RESOLUCIÓN 293 2025 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
RECTIFICA - RESOLUCIÓN N° 263-APRA/25 - CONVALIDACION - LICENCIA DE CONFIGURACIÓN AMBIENTAL (LCA) NRO. 001.446 - VEHÍCULO MARCA COMERCIAL DFSK - MODELO E5
Publicación:
22/10/2025
Sanción:
17/10/2025
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto
consolidado por Ley N° 6.764), las Leyes Nros. 2.628, 6.505, 6.592 Y 6.684 (textos
consolidados por la Ley N° 6.764), los Decretos Nros. 387/23 y sus modificatorios y
412/23, las Resoluciones Conjuntas Nros. 4-APRA-AGIP/13 y 3-APRA-AGIP/19, las
Resoluciones Nros. 150-GCABA-APRA/19, 239-GCABA-APRA/25 y 263-GCABA-
APRA/25, el Expediente Electrónico N° 39101580- -GCABA-SSAMB/25, y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Artículo N° 26
establece al Ambiente como patrimonio común, así como el deber de preservarlo y
defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras;
Que, la Ley N° 2.628, crea la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, como entidad autárquica, con el objeto de proteger la calidad
ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones
necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, de acuerdo al Artículo 3° de la precitada Ley, la Agencia de Protección Ambiental
tiene entre sus funciones y facultades las siguientes: "Promover la utilización de
tecnologías limpias y la implementación de sistemas de gestión ambiental entre la
comunidad regulada", entre otras;
Que, en virtud de lo establecido por la Ley N° 6.684 y el Decreto N° 387/23 y sus
modificatorios, la Agencia de Protección Ambiental opera como organismo fuera de
nivel dependiente de la Subsecretaría de Ambiente de la Vicejefatura de Gobierno;
Que, mediante la Resolución N° 239-GCABA-APRA/25, se aprobó la nueva estructura
organizativa de la Agencia de Protección Ambiental;
Que, mediante Resolución Conjunta N° 4-APRA-AGIP/13, reglamentaria del entonces
vigente Artículo N° 326 inciso 7 del Código Fiscal (t.o. 2013), se estableció la exención
de pago sobre el impuesto de Patentes sobre Vehículos en General para automóviles
livianos y pesados autopropulsados por motores en sistemas híbridos-eléctricos en
serie-paralelo o serie-paralelo y todo eléctrico;
Que, posteriormente, dicha resolución fue derogada mediante Resolución Conjunta N°
3-APRA-AGIP/19 a los efectos de actualizar el procedimiento y adecuarlo a los
principios rectores de esta Administración Pública que aspiran a lograr una gestión
más eficiente, eficaz y con una creciente desburocratización y simplificación de los
trámites, y autorizando tanto a la Agencia de Protección Ambiental como a la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a que cada una de ellas
establezcan su propio procedimiento interno en consonancia con el entonces vigente
Artículo N° 373 inciso 7) del Código Fiscal;
Que, mediante Resolución N° 263-GCABA-APRA/25 de fecha 29/09/2025, se resolvió
convalidar la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) Nro. 001.446,
correspondiente, al vehículo marca comercial DFSK, modelo E5;
Que, en el artículo 3° de la resolución referida, por un error material involuntario, se
consignó de forma incorrecta la razón social de la empresa como MINELLI S.A., CUIT
N° 30-70861051-4, debiendo decir correctamente MINARELLI S.A., CUIT N° 30-
70861051-4, conforme a lo que consta en el poder glosado como IF-2025-39100582-
GCABA-SSAMB;
Que, conforme lo referido, resulta necesario rectificar dicho error material, sin que ello
implique una modificación sustancial del fondo de la resolución mencionada;
Que la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos de esta Agencia de Protección
Ambiental, tomó debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N°
239-GCABA-APRA/25;
Que, en ese sentido, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique la
resolución aludida. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por la Ley N° 2.628
(Texto consolidado según la Ley 6.764) y en función del Decreto N° 412/23,
Artículo 1°.- Sustituir el Artículo 3° de la N° 263-GCABA-APRA/25, por el siguiente:
"Artículo 3°: Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), a la Subsecretaria de
Ambiente, a la Dirección General Política y Estrategia Ambiental, y a la Dirección
General Evaluación Ambiental de esta Agencia. Notificar a la firma MINARELLI S.A.,
CUIT N° 30-70861051-4. Cumplido, archivar".
Artículo 2°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), a la Subsecretaria de
Ambiente, a la Dirección General Política y Estrategia Ambiental, y a la Dirección
General Evaluación Ambiental de esta Agencia. Notificar a la firma MINARELLI S.A.,
CUIT N° 30-70861051-4. Cumplido, archivar. Morosi