DECRETO 440 2025

Síntesis:

CREA SUBSEDE - CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 38 -  DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO - APRUEBA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL -APRUEBA  TRASLADO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 35 - CALLE CARLOS PERETTE 770 - ALGARROBO 1041

Publicación:

14/11/2025

Sanción:

12/11/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley Nacional 26.058, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los

Decretos 356/18, 26/22 y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-

29779642-GCABA-DGAHPEF, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional 26.058, tiene como principal

objetivo regular y ordenar la Educación Técnico Profesional en el nivel medio y

superior no universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación Profesional;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha Ley;

Que, en el marco de la precitada norma, corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social, así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la

Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro dependiente del Ministerio de

Educación;

Que la mencionada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias las

de diseñar, implementar y evaluar políticas, programas y ofertas educativas de

aprendizaje permanente, que incluyan las de educación técnico superior, educación no

formal, formación profesional, educación de nivel secundario integrada a la formación

profesional y educación vocacional, a fin de fortalecer las condiciones de

empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos, así como impulsar el diseño, la

actualización y la evaluación de la oferta de alternativas formativas de aprendizaje

permanente, en función a las necesidades productivas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, asimismo, la Gerencia Operativa Formación para el Trabajo y el Empleo

dependiente de la citada Dirección General, tiene entre sus acciones, las de gestionar

la oferta de formación profesional, así como implementar mejoras educativas para

elevar los estándares de calidad de la formación para el trabajo y el empleo;

Que por el Decreto 356/18 se creó el Centro de Formación Profesional 38 con sede en

la calle sin nombre oficial 2474, Manzana 162 G, Sección 15, Circunscripción 19,

Barrio Padre Múgica, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el mencionado Centro de Formación Profesional 38 brinda educación profesional

secundaria, como así también oferta para adultos, por lo que resulta oportuno ofrecer

en las cercanías del dicho Centro una oferta de educación para el trabajo que pueda

resultar de interés para ese público destinatario, propiciando que continúen sus

trayectorias educativas luego de egresar;

Que de esta manera, se busca ampliar el alcance y la diversidad de la oferta educativa

en el barrio Padre Carlos Mugica, propiciando la creación de la subsede del Centro de

Formación Profesional 38 en la calle Carlos H. Perette 770, y la aprobación de su

Planta Orgánica Funcional conforme al Anexo I (IF-2025-29785890-GCABA-

DGAHPEF), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto;

Que a su vez, por el Decreto 26/22 se creó el Centro de Formación Profesional 35, con

sede en la calle Perette 770 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta necesario el traslado del domicilio de la sede del Centro de Formación

Profesional 35, de la calle Perette 770, a la calle Algarrobo 1041 de esta Ciudad;

Que cabe destacar que la presente medida no resulta de impacto para el personal de

los citados establecimientos, respetando el carácter de su designación, garantizando

la continuidad de las actividades pedagógicas de los estudiantes de cada espacio;

Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Crear la subsede del Centro de Formación Profesional 38 en el ámbito de

la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, del Ministerio de

Educación, la que funcionará en la calle Carlos H. Perette 770, de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Aprobar la Planta Orgánico Funcional de la subsede del Centro de

Formación Profesional 38, creada por el artículo 1°, conforme se detalla en el Anexo I

(IF-2025-29785890-GCABA-DGAHPEF), el que a todos sus efectos forma parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- Aprobar el traslado del Centro de Formación Profesional 35, en el ámbito

de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, del Ministerio de

Educación, el que funcionará en la calle Algarrobo 1041, de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 4°.- Facultar a la Ministra de Educación para designar, cesar o autorizar las

liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el artículo 2°.

Artículo 5°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida

Presupuestaria correspondiente.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación, el

Ministro de Hacienda y Finanzas, y el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas, y

pasar al Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Arengo

Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7248

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 3 del Decreto 440/25 aprueba el traslado del Centro de Formación Profesional 35, creado por Decreto 26/22, en el ámbito de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, del Ministerio de Educación, el que funcionará en la calle Algarrobo 1041, quedando modificado lo establecido por Decreto 26/22.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 del Decreto 440/25 crea la subsede del Centro de Formación Profesional 38, creado por Decreto 356/18, en el ámbito de la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, del Ministerio de Educación, la que funcionará en la calle Carlos H. Perette 770.</p>