RESOLUCIÓN 95 2025 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
Síntesis:
APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - PLAN DE ESTUDIOS - BACHILLERATOS - EDUCACIÓN FÍSICA ALTERNATIVA A - INFORMÁTICA ALTERNATIVA A - AUTORIZA SU IMPLEMENTACIÓN EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 7 DISTRITO ESCOLAR 5 -SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
02/10/2025
Sanción:
29/09/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, las Leyes 33, 898 y 6684 (textos consolidados por Ley
6764), Decretos 387/23 y sus modificatorios y 349-AJG/25, las Resoluciones 321-
MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15 y 1602-GCABA-
MEDGC/24, el Expediente Electrónico 38343186-GCABA-DGEGE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que conforme la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, se declara que la
obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la
finalización del nivel de la educación secundaria;
Que por su parte la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764) dispuso previamente la
obligatoriedad del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones, debiendo los
servicios educativos de la jurisdicción adecuarse progresivamente, en cantidad y
calidad, para concretar la extensión de la obligatoriedad legalmente impuesta;
Que la Ley 33 (texto consolidado por Ley 6764) establece que la validez de todo nuevo
plan de estudios o de cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga
horaria de los planes de estudios vigentes en los establecimientos educativos de
cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por la
entonces Secretaría de Educación, estará sujeta a que las mismas sean objeto de
aprobación por dicho organismo, mediante el dictado de una resolución fundada para
cada caso;
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Ministerio de
Educación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las
políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e
integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el
sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en
todos los niveles y modalidades;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje y a la Dirección General Educación de Gestión Estatal;
Que corresponde a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje diseñar, promover,
implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al
desarrollo individual y social de la comunidad, así como diseñar, promover y
supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de
enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal dependiente de la mencionada
Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias, implementar y llevar a cabo
las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades de la
enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y
administrativos;
Que por las Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-
MEGC/15, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos
Básico y Orientado para la Formación General y Específica de la Nueva Escuela
Secundaria, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de esta
jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como objetivo la
mejora de los aprendizajes para niños/as, adolescentes y adultos/as;
Que dicho Plan Estratégico tiene como objetivo impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las
tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de
nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;
Que, a su vez, el citado Plan propone seguir transformando la escuela secundaria para
que garantice una educación con sentido y propósito que haga del paso por la escuela
una experiencia desafiante y enriquecedora a partir de la reorganización de los
dispositivos y lógicas presentes en el nivel;
Que por el Decreto 349-AJG/25 se creó la Escuela de Educación Media N° 7 Distrito
Escolar 5°, para funcionar en los turnos mañana y tarde en el edificio sito en la calle
Suárez 3112, de esta Ciudad;
Que en dicho contexto resultando oportuno y necesario determinar la oferta educativa
del mencionado establecimiento, y por ello la Dirección General de Educación de
Gestión Estatal propicia la implementación del "Bachillerato en Educación Física"
Alternativa "A" y del "Bachillerato en Informática" Alternativa "A" de la Nueva Escuela
Secundaria, aprobados por Resolución 321-MEGC/15 y sus modificatorias en la
Escuela de Educación Media N° 5 Distrito Escolar 7°;
Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a
los efectos de aprobar dicha implementación;
Que han tomado la correspondiente intervención la Subsecretaría Planeamiento e
Innovación Educativa, la Dirección General Educación de Gestión Estatal y las
Direcciones Educación Media y Coordinación del Nivel Secundario;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la implementación del "Bachillerato en Educación Física"
Alternativa "A" de la Nueva Escuela Secundaria aprobado por Resolución 321-
MEGC/15 y sus modificatorias, en la Escuela de Educación Media N° 7 Distrito Escolar
5°.
Artículo 2°.- Aprobar la implementación del "Bachillerato en Informática" Alternativa "A"
de la Nueva Escuela Secundaria aprobado por Resolución 321-MEGC/15 y sus
modificatorias, en la Escuela de Educación Media N° 7 Distrito Escolar 5°.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones
Generales Personal Docente y No Docente, Educación de Gestión Estatal y Carrera
Docente, a las Direcciones Coordinación de Nivel Secundario y Educación Media, a
las Gerencias Operativas Innovación y Contenidos Educativos, Recursos Humanos
Docentes y Títulos y Legalizaciones del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar.
Cruzalegui