DISPOSICIÓN 5 2025 UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA
Síntesis:
ESTABLECE - INCLUSIÓN DE LOS EDIFICIOS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS - AL ANEXO I - DISPOSICIÓN N° 7-UERESGP/23 - INSTITUTO INCORPORADO A LA ENSEÑANZA OFICIAL - EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - INSTITUTO PARROQUIAL NUESTRA SEÑORA DE LOS MILAGROS DE CAACUPÉ - INSTITUTO MADRE DEL PUEBLO
Publicación:
24/09/2025
Sanción:
11/09/2025
Organismo:
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA
VISTO: la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ley 2189 y su Decreto Reglamentario 538-GCABA-AJG/09, el Expediente
Electrónico EX-2025-23837620- GCABA-UERESGP, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional garantiza, en su Artículo 14, el derecho a la educación
de todos los habitantes de la Nación y la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de
la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en
una sociedad justa y democrática;
Que la Ley 2189 (texto consolidado por Ley 6764) estableció el Régimen de Escuelas
Seguras en Establecimientos Educativos de Gestión Privada y que el Decreto N° 538-
GCABA-AJG/09 ha reglamentado distintos aspectos de dicho régimen y facultado a la
Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada a determinar
los circuitos y procedimientos necesarios para la implementación del ordenamiento a
su cargo;
Que, asimismo, la Unidad Ejecutora en su carácter de autoridad de aplicación se
encuentra facultada para interpretar las normas respecto de su instrumentación a los
casos particulares;
Que la Disposición 7-GCABA-UERESGP/23 establece que aquellas instituciones
educativas de gestión privada exceptuadas de habilitación o de autorización de
actividad económica, que actúen en beneficio de personas en condiciones de
vulnerabilidad y no cobren arancel alguno por el servicio educativo prestado, las
cuales se incluyen en el Anexo I (IF-2023-29311509-GCABA-UERESGP) de la misma;
Que, asimismo, determina que estarán sujetas a cumplir con los "Lineamientos
Básicos en materia de Higiene, Seguridad y Funcionamiento de los establecimientos
educacionales de cuota cero, con servicios educativos en beneficio de personas en
condiciones de vulnerabilidad", que como Anexo V (IF-2023-29231394-GCABA-
UERESGP), forma parte integrante de dicha norma y serán pasibles del control de la
Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada (UERESGP);
Que los miembros de la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras de
Gestión Privada en la reunión de fecha 12 de agosto de 2025, decidieron la inclusión
al Anexo I de la Disposición 7-GCABA-UERESGP/23 de los edificios de las siguientes
instituciones educativas: Instituto Incorporado a la Enseñanza oficial de Educación de
Gestión Privada "Instituto Parroquial Nuestra Señora de los Milagros de Caacupé" (A-
1460), además del ubicado en Osvaldo Cruz 3470, el localizado en Pepirí 1462, CABA
e Instituto Incorporado a la Enseñanza oficial de Educación de Gestión Privada
"Instituto Madre del Pueblo" (A-1473), además del circunscripto en Perito Moreno y
Varela, Villa 1-11-14 Manzana 13 Casa 83, el situado en Perito Moreno 1700, CABA;
Que el hecho de contar con un régimen de gestión especial, por su naturaleza, no
exime al establecimiento y a la edificación que lo contenga de cumplir con las
obligaciones que emergen de la normativa local en materia de funcionamiento,
salubridad, seguridad e higiene;
Que por lo señalado, no queda eximida la responsabilidad de los propietarios de los
establecimientos educativos de conformidad a lo previsto en el Código de Edificación
sobre "Conservación y Mantenimiento";
Que la fiscalización implica el relevamiento de los establecimientos educativos
comprendidos en la presente disposición, en forma periódica, confeccionando un
informe no punitivo, en el que se relevarán las condiciones de funcionamiento,
salubridad, seguridad e higiene;
Que queda a cargo del organismo responsable del establecimiento resolver todos los
asuntos y cuestiones pendientes que fueran notificadas mediante el acta de
constatación, asumiendo entera responsabilidad por ello y como así también respecto
de las consecuencias por su inejecución;
Que la subsanación de tales faltas o mejoras deberá ser acreditada por el organismo
responsable del establecimiento fiscalizado mediante presentación electrónica de la
documental pertinente en el expediente creado por la UERESGP con la totalidad de
los antecedentes históricos, a sus efectos;
Que, conforme lo expresado, resulta oportuno y conveniente dictar el presente acto
administrativo y que han tomado la debida intervención las áreas pertinentes en la
órbita de su competencia:
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establecer la inclusión al Anexo I de la Disposición 7-GCABA-
UERESGP/23 de los edificios de las siguientes instituciones educativas: Instituto
Incorporado a la Enseñanza oficial de Educación de Gestión Privada "Instituto
Parroquial Nuestra Señora de los Milagros de Caacupé" (A-1460), además del ubicado
en Osvaldo Cruz 3470, el localizado en Pepirí 1462, CABA e Instituto Incorporado a la
Enseñanza oficial de Educación de Gestión Privada "Instituto Madre del Pueblo" (A-
1473), además del circunscripto en Perito Moreno y Varela, Villa 1-11-14 Manzana 13
Casa 83, el situado en Perito Moreno 1700, CABA.
Artículo 2°.- Disponer que todos los establecimientos incorporados por la presente en
el Anexo I de la Disposición 7-GCABA-UERESGP/23, deben cumplir con todas las
obligaciones determinadas en dicha norma.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comunicar a
la Agencia Gubernamental de Control, a la Dirección General Educación de Gestión
Privada y a la Dirección General Registro de Obras y Catastro para su conocimiento y
demás efectos. Cumplido, archivar. Cernadas Bernardi