RESOLUCIÓN 4059 2000 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS (S.I.C.). MODIFÍCASE EL ART. 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 3.213-DGR-2000, B.O. N° 997

Publicación:

14/09/2000

Sanción:

31/08/2000

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


Visto la Resolución N° 3.213-DGR-2000, y

CONSIDERANDO:

Que en la citada resolución se fija como fecha de incorporación al Sistema Integrado de Control a partir del 8 (octavo) anticipo mensual por los ingresos brutos devengados durante el mes de agosto con vencimiento en el mes de septiembre de 2000;

Que la fecha de incorporación a dicho sistema ha resultado exiguo para su puesta en vigencia por razones operativas;

Que resulta conveniente precisar que, para la incorporación al citado sistema el promedio mensual fue calculado no tan solo en referencia a lo declarado por los contribuyentes por base imponible o impuesto determinado por el período fiscal de 1999, sino también en base a los anticipos mensuales declarados o determinados por el período fiscal de 2000;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Art. 3° Inc. 14 del Código Fiscal (t.o. 2000) de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° Modifícase el Art. 3° de la Resolución N° 3.213-DGR-2000, en el sentido de que el tributo se declarará a partir del 9 (noveno) anticipo mensual por los ingresos brutos devengados durante el mes de septiembre con vencimiento en el mes de octubre de 2000, conforme el sistema previsto por la Resolución N° 258-DGR-95.

Art. 2° Déjase establecido que los contribuyentes que revistan carácter societario, cuyos anticipos mensuales declarados o determinados por el período fiscal 2000, se encuentren dentro de los parámetros fijados en el Art. 2° de la Resolución N° 3.213-DGR-2000, están comprendidos en el Sistema Integrado de Control de Grandes Contribuyentes Locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Art. 3° Quedan incluidos en el Sistema Integrado de Control del Impuesto sobre los Ingresos Brutos los responsables cuya nómina obra en el ANEXO 1, que a todos los efectos forma parte de la presente.

Art. 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones dependientes de esta Dirección General.

Nota: Los anexos de la presente Resolución se publican por separata en el B.O. N° 1027 de fecha 14 de septiembre de 2000.


ANEXOS

Boletín Oficial N° 1027 - Separata

Resolución N° 4.059

SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL DEL
IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS (S.I.C.)
MODIFICASE EL ART. 3° DE LA
RESOLUCION N| 3.213-DGR-2000, B.O. N° 997

ANEXO I

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