RESOLUCIÓN 172 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
VIGENCIA A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 103-SECT/25 - APRUEBA - METODOLOGÍA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE TARIFAS TEÓRICAS DE REFERENCIA AJUSTADAS - SERÁ DE APLICACIÓN PARA LAS LIQUIDACIONES CORRESPONDIENTES AL MES DE OCTUBRE DE 2025 Y POSTERIORES
Publicación:
24/10/2025
Sanción:
23/10/2025
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley Nacional 26.740, la Ley 6.684 (Texto consolidado por Ley 6.764), el
Decreto 387/23 y modificatorios, las Resoluciones 305/LCABA/24, 70/SECT/25,
93/SECT/25 y 102/SECT/25, 103/SECT/25, 139/SECT/25, 170/SECT/25,
514/SSGCM/25 y 527/SSGCM/25, el Acuerdo CONJG-2024-5-GCABA-AJG, y el
Expediente EX-2025-26300757-GCABA-SSPMSV, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nacional 26.740 se ratificó la transferencia de competencias sobre los
servicios de transporte público de pasajeros a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo su facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se
desarrolle íntegramente en su territorio;
Que mediante el Acta Acuerdo (CONJG-2024-5-GCABA-AJG) suscripta el 3 de
septiembre de 2024, aprobada por Resolución 305/LCABA/24, se materializó la
transferencia de las líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente dentro del
territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al Grupo Tarifario
Distrito Federal;
Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,
12, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 99, 102, 106, 107, 108,
109, 115, 118, 132 y 151;
Que, como consecuencia de dicha transferencia, corresponde a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires la plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los
servicios, y la determinación y gestión de compensaciones y/o subsidios para las
mencionadas líneas;
Que, en ejercicio de dichas competencias, mediante la Resolución 93/SECT/25 esta
Secretaría aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias" con destino a las líneas
de transporte público de jurisdicción de la Ciudad;
Que, asimismo, la citada Resolución instruyó en su Artículo 2° a la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial a elaborar el marco regulatorio
específico de dicho Régimen, debiendo contemplar, entre otros aspectos, la
metodología de cálculo de costos, los criterios de distribución de las compensaciones
y los manuales de procedimiento aplicables;
Que en tal sentido, mediante la Resolución 102/SECT/25 se aprobó la Metodología de
Cálculo de Costos de Explotación del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por
Automotor de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se aprobaron los
cálculos de costos e ingresos medios del transporte público colectivo de pasajeros por
automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicables a los períodos
mensuales de julio, agosto, septiembre y octubre de 2025;
Que mediante la Resolución 103/SECT/25, esta Secretaría aprobó la "Metodología
para la Construcción de Tarifas Teóricas de Referencia Ajustadas" y la "Metodología
de Distribución de Compensaciones" del transporte público colectivo de pasajeros por
automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General Gestión Económica Financiera, dependiente de la
Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, informó la
necesidad de ajustar las tarifas teóricas de referencia;
Que estos ajustes corresponden al supuesto de cálculo que aplica a las unidades de
líneas que, si bien aún no han instalado las cámaras de monitoreo interno en los
términos de la Resolución 514/SSGCM/25 modificada por la Resolución
527/SSGCM/25, ambas de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, han
acreditado la voluntad de adquisición de las mismas y el compromiso de su inminente
instalación;
Que por otro lado, a través de la citada Resolución 70/SECT/25 se dispuso un
cronograma de implementación para la adecuación de la antigüedad de los vehículos
afectados al transporte público de pasajeros por automotor escalonado a lo largo de
los meses del presente año;
Que a su turno, a través de la Resolución 139/SECT/25 --la cual modificó
parcialmente la mentada Resolución 70/SECT/25-- se estableció que la Subsecretaría
de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, dependiente de esta Secretaría,
debe elaborar un esquema incremental de desincentivos económicos aplicable a las
líneas de transporte colectivo de pasajeros por automotor que no den cumplimiento
con el cronograma de implementación para la adecuación de la antigüedad de los
vehículos de transporte público de pasajeros el cual obra como anexo I de la
Resolución 70/SECT/25;
Que en tal sentido, por conducto de la Resolución 170/SECT/25 se estableció el
pertinente esquema incremental de desincentivos económicos aplicable a los
vehículos modelo año 2013 y 2014, que sigan permaneciendo registrados en el
Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP);
Que tal esquema de desincentivos resulta aplicable de manera específica a cada
vehículo, en función del coeficiente establecido en la mentada norma y en función de
un período de tiempo determinado;
Que además, la citada Resolución 170/SECT/25 consideró contemplar de manera
excepcional a aquellos operadores que que hayan acreditado fehacientemente la
adquisición de vehículos 0 km y/o con una antigüedad de hasta diez (10) años, y que
por motivos ajenos a su voluntad, se vean impedidos de realizar el pertinente recambio
de unidades en el plazo debido;
Que en función de lo expuesto, corresponde que la Metodología para la Construcción
de Tarifas Teóricas de Referencia Ajustadas aprobada por la Resolución
103/SECT/25, prevea la aplicación de lo dispuesto en el anexo de la Resolución
170/SECT/25;
Que la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764) aprobó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la que contempla entre los
Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Infraestructura;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
contemplando a la Secretaría de Transporte como área dependiente del referido
Ministerio de Infraestructura;
Que dicho Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría, las de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de entender en materia de compensaciones
tarifarias y de costos de explotación del transporte automotor de pasajeros de su
jurisdicción, entre otras;
Que, en virtud de todo lo expuesto, corresponde modificar el artículo 1° de la
Resolución 103/SECT/25.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución 103/SECT/25, el que quedará
redactado de la siguiente manera: "ARTÍCULO 1°.- Aprobar la "Metodología para la
Construcción de Tarifas Teóricas de Referencia Ajustadas", conforme lo establecido
en el Anexo I (IF-2025-45778499-GCABA-SECT) que forma parte integrante de la
presente resolución."
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la publicación en
el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y será de aplicación para las
liquidaciones correspondientes al mes de octubre de 2025 y posteriores.
ARTÍCULO 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Dirección
General Control de Movilidad, a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la
Seguridad Vial, a la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros y a la
Secretaría de Tránsito. Cumplido, archivar. Krantzer