LEY 1860 2005
Síntesis:
MODIFICA LA LEY 133 - INCORPORA IMPRESORAS CON SISTEMA DE LECTO - ESCRITURA BRAILLE - DIRECCIÓN GENERAL DE MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO
Publicación:
19/01/2006
Sanción:
01/12/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/01/2006
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase el artículo 1° de la Ley N° 133 que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1° - Incorpórense impresoras con sistema de lecto - escritura Braille en la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, a los efectos de entregar la información y documentación pertinente, impresa en Braille, a quien lo solicite. Asimismo, incorpórense también en la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario, a efectos de enviar a domicilio las boletas para el pago de impuestos, tasas, contribuciones y servicios impresas en dicho sistema, a requerimiento de los contribuyentes y usuarios que acrediten sufrir discapacidad visual.
Las facturas remitidas por las empresas adjudicatarias de toda nueva concesión de servicios públicos, se ajustan a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Artículo 2° - Incorpórase a la Ley N° 133 el artículo 1° bis que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1° bis: Encomiéndase al Poder Ejecutivo gestionar ante las empresas que presten servicios públicos en la Ciudad para que adhieran a lo dispuesto en el artículo anterior respecto de las facturas que remiten a sus usuarios.
Artículo 3° - Comuníquese, etc.