DECRETO 376 2025

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - ORGANIGRAMA -RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES -UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - TRÁNSITO - TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA - PLANEAMIENTO URBANO - PLANEAMIENTO URBANO - PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL - GESTIÓN Y CONTROL DE LA MOVILIDAD - DIRECCIÓN GENERAL - PLANEAMIENTO URBANO - ANTROPOLOGÍA URBANA - ARQUITECTURA - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - OBRAS - PROYECTOS - GESTIÓN INTEGRAL DEL TRÁNSITO - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - GESTIÓN ECONÓMICOFINANCIERA - DISEÑO Y PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD - SEGURIDAD VIAL - TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS - GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD - GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD - FUERA DE NIVEL - AUTOPISTAS URBANAS SA - AUSA - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SE - SBASE

Publicación:

30/09/2025

Sanción:

26/09/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus

modificatorios, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-41346092-GCABA-

MIGC, y

CONSIDERANDO:

Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por

objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan

operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción

a :)

de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° al Ministerio de

Infraestructura;

Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el nivel de Dirección General;

Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para

la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar las modificaciones a la estructura

organizativa del Ministerio de Infraestructura, a los fines de viabilizar un mejor

desarrollo técnico operativo;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de octubre de 2025, la estructura organizativa del

Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo a lo establecido en los Anexos I -Organigrama (IF-2025-41390485-GCABA-

MIGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-

2025-41390825-GCABA-MIGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- Crear la Dirección General Comunicación y Relaciones Institucionales

dependiente del Ministerio de Infraestructura.

Artículo 3°.- Crear la Dirección General Gestión Económico-Financiero dependiente de

la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial de la Secretaría

de Transporte del Ministerio de Infraestructura.

Artículo 4°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Secretaría de Transporte

del Ministerio de Infraestructura.

Artículo 5°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial dependiente de la Secretaría de

Transporte del Ministerio de Infraestructura.

Artículo 6°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Gestión

de Servicios de Movilidad dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Control de la

Movilidad de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura.

Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Infraestructura, de

Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 9°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y

Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archivar.

MACRI - Bereciartua - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

ANEXO I - Organigrama

ANEXO II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto 376/25 modifica a partir del 1° de octubre de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Infraestructura, modificando parcialmente el Decreto 387/23.</p><p>Artículo 2° crea la Dirección General Comunicación y Relaciones Institucionales dependiente del Ministerio de Infraestructura.</p><p>Artículo 3° crea la Dirección General Gestión Económico-Financiero dependiente de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura.</p><p>Artículo 4° modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura.</p><p>Artículo 5° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura.</p><p>Artículo 6° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura.</p>