DISPOSICIÓN 21 2025 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
Síntesis:
PRORROGA - PLAZO DE INSCRIPCIÓN - MODIFICA FECHA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS - PREMIO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EDICIÓN 2025 - DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
Publicación:
26/09/2025
Sanción:
25/09/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, 1602-
GCABA-MEDGC/24, 858-GCABA-MEDGC/25, 11885-GCABA-SSPIE/25, el
Expediente Electrónico 40937674- -GCABA-DGESM/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por sus Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere la mencionada norma;
Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en
áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires contemplándose a la Dirección General Escuela de Maestros
dependiente de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita
de este Ministerio;
Que conforme dicho plexo normativo la Dirección General Escuela de Maestros tiene
entre sus responsabilidades primarias: "Supervisar la implementación de los proyectos
y programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital", "establecer
los lineamientos para la planificación y gestión de los dispositivos de capacitación a
equipos de conducción y docentes, de todos los niveles y modalidades en materia de
Educación Digital, conforme lo sugerido por la Gerencia Operativa Educación Digital",
"acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la Subsecretaría y la
Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento de
competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque del
diseño curricular de la jurisdicción", y "analizar y supervisar las propuestas de
capacitación docente continua para el desarrollo profesional docente propiciadas por la
Gerencia Operativa Educación Digital";
Que la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha Dirección General,
tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de Educación Digital
en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y
la Dirección General", "promover la calidad educativa favoreciendo el uso reflexivo,
crítico y creativo de las tecnologías y entornos digitales orientado a equipos de
conducción, docentes, alumnos y familias", "planificar, asesorar y gestionar
dispositivos de capacitación a equipos de conducción y docentes, de todos los niveles
y modalidades, en materia de educación digital, conforme los lineamientos
establecidos por la Dirección General", "promover procesos de alfabetización
dinámicos e integrales, contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital,
informacional, entre otras), la ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la
programación, la robótica y la inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con
y sobre tecnologías digitales", "acompañar, planificar e implementar, conjuntamente
con la Dirección General y la Subsecretaría, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento
de competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque
del diseño curricular de la jurisdicción", "planificar, resignificar e incorporar tecnologías
digitales emergentes en las prácticas de enseñanza y en los procesos de aprendizaje",
"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as
digitales plenos", "propiciar espacios y dinámicas a través de las cuales las/os
estudiantes puedan diseñar y crear soluciones con tecnologías digitales, en conjunto
con la Dirección General y la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje", y "promover la
investigación y actualización constante en materia de educación digital";
Que mediante la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, se creó el
Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo
principal integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones
educativas a la cultura digital;
Que a través de la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los
aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias,
un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y
continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la
inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las
tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de
nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;
Que, en el marco del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", la transformación
digital constituye el principal objetivo de la Gerencia Operativa Educación Digital, la
cual promueve un enfoque educativo innovador que permita a las y los estudiantes
desenvolverse de manera crítica, creativa, significativa y responsable en entornos
diversos y cambiantes del siglo XXI;
Que por Resolución 858-GCABA-MEDGC/25 se aprobó el "Plan de Bialfabetización"
en el marco del Programa "Plan Integral de Educación Digital", facultando a la
Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa para el dictado de los actos
administrativos necesarios a efectos de implementar el mencionado Plan;
Que el Plan de Bialfabetización contempla entre sus acciones de Formación Docente
para la Bialfabetización el "Premio a la Innovación Tecnológica" como una iniciativa
orientada a reconocer y visibilizar experiencias pedagógicas significativas que
promuevan la transformación digital de los aprendizajes, con el objetivo de destacar
proyectos que integren de manera creativa e innovadora las tecnologías digitales en
las prácticas educativas, fortaleciendo las capacidades de Educación Digital en las
comunidades escolares;
Que mediante Resolución 11885-GCABA-SSPIE/25 se aprobaron las Bases y
Condiciones del "Premio Innovación Tecnológica" - Edición 2025 conforme el Anexo
(IF-2025-33551384-GCABA-DGESM);
Que por medio de dicho acto se facultó a esta Dirección General Escuela de Maestros
a dictar los actos complementarios y/o aclaratorios que resulten necesarias para la
implementación del "Premio Innovación Tecnológica" - Edición 2025;
Que las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución 11885-GCABA-
SSPIE/25 establecieron como fecha límite de inscripción al "Premio Innovación
Tecnológica - Edición 2025" el día 26 de septiembre de 2025;
Que a fin de propiciar una mayor participación y alcance de la convocatoria, la
Gerencia Operativa Educación Digital propone la extensión del plazo de inscripción;
Que por todo lo expuesto, la Gerencia Operativa Educación Digital propicia prorrogar
la fecha límite de inscripción hasta el día 3 de octubre de 2025, con el objeto de
garantizar la difusión adecuada y favorecer la presentación de la mayor cantidad
posible de proyectos modificando en consecuencia el período de evaluación de
proyectos, el cual se desarrollará entre los días 6 y 24 de octubre de 2025;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, brinda su conformidad en
las presentes actuaciones.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución 11885-GCABA-
SSPIE/25,
Artículo 1°.- Prorrogar el plazo de inscripción del "Premio Innovación Tecnológica -
Edición 2025" hasta el día 3 de octubre de 2025.
Artículo 2°.- Modificar la fecha de evaluación de proyectos, la cual se desarrollará
entre los días 6 y 24 de octubre de 2025.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, las
Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada, y
Sistema de Formación Docente, y a la Gerencia Operativa Educación Digital para su
conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Dalla Zorza