RESOLUCIÓN 1107 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA EL SUPLEMENTO - PLAN INSTITUCIONAL PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE TRAYECTORIAS - CICLO LECTIVO 2025 - DOCENTES - DESIGNADOS EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 7-SSPIE/25 - CARÁCTER NO REMUNERATIVO Y NO BONIFICABLE
Publicación:
09/10/2025
Sanción:
06/10/2025
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.684 (texto
consolidado por Ley 6.764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, la Resolución de
Firma Conjunta 7-GCABA-SSPIE/25, el Expediente 35178764-GCABA-DGEGE/25 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por
los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
la misma;
Que la mencionada Ley, enuncia entre los objetivos correspondientes al Ministerio de
Educación, los de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social, así como planificar y administrar los recursos del sistema
educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, asimismo, conforme la citada Ley, el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene
entre sus objetivos el de diseñar e implementar las políticas de gestión y
administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a las Subsecretarías de Gestión del Aprendizaje y de Planeamiento e
Innovación Educativa bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que mediante Resolución de Firma Conjunta 7-GCABA-SSPIE/25 se aprobaron, para
el ciclo lectivo 2025, los "Lineamientos para la implementación del Plan Institucional
para el Acompañamiento de las Trayectorias (PIAT) los días sábados";
Que de acuerdo a lo dispuesto en la mentada norma, cada escuela podrá contar con
hasta cinco (5) docentes para llevar adelante las propuestas del PIAT los días
sábados;
Que, atento ello, resulta menester aprobar para el ciclo lectivo 2025 el "Suplemento -
Plan Institucional para el Acompañamiento de las Trayectorias" a efectos de retribuir a
los docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la Resolución de
Firma Conjunta 7-GCABA-SSPIE/25, como así también, el correspondiente modelo de
planilla de designación;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas,
ha tomado la intervención de su competencia;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación y la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas han
tomado la intervención de sus respectivas competencias.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar para el ciclo lectivo 2025, el "Suplemento - Plan Institucional para
el Acompañamiento de Trayectorias" a los efectos de retribuir a los docentes
designados en el marco de la Resolución de Firma Conjunta 7-GCABA-SSPIE/25,
cuyas condiciones se detallan en el Anexo I (IF-2025-35179277-GCABA-DGEGE) que
a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El suplemento aprobado en el Artículo 1° de la presente Resolución tiene
carácter no remunerativo y no bonificable.
Artículo 3°.- Facultar en forma indistinta a los titulares del Ministerio de Educación y/o
de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa o al organismo que los
reemplace, a designar y cesar al personal alcanzado por la presente Resolución.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
norma, será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa y a
las Direcciones Generales Planificación y Administración de Recursos, Personal
Docente y No Docente, Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente,
y Asuntos Jurídicos, todas dependientes del Ministerio de Educación, y a las
Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,
archivar. Miguel - Arengo Piragine