RESOLUCIÓN 114 2025 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO - RÉGIMEN DE INTEGRIDAD PÚBLICA-OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA - SANCIONES - LEY 6357 - MODELOS DE CERTIFICADOS DE DEUDA
Publicación:
14/11/2025
Sanción:
06/11/2025
Organismo:
OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA
VISTO: La Ley 6.357 (t.c. por Ley N° 6.764, BOCBA 7022), el Decreto 376/22, la
Resolución N° 1/OFIP/22, el Expediente Electrónico N° EX-2025-44226207-GCABA-
OFIP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N.° 6.357 (texto consolidado por Ley N.° 6.764), reglamentada mediante
Decreto N.° 376/22, establece el Régimen de Integridad Pública, el cual tiene por
objeto fijar los principios y deberes éticos, las incompatibilidades, los mecanismos de
gestión y prevención de conflictos de intereses, y las respectivas sanciones por su
incumplimiento que rigen la función pública en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, el artículo 59 de la Ley N.° 6.357 (Texto consolidado por Ley N° 6.764), establece
que el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial deberán designar al órgano
que actuará en carácter de Oficina de Integridad Pública, en la órbita de aquel poder
que la designa, la cual ejercerá sus funciones específicas, con independencia técnica,
sin sujeción a directivas, instrucciones ni condiciones que se impartan o establezcan
por sujetos ajenos a su estructura;
Que el artículo 79, inciso b), de la mencionada norma determina que es competencia
de la Oficina de Integridad Pública del Poder Ejecutivo, entre otras, "Diseñar y aprobar
su estructura organizativa, la que no podrá estar conformada por más de tres (3)
Gerencias y/o Subgerencias Operativas en los términos del Régimen Gerencial para la
Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por Decreto N°
684/2009 y modificatorios y normas complementarias";
Que la Resolución N.° 1-OFIP/22 aprobó la estructura orgánico funcional de la Oficina
de Integridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo el
Organigrama y la Descripción de Acciones correspondientes;
Que conforme dicha norma, es competencia de la Gerencia Operativa Técnica,
Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos instrumentar y llevar a cabo el
procedimiento para la aplicación del régimen de sanciones pecuniarias establecido en
la Ley N.° 6.357, interviniendo en las distintas etapas de las respectivas actuaciones
que se tramitan en la Oficina;
Que en ese marco, corresponde aprobar el Procedimiento Sancionatorio Régimen
de Integridad Pública, con el objeto de reglamentar las etapas administrativas para la
aplicación de sanciones pecuniarias derivadas del incumplimiento del Régimen de
Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses, en observancia de los principios
de legalidad, celeridad, trazabilidad y debido proceso;
Que asimismo se estima pertinente aprobar el modelo de Certificado de Deuda, que
será emitido por esta Oficina a los fines de habilitar la ejecución ante el Fuero
Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
conforme lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley N.° 6.357;
Que la Gerencia Operativa, Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos
de esta Oficina ha tomado la intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, en uso de las facultades establecidas por la Ley N.° 6.357 (Texto consolidado
por Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento Sancionatorio Régimen de Integridad
Pública", que como Anexo I (IF-2025-48072392-GCABA-OFIP) forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar los modelos de certificados de deuda, a saber: "Modelo de
Certificado de Deuda Domicilio Real", que como Anexo II (IF-2025-48073396-
GCABA-OFIP), y el "Modelo de Certificado de Deuda Domicilio Electrónico
Declarado", que como Anexo III (IF-2025-48074190-GCABA-OFIP), forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archivar. Moro
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7248 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N°7248 ANEXO 2
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7248 ANEXO 3