DISPOSICIÓN 21 2025 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS

Síntesis:

PRORROGA - PLAZO DE INSCRIPCIÓN - MODIFICA FECHA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS - PREMIO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EDICIÓN 2025 - DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS

Publicación:

26/09/2025

Sanción:

25/09/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS


VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus

modificatorios, las Resoluciones 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, 1602-

GCABA-MEDGC/24, 858-GCABA-MEDGC/25, 11885-GCABA-SSPIE/25, el

Expediente Electrónico 40937674- -GCABA-DGESM/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por sus Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere la mencionada norma;

Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en

áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";

Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires contemplándose a la Dirección General Escuela de Maestros

dependiente de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita

de este Ministerio;

Que conforme dicho plexo normativo la Dirección General Escuela de Maestros tiene

entre sus responsabilidades primarias: "Supervisar la implementación de los proyectos

y programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital", "establecer

los lineamientos para la planificación y gestión de los dispositivos de capacitación a

equipos de conducción y docentes, de todos los niveles y modalidades en materia de

Educación Digital, conforme lo sugerido por la Gerencia Operativa Educación Digital",

"acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la Subsecretaría y la

Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento de

competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque del

diseño curricular de la jurisdicción", y "analizar y supervisar las propuestas de

capacitación docente continua para el desarrollo profesional docente propiciadas por la

Gerencia Operativa Educación Digital";

Que la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha Dirección General,

tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de Educación Digital

en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y

la Dirección General", "promover la calidad educativa favoreciendo el uso reflexivo,

crítico y creativo de las tecnologías y entornos digitales orientado a equipos de

conducción, docentes, alumnos y familias", "planificar, asesorar y gestionar

dispositivos de capacitación a equipos de conducción y docentes, de todos los niveles

y modalidades, en materia de educación digital, conforme los lineamientos

establecidos por la Dirección General", "promover procesos de alfabetización

dinámicos e integrales, contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital,

informacional, entre otras), la ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la

programación, la robótica y la inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con

y sobre tecnologías digitales", "acompañar, planificar e implementar, conjuntamente

con la Dirección General y la Subsecretaría, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento

de competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque

del diseño curricular de la jurisdicción", "planificar, resignificar e incorporar tecnologías

digitales emergentes en las prácticas de enseñanza y en los procesos de aprendizaje",

"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as

digitales plenos", "propiciar espacios y dinámicas a través de las cuales las/os

estudiantes puedan diseñar y crear soluciones con tecnologías digitales, en conjunto

con la Dirección General y la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje", y "promover la

investigación y actualización constante en materia de educación digital";

Que mediante la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, se creó el

Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo

principal integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones

educativas a la cultura digital;

Que a través de la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los

aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias,

un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y

continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la

inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar

y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las

estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las

tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de

nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;

Que, en el marco del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", la transformación

digital constituye el principal objetivo de la Gerencia Operativa Educación Digital, la

cual promueve un enfoque educativo innovador que permita a las y los estudiantes

desenvolverse de manera crítica, creativa, significativa y responsable en entornos

diversos y cambiantes del siglo XXI;

Que por Resolución 858-GCABA-MEDGC/25 se aprobó el "Plan de Bialfabetización"

en el marco del Programa "Plan Integral de Educación Digital", facultando a la

Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa para el dictado de los actos

administrativos necesarios a efectos de implementar el mencionado Plan;

Que el Plan de Bialfabetización contempla entre sus acciones de Formación Docente

para la Bialfabetización el "Premio a la Innovación Tecnológica" como una iniciativa

orientada a reconocer y visibilizar experiencias pedagógicas significativas que

promuevan la transformación digital de los aprendizajes, con el objetivo de destacar

proyectos que integren de manera creativa e innovadora las tecnologías digitales en

las prácticas educativas, fortaleciendo las capacidades de Educación Digital en las

comunidades escolares;

Que mediante Resolución 11885-GCABA-SSPIE/25 se aprobaron las Bases y

Condiciones del "Premio Innovación Tecnológica" - Edición 2025 conforme el Anexo

(IF-2025-33551384-GCABA-DGESM);

Que por medio de dicho acto se facultó a esta Dirección General Escuela de Maestros

a dictar los actos complementarios y/o aclaratorios que resulten necesarias para la

implementación del "Premio Innovación Tecnológica" - Edición 2025;

Que las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución 11885-GCABA-

SSPIE/25 establecieron como fecha límite de inscripción al "Premio Innovación

Tecnológica - Edición 2025" el día 26 de septiembre de 2025;

Que a fin de propiciar una mayor participación y alcance de la convocatoria, la

Gerencia Operativa Educación Digital propone la extensión del plazo de inscripción;

Que por todo lo expuesto, la Gerencia Operativa Educación Digital propicia prorrogar

la fecha límite de inscripción hasta el día 3 de octubre de 2025, con el objeto de

garantizar la difusión adecuada y favorecer la presentación de la mayor cantidad

posible de proyectos modificando en consecuencia el período de evaluación de

proyectos, el cual se desarrollará entre los días 6 y 24 de octubre de 2025;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, brinda su conformidad en

las presentes actuaciones.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución 11885-GCABA-

SSPIE/25,

LA DIRECTORA GENERAL ESCUELA DE MAESTROS

DISPONE:

Artículo 1°.- Prorrogar el plazo de inscripción del "Premio Innovación Tecnológica -

Edición 2025" hasta el día 3 de octubre de 2025.

Artículo 2°.- Modificar la fecha de evaluación de proyectos, la cual se desarrollará

entre los días 6 y 24 de octubre de 2025.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, las

Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada, y

Sistema de Formación Docente, y a la Gerencia Operativa Educación Digital para su

conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Dalla Zorza

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 21-DGESM/25 prorroga el plazo de inscripción del Premio Innovación Tecnológica -<br />Edición 2025, cuyas Bases y Condiciones aprobara la Resolución 11885-SSPIE/25, hasta el día 3 de octubre de 2025.<br />Artículo 2 modifica la fecha de evaluación de proyectos, la cual se desarrollará entre los días 6 y 24 de octubre de 2025.</p>