
para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3;
Que conforme lo expuesto, resulta necesario aprobar la reglamentación de la Ley
6.769;
Que asimismo, corresponde establecer el organismo que actuará en carácter de
Autoridad de Aplicación de la norma reglamentada;
Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Ex AU3 bajo la
órbita de la Subsecretaría de Abordaje Territorial y Obras, dependiente del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aprobar la reglamentación de la Ley 6.769 que como Anexo (IF-2025-
19821669-GCABA-MDHYHGC) forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Establecer a la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Ex
AU3, organismo bajo la órbita de la Subsecretaría de Abordaje Territorial y Obras,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, como Autoridad de
Aplicación de la Ley 6.769, con facultades para dictar las normas complementarias,
aclaratorias y operativas que resulten necesarias para su implementación.
Artículo 3°.- Encomendar a las distintas reparticiones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que actualmente se encuentren administrando inmuebles
adquiridos con motivo de la construcción de la Traza de la Ex Autopista 3 a transferir la
gestión de tales inmuebles a la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Ex
AU3.
Artículo 4°.- El presente decreto es refrendado por los Ministros de Desarrollo Humano
y Hábitat, de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al
Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Jefatura de Gabinete de Ministros para su
conocimiento y demás efectos. Remitir al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7126