RESOLUCIÓN 459 2025 SECRETARIA DE DEPORTES
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - ANEXO I - IV - RESOLUCIÓN N° 60-SECD/24 - Y APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE USO PRECARIO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS POR PARTE DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS Y PERSONAS JURÍDICAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA
Publicación:
29/10/2025
Sanción:
24/10/2025
Organismo:
SECRETARIA DE DEPORTES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, Las Leyes Nros.
6.684 y 1.624, el Decreto 387/23, Resolución 60-SECD/24 y el Expediente Electrónico
N° 45979313-GCABA-SECD/25, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se propicia la modificación de la
Resolución 60-SECD/24, Procedimiento de uso precario de Parques y/o Polideportivos
por parte de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas", puestos a disposición
de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas;
Que en este marco es dable destacar que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, establece en su artículo 33 la promoción de la práctica del deporte y
actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades;
Que es menester poner de resalto que, mediante la Ley 6684 se aprobó la nueva Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, bajo este lineamiento, mediante el Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, estableciéndose que la Secretaría de Deportes, y las reparticiones bajo su órbita
se encontrarían bajo la dependencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que entre las misiones y funciones asignadas a esta Secretaría, se contempla
proponer, formular y ejecutar políticas que orienten al fomento y desarrollo del deporte
y de las actividades físico-recreativas, planificadas bajo enfoques pertinentes a cada
grupo poblacional, con especial enfoque en la equidad de género y la diversidad;
Que asimismo, por la Ley N° 1.624 y sus modificatorias, cuyo objeto es promover,
fiscalizar y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a
nivel comunitario, reconociéndole una finalidad social, a esta Secretaría de Deportes;
Que en ejercicio de tales funciones, se planifica la práctica del deporte y de
actividades físico-recreativas, como un hábito saludable, con el consiguiente beneficio
para la salud de la población, respetando el ambiente y los espacios verdes;
Que, la actividad deportiva referida se proyecta para ser realizada por todos los
sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este sentido se ofrece el uso de Parques y Polideportivos a todas los
Establecimientos Educativos y Personas jurídicas;
Que bajo ese lineamiento, y con el propósito de permitir que los Establecimientos
Educativos y las Personas Jurídicas puedan solicitar el acceso a los Parques y/o
Polideportivos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría
de Deportes, con el fin de realizar la práctica del deporte, actividad recreativa, física o
eventos, se dejó sin efecto las Resoluciones N° 17-SSDEP/16 y N° 19-SSDEP/16 y se
aprobó la Resolución 60-SECD/24 con sus Anexos I, II, III, IV y V, los cuales forman
parte integrante de la misma;
Que así las cosas, con posterioridad a la aprobación del acto administrativo se han
producido nuevas circunstancias y situaciones que modifican las condiciones
originalmente previstas, por lo que se considera necesario dejar sin efecto el Anexo I
(IF N° 45982189-GCABA-DGINFRAES/25), Anexo III (IF N° 45984201-
DGINFRAES/25), y Anexo IV (IF N° 45985912-DGINFRAES/25), oportunamente
aprobados;
Que en consonancia con lo manifestado, resulta necesario propiciar modificación de la
Resolución 60-SECD/24, aprobando nuevos Anexos, "Procedimiento de uso de
Parques y/o Polideportivos por parte de Establecimientos Educativos y Personas
Jurídicas" (IF N° 45982189-GCABA-DGINFRAES/25), "Deslinde de
Responsabilidades-Declaración Jurada" (IF N° 45984201-DGINFRAES/25),
"Reglamento de uso de Parques y/o Polideportivos" (IF N° 45985912-
DGINFRAES/25);
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto el Anexo I (IF N° 12610984-GCABA-DGINFRAES/24),
Anexo III (Informe N° 12602589-GCABA-DGINFRAES/24) y Anexo IV (Informe N°
12611172-GCABA-DGINFRAES/24), los cuales forman parte integrante de la
Resolución 60-SECD/24.
Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento de uso precario de Parques y/o
Polideportivos por parte de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas" para
llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos, que como
Anexo I (IF N° 45982189-GCABA-DGINFRAES/25), Anexo III (IF N° 45984201-
DGINFRAES/25) Y Anexo IV (IF N° 45985912-DGINFRAES/25), se agregan y forman
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Facúltese a la Dirección General Infraestructura, o el organismo que en su
futuro la reemplace, a intervenir como autoridad de aplicación, a fin de otorgar la
autorización de permiso uso precario de los Parques y/o Polideportivos, dependientes
de esa Dirección, para Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas, con la
finalidad de llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos,
así como también para intervenir en todos los aspectos técnicos que se requieran para
la mejor implementación de la presente normativa.
Artículo 4°.- La Secretaría de Deportes y sus dependientes, a través de personal
debidamente identificado, se encuentra facultada para realizar inspecciones, solicitar
información, exhibición de documentación, o cualquier otra medida que considere
pertinente, tanto para el otorgamiento de la autorización de uso, control del desarrollo
de las actividades o con posterioridad para el control del estado de los Parques y
Polideportivos.
Artículo 5°.- Tendrán prioridad para el uso de los Parques y/o Polideportivos
dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría de Deportes de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todas las actividades propias que brinda esta
Secretaría.
Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a la Dirección General Infraestructura, a la Dirección General de
Deporte Social y Desarrollo Deportivo, a la Dirección General de Deporte de Élite y
Alto Rendimiento y a la Dirección General Promoción Deportiva. Cumplido, archívese.
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