DISPOSICIÓN 4 2025 UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA

Síntesis:

SUSTITUYE  TÍTULO 13 HIGIENE - SANITIZACIÓN CONTROL DE LIMPIEZA DISPOSICIÓN DE RESIDUOS CONTROL DE PLAGAS ANIMALES Y VEGETALES - APROBADO POR DISPOSICIÓN 1 -UERESGP-22 - LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DE ESPECIES ARBÓREAS Y VEGETALES - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN PRIVADA - ESTABLECE  LISTADO DE ESPECIES VEGETALES IDENTIFICADAS COMO POTENCIALMENTE PELIGROSAS - UNIDAD EJECUTORA - RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA

Publicación:

17/09/2025

Sanción:

06/08/2025

Organismo:

UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA


VISTO: La Ley 2189 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 538-GCABA-

AJG/09, la Disposición 1-GCABA-UERESGP/22, la RESFC-1-GCABA-MJGC/25, y el

EX- 31649290-GCABA-UERESGP/25 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2189 (texto consolidado por Ley 6764) estableció el Régimen de Escuelas

Seguras en Establecimientos Educativos de Gestión Privada incorporados a la

enseñanza oficial de todos los niveles de enseñanza;

Que el Decreto 538-GCABA-AJG/09, en su artículo 13 establece que en el ejercicio de

sus funciones, la Unidad Ejecutora en su carácter de autoridad de aplicación podrá

dictar las normas que sean necesarias para su funcionamiento de acuerdo con lo

establecido en el artículo 8° de la Ley N 2189;

Que en el artículo 17 establece que la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas

Seguras de Gestión Privada actúa como autoridad de aplicación del mismo, ejerciendo

el poder de policía a través de la Dirección General Fiscalización y Control

dependiente de la Agencia Gubernamental de Control;

Que la Disposición 1-GCABA-UERESGP/22 se aprueba la estructura y lineamientos

generales y básicos para la elaboración de la Plataforma de Escuelas Seguras, por

parte de las instituciones educativas alcanzadas por el Régimen de Escuelas Seguras

de Gestión Privada, establecido por la Ley 2189;

Que en el Anexo IF-2022-48100530-GCBA--UERESGP, que forma parte de la

Disposición antes mencionada, en el Título 13 "Higiene - Sanitización. Control de

Limpieza, disposición de residuos, control de plagas, animales y vegetales, etc.", Item

E, "Control de especies vegetales" establece el deber de controlar las especies

arbóreas y vegetales que pueden generar riesgos, y además se aclara que el estado

de las especies arbóreas se realiza con un profesional de incumbencia;

Que conforme lo antes expuesto resulta necesario establecer lineamientos claros para

el manejo de especies arbóreas y vegetales dentro de los establecimientos educativos

de gestión privada;

Que por Acta N° 13 de fecha 15 de julio de 2025, se definió el texto definitivo

denominado "LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DE ESPECIES ARBÓREAS y

VEGETALES DENTRO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN

PRIVADA", conforme al Anexo I DI-2025-32085765-GCABA-UERESGP que integra la

presente disposición;

Que mediante RESFC-1-GCABA-MJGC/25 se designó al Sr. Mauro Oscar Cernadas

Bernardi como Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora, en el marco de la Ley

2189;

Que, conforme lo expresado, resulta oportuno y conveniente dictar el presente acto

administrativo;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL COORDINADOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD EJECUTORA

DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°.- Sustituir el Título 13 "Higiene - Sanitización. Control de Limpieza,

disposición de residuos, control de plagas, animales y vegetales, etc.", Item E, "Control

de especies vegetales" del IF-2022-48100530-GCABA-UERESGP, oportunamente

aprobado por la Disposición 1-GCABA-UERESGP/22, por el Anexo I (DI-2025-

32085765-GCABA-UERESGP), identificado como "Lineamientos para el manejo de

especies arbóreas y vegetales dentro de los establecimientos educativos de gestión

privada", que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establecer, a título referencial, el listado de especies vegetales

identificadas como potencialmente peligrosas, conforme Anexo II (DI-2025-32337053-

GCABA-UERESGP) de aplicación en los establecimientos educativos de gestión

privada.

Artículo 3°.- Disponer que los establecimientos educativos de gestión privada podrán

llevar un inventario de especies vegetales, conforme los lineamientos establecidos en

el Anexo III (IF-2025-32338016-GCABA-UERESGP) y un registro de especies

arbóreas con riesgo, conforme lo establecido en el Anexo IV (IF-2025-32338450-

GCABA-UERESGP), los cuales forman parte integrante de la presente.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comunicar a

la Agencia Gubernamental de Control, a la Dirección General Educación de Gestión

Privada y a la Dirección General Registro de Obras y Catastro para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido, archivar. Cernadas Bernardi


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7206 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7206 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7206 ANEXO 3

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7206 ANEXO 4

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 4-UERESGP-25 sustituye  el Título 13 Higiene - Sanitización. Control de Limpieza,<br />disposición de residuos, control de plagas, animales y vegetales, etc., Item E, Control de especies vegetales oportunamente aprobado por Disposición 1-GCABA-UERESGP/22.</p>