LEY 6837 2025
Síntesis:
AMPLÍA - PLAZO ESTABLECIDO EN ARTÍCULO 19° LEY 238 - SOLO EFECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 4480 - RÉGIMEN DE EXPROPIACIONES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
20/10/2025
Sanción:
11/09/2025
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
04/10/2025
Artículo 1°.- Se amplía el plazo establecido en el Artículo 19° de la Ley 238 a cinco (5)
años a partir del vencimiento, al solo efecto del cumplimiento de la Ley 4480 y su
relación con las Leyes 5032, 5467, 5949, 6274, 6493 y 6696.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi
Buenos Aires, 16 de octubre de 2025
Mediante la presente certifico que la Ley 6.837, que tramita por el expediente EX-
2025-40099342-GCABA-DGCCN, sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 11 de septiembre de 2025, quedó
automáticamente promulgada el día 4 de octubre de 2025. Ello en virtud de lo
dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa,
y al Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
Cumplido, archivar. Kamian