DECRETO 374 2025
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - DEPORTES - INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SUBSECRETARÍA - COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SUR - GESTIÓN Y DESARROLLO URBANO - AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA - CIUDAD INTELIGENTE - DIRECCIÓN GENERAL - TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - ASUNTOS JURÍDICOS - COORDINACIÓN Y MONITOREO DE GESTIÓN - PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - EVALUACIÓN DEL GASTO - INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUR - INTEGRACIÓN DE PROYECTOS DEL SUR - PROMOCIÓN DEPORTIVA - DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - INFRAESTRUCTURA - DEPORTE DE ELITE Y ALTO RENDIMIENTO - DESARROLLO DEL DEPORTE MOTOR - GESTIÓN DE PROYECTOS E INFRAESTRUCTURA DEL AUTÓDROMO - CONTROL DE GESTIÓN Y SOPORTE ADMINISTRATIVO - IMPULSO COMERCIAL DEL AUTÓDROMO - SISTEMAS DE GESTIÓN - GESTIÓN DOCUMENTAL - GOBERNANZA DE DATOS - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - CIUDADANÍA DIGITAL - CANALES DIGITALES - SISTEMAS DE ATENCIÓN CIUDADANA - CONTACTO DIGITAL CIUDADANO - FUERA DE NIVEL - INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DE LA CIUDAD - LEY 6724 - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN (ASI) - LEY 2689
Publicación:
29/09/2025
Sanción:
25/09/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus
modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-40718285-GCABA-
DGASJU, y
CONSIDERANDO:
Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan
operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción
de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° a la Jefatura de Gabinete
de Ministros;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para
la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar las modificaciones a la estructura
organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a los fines de viabilizar un mejor
desarrollo técnico operativo;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de septiembre de 2025, la estructura organizativa
de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en los Anexos I -Organigrama (IF-2025-
40964815-GCABA-MJGGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y
Descripción de Acciones (IF-2025-40965010-GCABA-MJGGC), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto, modificando parcialmente el
Decreto 387/23.
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas
y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y
Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Subsecretaría de
Coordinación Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Cumplido, archivar. MUZZIO p/p - Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
ANEXOII -ResponsabilidadesPrimarias, Objetivos y Descripción de Acciones