RESOLUCIÓN 858 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 4271- MEGC/17 - Y APRUEBA - PLAN DE BIALFABETIZACIÓN - PROGRAMA - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL 

Publicación:

23/07/2025

Sanción:

16/07/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6684 (texto

consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones

4271-GCABA-MEGC/17 y su modificatoria 2172-GCABA-MEDGC/24, 1602-GCABA-

MEDGC/24, 2271-GCABA-MEDGC/24 y 2788-GCABA-MEDGC/24, el Expediente

Electrónico EX-2025-28294427-GCABA-DGESM, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por sus Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere la mencionada norma;

Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en

áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";

Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires contemplándose a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa bajo la órbita de este Ministerio;

Que, asimismo, establece que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa

tiene entre sus responsabilidades primarias: "Planificar, diseñar y promover procesos

de mejora continua de las políticas y programas educativos para todos los niveles y

modalidades de la educación formal y no formal de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires", "proponer, diseñar y coordinar los planes estratégicos para la mejora de los

aprendizajes y promover su implementación", y "promover las políticas, proyectos y

programas educativos relacionados con la educación digital";

Que, por su parte, la Dirección General Escuela de Maestros, dependiente de la citada

Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias: "Supervisar la

implementación de los proyectos y programas establecidos por la Gerencia Operativa

de Educación Digital";

Que la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha Dirección General,

tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de Educación Digital

en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y

la Dirección General" y "promover procesos de alfabetización dinámicos e integrales,

contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital, informacional, entre otras), la

ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la programación, la robótica y la

inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con y sobre tecnologías digitales";

Que mediante la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17, modificada por la Resolución

2172-GCABA-MEDGC/24, se creó el Programa "Plan Integral de Educación Digital"

(PIED), el cual tiene como objetivo principal integrar los procesos de enseñanza y de

aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital;

Que a través de la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los

aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias,

un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y

continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la

inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar

y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las

estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las

tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de

nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;

Que entre las políticas prioritarias del referido Plan estratégico, se encuentra el "Plan

Integral de Educación Digital", el cual se propone acompañar y orientar los procesos

de inclusión de las tecnologías digitales con sentido pedagógico y didáctico en la

enseñanza y el aprendizaje, con el objetivo de promover la mediación en el abordaje

de contenidos curriculares, el desarrollo de sus competencias asociadas, así como el

desarrollo de las competencias de educación digital, necesarias para usar, compartir y

crear con tecnologías y entornos digitales;

Que, en tal marco, resulta necesario actualizar los lineamientos del Programa "Plan

Integral de Educación Digital", a fin de reforzar el rol central de la Educación Digital en

los procesos de aprendizaje, en atención a que la conectividad y el uso ubicuo de

tecnologías en constante evolución exigen una formación integral y el desarrollo de la

autonomía para aprender a lo largo de toda la vida;

Que por las Resoluciones 2271-GCABA-MEDGC/24 y 2788-GCABA-MEDGC/24 se

aprobaron los Diseños Curriculares correspondientes al Nivel Primario y al Nivel Inicial

para niños y niñas de cuatro (4) y cinco (5) años, respectivamente;

Que dichos Diseños constituyen marcos actualizados para orientar la planificación, la

enseñanza y la evaluación en esos niveles, y resulta pertinente incorporarlos como

documentos base para el establecimiento de lineamientos pedagógicos en el marco

del Programa mencionado;

Que, asimismo, se reconoce la necesidad de fortalecer habilidades cognitivas que

integren el desarrollo de competencias lectoras profundas en soportes impresos junto

con la fluidez en medios digitales, a través de un enfoque de bialfabetización que

promueva el análisis crítico, el discernimiento y la comprensión significativa en ambos

formatos;

Que, en este contexto, la Gerencia Operativa Educación Digital y la Dirección General

Escuela de Maestros han elaborado el Plan de Bialfabetización, a través del cual se

propone un enfoque híbrido e integral de enseñanza y aprendizaje que articula las

fortalezas de la lectura en papel con las del entorno digital, incorporando además

competencias clave en codificación, diseño y programación, fundamentales para la

alfabetización digital crítica y la formación en habilidades STEAM (Ciencia, Tecnología,

Ingeniería, Arte y Matemáticas) con destino a todos los niveles y modalidades;

Que, en virtud de ello, la Dirección General aludida entiende oportuno la actualización

del marco pedagógico del Programa "Plan Integral de Educación Digital", ampliando

sus alcances, y la aprobación del Plan de Bialfabetización;

Que, en virtud de ello, deviene necesario sustituir el Anexo I de la Resolución 4271-

MEGC/17 y su modificatoria 2172-GCABA-MEDGC/24 y aprobar el Plan de

Bialfabetización, en el marco del Programa "Plan de Educación Digital";

Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Tecnología Educativa y

Gestión del Aprendizaje, y la Dirección General Escuela de Maestros tomaron

intervención en el marco de las competencias que le son propias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I de la Resolución 4271-MEGC/17 y su modificatoria

Resolución 2172-GCABA-MEDGC/24, por el Anexo I (IF-2025-29066415-GCABA-

DGESM) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar el Plan de Bialfabetización, de conformidad con los lineamientos

fijados en el Anexo II (IF-2025-29066538-GCABA-DGESM), en el marco del Programa

"Plan Integral de Educación Digital", el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la Presente Resolución.

Artículo 3°.- Facultar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa u

organismo que en el futuro la reemplace, a dictar los actos administrativos necesarios

a efectos de implementar el Plan de Bialfabetización aprobado por el Artículo 2° de la

presente Resolución.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, Tecnología Educativa y

Gestión del Aprendizaje, a la Dirección General Escuela de Maestros y a la Gerencia

Operativa Educación Digital. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7167- ANEXO I



El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7167- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1885-SSPIE-25 aprueba  las Bases y Condiciones del Premio Innovación Tecnológica<br />Edición 2025 en el marco de la Resolucion 858-MEDGC-25</p>
INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 858/MEDGC/25 aprueba el Plan de Bialfabetización, en el marco del Programa “Plan Integral de Educación Digital”, aprobado por Resolución 4271-MEGC/17, modificada por la Resolución 2172-MEDGC/24.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 858/MEDGC/25 sustituye el Anexo I de la Resolución 4271/MEGC/17 y su modificatoria Resolución 2172-GCABA-MEDGC/24.</p>