RESOLUCIÓN 60 2024 SECRETARIA DE DEPORTES
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE USO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - ESCUELAS - PERSONAS JURÍDICAS - DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES 17 Y 19 DE SSDEP/16 - APRUEBA - MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA EL USO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS Y PERSONAS JURÍDICAS - APRUEBA - NÓMINA DE PARTICIPANTES - ACTIVIDAD RECREATIVA - FÍSICA - EVENTOS - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA - SECRETARÍA DE DEPORTES - APRUEBA REGLAMENTO DE USO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS - ACTA DE ENTREGA EN PARQUES Y/O POLIDEPORTIVO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Publicación:
05/04/2024
Sanción:
27/03/2024
Organismo:
SECRETARIA DE DEPORTES
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de Octubre de 2025
VISTO: La Constitución de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, Las Leyes Nros.
6.684 y 1.624, el Decreto 387/23 y el Expediente Electrónico N° 12464873-GCABA-
SECD/24, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se propicia la reglamentación del uso
de Parques y Polideportivos puestos a disposición de Establecimientos Educativos y
Personas Jurídicas;
Que en este marco es dable destacar que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, establece en su artículo 33 la promoción de la práctica del deporte y
actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades;
Que es menester poner de resalto que, mediante la Ley 6684 se aprobó la nueva Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, bajo este lineamiento, mediante el Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, estableciéndose que la Secretaría de Deportes, y las reparticiones bajo su órbita
se encontrarían bajo la dependencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que entre las misiones y funciones asignadas a esta Secretaría, se contempla
proponer, formular y ejecutar políticas que orienten al fomento y desarrollo del deporte
y de las actividades físico-recreativas, planificadas bajo enfoques pertinentes a cada
grupo poblacional, con especial enfoque en la equidad de género y la diversidad;
Que asimismo, por la Ley N° 1.624 y sus modificatorias, cuyo objeto es promover,
fiscalizar y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a
nivel comunitario, reconociéndole una finalidad social, a esta Secretaría de Deportes;
Que en ejercicio de tales funciones, se planifica la práctica del deporte y de
actividades físico-recreativas, como un hábito saludable, con el consiguiente beneficio
para la salud de la población, respetando el ambiente y los espacios verdes;
Que, la actividad deportiva referida se proyecta para ser realizada por todos los
sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que así las cosas, esta Secretaría de Deportes tiene como objetivo el mantenimiento y
conservación de sus Parques y Polideportivos, dejando establecido que a voluntad de
los Establecimientos Educativos y/o Personas Jurídicas, estos podrán realizar un
aporte no dinerario, en especie, que importe una mejora en el mobiliario o en la
infraestructura de aquellas sedes en que realicen sus actividades;
Que, en este sentido se ofrece el uso de Parques y Polideportivos a todas los
Establecimientos Educativos y Personas jurídicas;
Que dadas las circunstancias expuestas, y con el propósito de permitir que los
Establecimientos Educativos y las Personas Jurídicas puedan solicitar el acceso a los
Parques y/o Polideportivos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la
Secretaría de Deportes, con el fin de realizar la práctica del deporte, actividad
recreativa, física o eventos, se considera indispensable la aprobación del
"Procedimiento de uso de Parques y/o Polideportivos por parte de Establecimientos
Educativos y Personas Jurídicas";
Que en consonancia con lo manifestado, y con el propósito de facilitar que los
Establecimientos Educativos y las Personas Jurídicas presenten una declaración
escrita sobre la actividad planificada, simplificando trámites y con el objetivo de
establecer una responsabilidad legal para el solicitante, se hace imprescindible la
aprobación del "Modelo de Declaración Jurada para el uso de Parques y/o
Polideportivos por parte de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas";
Que a fin de llevar un control sobre las personas que realizan la práctica del deporte,
actividad recreativa, física o eventos, pertenecientes a los Establecimientos Educativos
y/o Personas Jurídicas, en los Parques y/o Polideportivos dependientes de la
Dirección General Infraestructura de la Secretaría de Deportes de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires resulta necesario la aprobación de Nómina de Participantes;
Que en este contexto, y con el propósito de establecer las normativas y pautas para el
adecuado uso de los espacios de los Parques y Polideportivos por parte de las
personas que asistan a través de Establecimientos Educativos y/o Personas Jurídicas,
resulta indispensable la aprobación del "Reglamento de uso de Parques y/o
Polideportivos";
Que así las cosas, y considerando que los Establecimientos Educativos y/o Personas
Jurídicas por voluntad propia tienen la posibilidad de realizar aportes no dinerarios, en
forma de mejoras en el mobiliario o infraestructura de las sedes donde lleven a cabo
sus actividades, se hace necesario aprobar el "Acta de Entrega en Parques y/o
Polideportivos";
Que a efectos de alcanzar el objetivo propuesto es necesario aprobar la
reglamentación del uso de Parques y Polideportivos;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto las Resoluciones N° 17-SSDEP/16 y N° 19-SSDEP/16.
Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento de uso de Parques y/o Polideportivos por
parte de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas" para llevar a cabo la
práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos, que como Anexo I (Informe
N° 12610984-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3°.- Apruébase el modelo de "Modelo de Declaración Jurada para el uso de
Parques y/o Polideportivos para Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas"
para llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos que
como Anexo II (Informe N° 12602067-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébese la Nómina de Participantes, para las personas que llevarán a
cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos dentro de los
establecimientos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría
de Deportes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo III (Informe N°
12602589-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 5°.- Apruébese el "Reglamento de uso de Parques y/o Polideportivos" para
llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos dentro de los
establecimientos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría
de Deportes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo IV (Informe N°
12611172-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 6°.- Apruébese el "Acta de Entrega en Parques y/o Polideportivo", que como
Anexo V (Informe N° 12611394-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 7.- Facúltese a la Dirección General Infraestructura a intervenir como
autoridad de aplicación, a fin de otorgar el uso de los Parques y/o Polideportivos,
dependientes de esa Dirección, para Establecimientos Educativos y Personas
Jurídicas, para llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o
eventos, así como también para intervenir en todos los aspectos técnicos que se
requieran para la mejor implementación de la presente normativa.
Artículo 8°.- La Secretaría de Deportes, a través de personal debidamente identificado,
se encuentra facultada para realizar inspecciones, solicitar información, exhibición de
documentación, o cualquier otra medida que considere pertinente, tanto para el
otorgamiento de la autorización de uso, control del desarrollo de las actividades o con
posterioridad para el control del estado de los Parques y Polideportivos.
Artículo 9°.- Tendrán prioridad para el uso de los Parques y/o Polideportivos
dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría de Deportes de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todas las actividades propias que brinda esta
Secretaría.
Artículo 10°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a la Dirección General Infraestructura, a la Dirección General de
Deporte Social y Desarrollo Deportivo, a la Dirección General de Deporte de Élite y
Alto Rendimiento y a la Dirección General Promoción Deportiva. Cumplido, archívese.
Turnes