RESOLUCIÓN 114 2025 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO - RÉGIMEN DE INTEGRIDAD PÚBLICA-OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA - SANCIONES - LEY 6357 - MODELOS DE CERTIFICADOS DE DEUDA

Publicación:

14/11/2025

Sanción:

06/11/2025

Organismo:

OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA


VISTO: La Ley 6.357 (t.c. por Ley N° 6.764, BOCBA 7022), el Decreto 376/22, la

Resolución N° 1/OFIP/22, el Expediente Electrónico N° EX-2025-44226207-GCABA-

OFIP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N.° 6.357 (texto consolidado por Ley N.° 6.764), reglamentada mediante

Decreto N.° 376/22, establece el Régimen de Integridad Pública, el cual tiene por

objeto fijar los principios y deberes éticos, las incompatibilidades, los mecanismos de

gestión y prevención de conflictos de intereses, y las respectivas sanciones por su

incumplimiento que rigen la función pública en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, el artículo 59 de la Ley N.° 6.357 (Texto consolidado por Ley N° 6.764), establece

que el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial deberán designar al órgano

que actuará en carácter de Oficina de Integridad Pública, en la órbita de aquel poder

que la designa, la cual ejercerá sus funciones específicas, con independencia técnica,

sin sujeción a directivas, instrucciones ni condiciones que se impartan o establezcan

por sujetos ajenos a su estructura;

Que el artículo 79, inciso b), de la mencionada norma determina que es competencia

de la Oficina de Integridad Pública del Poder Ejecutivo, entre otras, "Diseñar y aprobar

su estructura organizativa, la que no podrá estar conformada por más de tres (3)

Gerencias y/o Subgerencias Operativas en los términos del Régimen Gerencial para la

Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por Decreto N°

684/2009 y modificatorios y normas complementarias";

Que la Resolución N.° 1-OFIP/22 aprobó la estructura orgánico funcional de la Oficina

de Integridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo el

Organigrama y la Descripción de Acciones correspondientes;

Que conforme dicha norma, es competencia de la Gerencia Operativa Técnica,

Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos instrumentar y llevar a cabo el

procedimiento para la aplicación del régimen de sanciones pecuniarias establecido en

la Ley N.° 6.357, interviniendo en las distintas etapas de las respectivas actuaciones

que se tramitan en la Oficina;

Que en ese marco, corresponde aprobar el Procedimiento Sancionatorio Régimen

de Integridad Pública, con el objeto de reglamentar las etapas administrativas para la

aplicación de sanciones pecuniarias derivadas del incumplimiento del Régimen de

Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses, en observancia de los principios

de legalidad, celeridad, trazabilidad y debido proceso;

Que asimismo se estima pertinente aprobar el modelo de Certificado de Deuda, que

será emitido por esta Oficina a los fines de habilitar la ejecución ante el Fuero

Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

conforme lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley N.° 6.357;

Que la Gerencia Operativa, Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos

de esta Oficina ha tomado la intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, en uso de las facultades establecidas por la Ley N.° 6.357 (Texto consolidado

por Ley N° 6.764),

EL TITULAR

DE LA OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento Sancionatorio Régimen de Integridad

Pública", que como Anexo I (IF-2025-48072392-GCABA-OFIP) forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar los modelos de certificados de deuda, a saber: "Modelo de

Certificado de Deuda Domicilio Real", que como Anexo II (IF-2025-48073396-

GCABA-OFIP), y el "Modelo de Certificado de Deuda Domicilio Electrónico

Declarado", que como Anexo III (IF-2025-48074190-GCABA-OFIP), forman parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archivar. Moro


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7248 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N°7248 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7248 ANEXO 3

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 114-OFIP/25 aprueba el Procedimiento Sancionatorio Régimen de Integridad Pública, según lo previsto por la Ley 6357.</p>