RESOLUCIÓN 11885 2025 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA - BASES Y CONDICIONES - PREMIO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - EDICIÓN 2025 - SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - PLAN DE BIALFABETIZACIÓN - PROGRAMA PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL
Publicación:
25/08/2025
Sanción:
19/08/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias y 1602-
GCABA-MEDGC/24, 858-GCABA-MEDGC/25, el Expediente Electrónico EX-2025-
33538836- -GCABA-DGESM, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social", así como "promover y difundir la investigación y la formación en áreas de
interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires contemplando a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa
bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias la de "promover las políticas,
proyectos y programas educativos relacionados con la educación digital";
Que bajo dependencia de la citada Subsecretaría, se encuentra la Dirección General
Escuela de Maestros, la cual posee entre sus responsabilidades primarias la de
"supervisar la implementación de los proyectos y programas establecidos por la
Gerencia Operativa de Educación Digital" y "acompañar, planificar e implementar,
conjuntamente con la Subsecretaría y la Gerencia Operativa de Educación Digital, la
adquisición, desarrollo y fortalecimiento de competencias digitales docentes, de
conformidad con los contenidos y el enfoque del diseño curricular de la jurisdicción";
Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de la
Dirección General Escuela de Maestros, posee entre sus acciones, "diseñar e
implementar el Plan Integral de Educación Digital en todos los niveles y modalidades
educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y la Dirección General", "acompañar,
planificar e implementar, conjuntamente con la Dirección General y la Subsecretaría, la
adquisición, desarrollo y fortalecimiento de competencias digitales docentes, de
conformidad con los contenidos y el enfoque del diseño curricular de la jurisdicción",
"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as
digitales plenos" y "promover la investigación y actualización constante en materia de
educación digital", entre otras;
Que a través de la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, se aprobó
el Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual se encuentra
destinado a todos los niveles educativos y tiene como objetivo principal integrar los
procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura
digital;
Que por la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de esta
jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos
específicos, la mejora de los aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a
través de nuevas estrategias, un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza
y asistencia sostenida y continua a la escuela en un ambiente que promueva el
bienestar socioemocional, la inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar
nuevas maneras de enseñar y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades
que posibiliten a los/las estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y
cambiante, y fortalecer las tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a
través de la incorporación de nuevas funciones y potencialidades que brinda la
tecnología;
Que en el marco de dicho Plan se propicia generar espacios que promuevan la calidad
educativa mediante la integración de proyectos y experiencias innovadoras que
incluyan la enseñanza y el aprendizaje vinculado con la cultura digital, de acuerdo a
los lineamientos del Programa "Plan Integral de Educación Digital";
Que por Resolución 858-GCABA-MEDGC/25 se aprobó el "Plan de Bialfabetización"
en el marco del Programa "Plan Integral de Educación Digital", facultando a esta
Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa para el dictado de los actos
administrativos necesarios a efectos de implementar el mencionado Plan;
Que el Plan Bialfabetización contempla entre sus acciones de Formación Docente
para la Bialfabetización al "Premio a la Innovación Tecnológica" como una iniciativa
orientada a reconocer y visibilizar experiencias pedagógicas significativas que
promuevan la transformación digital de los aprendizajes, con el objetivo de destacar
proyectos que integren de manera creativa e innovadora las tecnologías digitales en
las prácticas educativas, fortaleciendo las capacidades de Educación Digital en las
comunidades escolares;
Que en este marco, la Dirección General Escuela de Maestros a través de la Gerencia
Operativa Educación Digital propicia la aprobación de las bases y condiciones para la
implementación de su edición 2025, destinada a docentes, directoras/es y
supervisoras/es de todos los establecimientos educativos de nivel inicial, primario,
secundario (normales, artística, media y técnica), modalidades adultos y adolescentes,
modalidad especial, e institutos superiores de formación docente de gestión pública, e
instituciones de gestión privada de cuota cero. También podrán participar escuelas de
gestión privada subvencionadas en un 100% y en un 80% en los niveles inicial,
primario y secundario, así como los programas Clubes de Ciencias, Jornada
Extendida, y Escuelas en Foco que lleven a cabo proyectos o experiencias con
inclusión de las tecnologías digitales en su labor y con finalidades pedagógicas;
Que en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo que
apruebe las bases y condiciones del "Premio Innovación Tecnológica" en su edición
2025, a fin de establecer los alcances de su implementación;
Que las Subsecretarías Tecnología Educativa y Gestión del Aprendizaje, y las
Direcciones Generales Escuela de Maestros, Sistema de Formación Docente, y
Educación de Gestión Privada, han brindado su conformidad en el marco de sus
respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de facultades delegadas por la Resolución 858-GCABA-MEDGC/25,
Artículo 1°.- Aprobar las Bases y Condiciones del "Premio Innovación Tecnológica" -
Edición 2025 conforme el Anexo (IF-2025-33551384-GCABA-DGESM), que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Escuela de Maestros a dictar los actos
complementarios y/o aclaratorios que resulten necesarias para la implementación del
"Premio Innovación Tecnológica" - Edición 2025.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Tecnología Educativa, y Gestión del Aprendizaje, y a las
Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro, Sistema de Formación
Docente, y Educación de Gestión Privada y a la Gerencia Operativa Educación Digital.
Cumplido, archivar. Ghillione
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7189