RESOLUCIÓN 4 2006 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
ESTABLECE LA ASIGNACIÓN DE TRANSFERENCIAS ENTRE MANDATARIOS- ASIGNACIÓN DE DEUDAS
Publicación:
19/01/2006
Sanción:
06/01/2006
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Visto la Ley N° 1.218, el Decreto N° 42/02, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 del decreto citado en el visto en su parte pertinente establece que la Procuración General será la autoridad de aplicación del presente decreto a cuyo fin dictará las normas complementarias y de interpretación que considere necesarias...;
Que, el artículo 21 faculta a la Procuración General a fijar los criterios de asignación de las transferencias, debiendo establecer pautas objetivas, selectivas y diferenciadas de acuerdo a los siguientes parámetros mínimos: eficiencia en la gestión, rendimiento en el recupero de créditos y distintas calidades y cantidades de los casos asignados;
Que, con fecha 29 de diciembre de 2005, se produjo el fallecimiento del mandatario Dr. Edelmiro Solari Irigoyen, a quien se le confiriera oportunamente el mandato por Decreto N° 586/96 (B.O.C.B.A. N° 91);
Que en consecuencia resulta necesario establecer el criterio de asignación de la deuda correspondiente al mandatario fallecido;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 1.218 y el Decreto N° 42/02,
Artículo 1° - La deuda correspondiente al mandatario Dr. Edelmiro Solari Irigoyen que determine la Dirección General de Control Interno será transferida al Dr. Leopoldo Inzaghi.
Artículo 2° - Deben asignarse al mandatario reemplazante sólo los juicios efectivamente entregados.
Artículo 3° - Debe darse estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución N° 941-PG/02, que expresamente establece que Cuando se efectúa la transferencia de una deuda a gestión judicial deberá consignarse en la respectiva cuenta corriente el Nombre y el Número del mandatario al cual le fue asignada la gestión de cobro.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales, de Control Interno y a la Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese.