RESOLUCIÓN 1323 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA PLAN DE ESTUDIOS DE LA TECNICATURA SUPERIOR EN INSTRUMENTO DE ORQUESTA - TUBA Y AUTORIZA SU IMPLEMENTACIÓN EN LA DIRECCIÓN GENERAL INSTITUTO SUPERIOR DE ARTE DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CATÁLOGO DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS DEL NIVEL SUPERIOR NO UNIVERSITARIO Y DEL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN CONTINUA PARA LAS OFERTAS EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA ESPECÍFICA

Publicación:

14/10/2025

Sanción:

07/10/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: Las Leyes Nacionales 24521, 26058 y 26206 y sus modificatorias; la

Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación 261/06; las Resoluciones del

Consejo Federal de Educación 13/07 y 295/16; las Leyes 33, 2855 y 6684 (textos

consolidados por Ley 6764); el Decreto 387/23 y sus modificatorios; las Resoluciones

251-GCABA-MEDGC/22, 87-GCABA-EATC/25 y su modificatoria 121-GCABA-

EATC/25, 891-GCABA-MEDGC/25 y 10777-GCABA-SSPIE/25; el Expediente

Electrónico 24932231-GCABA-ISA/25, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley de Educación Nacional 26206 y sus modificatorias

establece que la educación superior está regulada por la Ley de Educación Superior

24521, la Ley de Educación Técnico Profesional 26058, así como por las disposiciones

de la primera ley mencionada en lo que respecta a los Institutos Educativos de

Formación Técnica Superior;

Que en este sentido, el artículo 3° de la Ley Nacional 24521 establece que "La

Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional,

humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura

nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y

desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación de personas

responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar

la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la

República y a la vigencia del orden democrático";

Que a su vez, la Ley Nacional 26058 tiene por objeto regular y ordenar la Educación

Técnico Profesional tanto en los niveles secundario y superior como en la formación

profesional;

Que dicha normativa, en su artículo 25 establece que "Las autoridades educativas

jurisdiccionales, sobre la base de los criterios básicos y parámetros mínimos

establecidos (...), formularán sus planes de estudio y establecerán la organización

curricular adecuada para su desarrollo, fijando los requisitos de ingreso, la cantidad de

años horas anuales de cada oferta de educación técnico profesional de nivel medio o

superior no universitario y la carga horaria total de las ofertas de formación

profesional";

Que por su parte, la Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación 261/06

establece el proceso de homologación y marcos de referencia de títulos y

certificaciones de educación técnico profesional;

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 13/07 aprobó el documento

"Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional", mientras que la

Resolución 295/16 del mismo Consejo aprobó los "Criterios para la organización

institucional y lineamientos para la organización de la oferta formativa para la

educación técnico profesional de nivel superior";

Que por otro lado, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha ley, correspondiendo al Ministerio de Educación "Diseñar, promover,

implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema

educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social";

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación, contemplándose a la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro y, bajo su órbita, a la Dirección Educación Técnica

Superior;

Que la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro tiene entre sus

responsabilidades primarias la de "Diseñar, implementar y evaluar políticas, programas

y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de educación

técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de nivel

secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de

fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos", así

como la de "Impulsar el diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de

alternativas formativas de aprendizaje permanente, en función a las necesidades

productivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por su parte, la Dirección Educación Técnica Superior contempla entre sus

acciones la de "Evaluar el desarrollo de las propuestas curriculares de la educación

técnica superior en relación con las necesidades productivas y laborales de la Ciudad";

Que a su vez, la Ley 2855 (texto consolidado por Ley 6764) creó el Ente Autárquico

Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura, con la misión de "(...) crear,

formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico

y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición

histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que dicha ley establece que es competencia del Ente Autárquico Teatro Colón

"Fomentar y estimular el aprendizaje y práctica de los géneros artísticos de sus

competencias y formar artistas en el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y toda expresión de arte afín a través de su Instituto Superior de Arte", como

también "Entender en la capacitación de oficios de arte vinculados a la producción de

sus espectáculos";

Que en virtud de la Resolución 87-GCABA-EATC/25 y su modificatoria 121-GCABA-

EATC/25, la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro

Colón tiene entre sus responsabilidades la de "Gestionar y promover la formación

artística en materia de artes escénicas, musicales, en ópera, ballet y música

instrumental en el Ente Autárquico Teatro Colón", como también "Programar el plan de

estudio y la currícula de las carreras de Danza, Canto Lírico, Academia Orquestal,

Preparación Musical de Ópera, Dirección Escénica de Ópera, Caracterización y otras

carreras o espacios curriculares del Ente Autárquico Teatro Colón";

Que la Ley 33 (texto consolidado por Ley 6764) dispone que todo nuevo plan de

estudios o cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de

los planes de estudio vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel,

modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, para lograr validez, deberá estar sujeto a la aprobación

del Ministerio de Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada

caso concreto;

Que la Resolución 251-GCABA-MEDGC/22 aprobó la "Estructura del Catálogo de

Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito de la Formación

Continua para las ofertas educativas de Educación Artística Específica";

Que asimismo, por la Resolución 891-GCABA-MEDGC/25 se creó la "Unidad

Evaluadora de Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y

Postítulos Docentes, Presenciales y a Distancia", en tanto que mediante la Resolución

10777-GCABA-SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso, evaluación y

egreso de proyectos que sean sometidos ante la mencionada Unidad Evaluadora;

Que en concordancia con la citada normativa, la Dirección General Instituto Superior

de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón (CUE 0201151) presentó y solicitó la

evaluación y aprobación del Plan de Estudio de la Tecnicatura Superior en Instrumento

de Orquesta - Tuba, de conformidad con lo previsto en el Anexo (IF-2025-36824645-

GCABA-ISA), para su implementación en la mencionada Dirección General, a partir

del ciclo lectivo 2025;

Que la Unidad Evaluadora de Planes De Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional

Docente y Postítulos Docentes, Presenciales y a Distancia, conforme al procedimiento

establecido, se expidió de manera favorable respecto del Plan de Estudio de la

Tecnicatura Superior en Instrumento de Orquesta - Tuba;

Que en esta línea, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

considera oportuna la aprobación del mencionado Plan de Estudio;

Que la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón

informó que el gasto que demande la implementación de la mencionada Tecnicatura

Superior será afrontado por el presupuesto asignado a dicha repartición;

Que asimismo, dicha Dirección General tendrá a su cargo el inicio del trámite de

validez nacional del título mencionado ante la Subsecretaría Planeamiento e

Innovación Educativa de este Ministerio de Educación;

Que por todo lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo correspondiente;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro tomaron la correspondiente intervención en el

marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudio de la Tecnicatura Superior en Instrumento de

Orquesta - Tuba, de conformidad con el Anexo (IF-2025-36824645-GCABA-ISA),

presentado por las autoridades de la Dirección General Instituto Superior de Arte del

Ente Autárquico Teatro Colón (CUE 0201151), el que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar la implementación del Plan de Estudio aprobado por el artículo

1° en la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón

(CUE 0201151) a partir del ciclo lectivo 2025.

Artículo 3°.- Incorporar el título de la Tecnicatura Superior aprobada por el artículo 1°

al "Catálogo de Títulos y Certificados del nivel Superior no Universitario y del ámbito

de la Formación Continua para las ofertas educativas de Educación Artística

Específica".

Artículo 4°.- Establecer que la Dirección General Agencia de Habilidades para el

Futuro, a través de la Dirección Educación Técnica Superior, y la Dirección General

Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico Teatro Colón, realizarán el seguimiento

de la implementación del Plan de Estudio aprobado por el artículo 1°.

Artículo 5°.- Establecer que la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente

Autárquico Teatro Colón tendrá a su cargo el inicio del trámite de validez nacional del

título de la Tecnicatura Superior aludida en el artículo 1°, ante la Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa de este Misterio, de acuerdo con los

requerimientos de la normativa nacional vigente.

Artículo 6°.- Dejar constancia de que la titulación del Plan de Estudio aprobado por el

artículo 1° será gestionada por la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente

Autárquico Teatro Colón ante la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones,

dependiente de la Dirección General Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa, a las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y

Asuntos Jurídicos, a la Dirección Educación Técnica Superior, a la Subgerencia

Operativa Títulos y Legalizaciones y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y

Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, todas ellas de este Ministerio

de Educación, y a la Dirección General Instituto Superior de Arte del Ente Autárquico

Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 3 de la Resolución 1323-MEDGC/25 incorpora el título de la Tecnicatura Superior en Instrumento de<br />Orquesta - Tuba aprobada por el artículo 1 al Catálogo cuya estructura aprobara la Resolución 251-MEDGC/22.</p>