RESOLUCIÓN 60 2024 SECRETARIA DE DEPORTES
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE USO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - ESCUELAS - PERSONAS JURÍDICAS - DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES 17 Y 19 DE SSDEP/16 - APRUEBA - MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA EL USO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS Y PERSONAS JURÍDICAS - APRUEBA - NÓMINA DE PARTICIPANTES - ACTIVIDAD RECREATIVA - FÍSICA - EVENTOS - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA - SECRETARÍA DE DEPORTES - APRUEBA REGLAMENTO DE USO DE PARQUES Y/O POLIDEPORTIVOS - ACTA DE ENTREGA EN PARQUES Y/O POLIDEPORTIVO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Publicación:
05/04/2024
Sanción:
27/03/2024
Organismo:
SECRETARIA DE DEPORTES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, Las Leyes Nros.
6.684 y 1.624, el Decreto 387/23 y el Expediente Electrónico N° 12464873-GCABA-
SECD/24, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se propicia la reglamentación del uso
de Parques y Polideportivos puestos a disposición de Establecimientos Educativos y
Personas Jurídicas;
Que en este marco es dable destacar que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, establece en su artículo 33 la promoción de la práctica del deporte y
actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades;
Que es menester poner de resalto que, mediante la Ley 6684 se aprobó la nueva Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, bajo este lineamiento, mediante el Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, estableciéndose que la Secretaría de Deportes, y las reparticiones bajo su órbita
se encontrarían bajo la dependencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que entre las misiones y funciones asignadas a esta Secretaría, se contempla
proponer, formular y ejecutar políticas que orienten al fomento y desarrollo del deporte
y de las actividades físico-recreativas, planificadas bajo enfoques pertinentes a cada
grupo poblacional, con especial enfoque en la equidad de género y la diversidad;
Que asimismo, por la Ley N° 1.624 y sus modificatorias, cuyo objeto es promover,
fiscalizar y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a
nivel comunitario, reconociéndole una finalidad social, a esta Secretaría de Deportes;
Que en ejercicio de tales funciones, se planifica la práctica del deporte y de
actividades físico-recreativas, como un hábito saludable, con el consiguiente beneficio
para la salud de la población, respetando el ambiente y los espacios verdes;
Que, la actividad deportiva referida se proyecta para ser realizada por todos los
sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que así las cosas, esta Secretaría de Deportes tiene como objetivo el mantenimiento y
conservación de sus Parques y Polideportivos, dejando establecido que a voluntad de
los Establecimientos Educativos y/o Personas Jurídicas, estos podrán realizar un
aporte no dinerario, en especie, que importe una mejora en el mobiliario o en la
infraestructura de aquellas sedes en que realicen sus actividades;
Que, en este sentido se ofrece el uso de Parques y Polideportivos a todas los
Establecimientos Educativos y Personas jurídicas;
Que dadas las circunstancias expuestas, y con el propósito de permitir que los
Establecimientos Educativos y las Personas Jurídicas puedan solicitar el acceso a los
Parques y/o Polideportivos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la
Secretaría de Deportes, con el fin de realizar la práctica del deporte, actividad
recreativa, física o eventos, se considera indispensable la aprobación del
"Procedimiento de uso de Parques y/o Polideportivos por parte de Establecimientos
Educativos y Personas Jurídicas";
Que en consonancia con lo manifestado, y con el propósito de facilitar que los
Establecimientos Educativos y las Personas Jurídicas presenten una declaración
escrita sobre la actividad planificada, simplificando trámites y con el objetivo de
establecer una responsabilidad legal para el solicitante, se hace imprescindible la
aprobación del "Modelo de Declaración Jurada para el uso de Parques y/o
Polideportivos por parte de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas";
Que a fin de llevar un control sobre las personas que realizan la práctica del deporte,
actividad recreativa, física o eventos, pertenecientes a los Establecimientos Educativos
y/o Personas Jurídicas, en los Parques y/o Polideportivos dependientes de la
Dirección General Infraestructura de la Secretaría de Deportes de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires resulta necesario la aprobación de Nómina de Participantes;
Que en este contexto, y con el propósito de establecer las normativas y pautas para el
adecuado uso de los espacios de los Parques y Polideportivos por parte de las
personas que asistan a través de Establecimientos Educativos y/o Personas Jurídicas,
resulta indispensable la aprobación del "Reglamento de uso de Parques y/o
Polideportivos";
Que así las cosas, y considerando que los Establecimientos Educativos y/o Personas
Jurídicas por voluntad propia tienen la posibilidad de realizar aportes no dinerarios, en
forma de mejoras en el mobiliario o infraestructura de las sedes donde lleven a cabo
sus actividades, se hace necesario aprobar el "Acta de Entrega en Parques y/o
Polideportivos";
Que a efectos de alcanzar el objetivo propuesto es necesario aprobar la
reglamentación del uso de Parques y Polideportivos;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto las Resoluciones N° 17-SSDEP/16 y N° 19-SSDEP/16.
Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento de uso de Parques y/o Polideportivos por
parte de Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas" para llevar a cabo la
práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos, que como Anexo I (Informe
N° 12610984-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3°.- Apruébase el modelo de "Modelo de Declaración Jurada para el uso de
Parques y/o Polideportivos para Establecimientos Educativos y Personas Jurídicas"
para llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos que
como Anexo II (Informe N° 12602067-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébese la Nómina de Participantes, para las personas que llevarán a
cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos dentro de los
establecimientos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría
de Deportes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo III (Informe N°
12602589-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 5°.- Apruébese el "Reglamento de uso de Parques y/o Polideportivos" para
llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o eventos dentro de los
establecimientos dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría
de Deportes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo IV (Informe N°
12611172-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 6°.- Apruébese el "Acta de Entrega en Parques y/o Polideportivo", que como
Anexo V (Informe N° 12611394-GCABA-DGINFRAES/24), se agrega y forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 7.- Facúltese a la Dirección General Infraestructura a intervenir como
autoridad de aplicación, a fin de otorgar el uso de los Parques y/o Polideportivos,
dependientes de esa Dirección, para Establecimientos Educativos y Personas
Jurídicas, para llevar a cabo la práctica del deporte, actividad recreativa, física o
eventos, así como también para intervenir en todos los aspectos técnicos que se
requieran para la mejor implementación de la presente normativa.
Artículo 8°.- La Secretaría de Deportes, a través de personal debidamente identificado,
se encuentra facultada para realizar inspecciones, solicitar información, exhibición de
documentación, o cualquier otra medida que considere pertinente, tanto para el
otorgamiento de la autorización de uso, control del desarrollo de las actividades o con
posterioridad para el control del estado de los Parques y Polideportivos.
Artículo 9°.- Tendrán prioridad para el uso de los Parques y/o Polideportivos
dependientes de la Dirección General Infraestructura de la Secretaría de Deportes de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todas las actividades propias que brinda esta
Secretaría.
Artículo 10°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a la Dirección General Infraestructura, a la Dirección General de
Deporte Social y Desarrollo Deportivo, a la Dirección General de Deporte de Élite y
Alto Rendimiento y a la Dirección General Promoción Deportiva. Cumplido, archívese.
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