DECRETO 442 2025
Síntesis:
DEROGA DECRETO 64-11 - OTORGA - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - CARÁCTER DE ADMINISTRADOR DEL PARQUE INDOAMERICANO
Publicación:
18/11/2025
Sanción:
14/11/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), los Decretos 993/05 y 64/11,
el Expediente EX-2025-48324166-GCBA-DGTALSECGVC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el otorgamiento de la administración
del Parque Indoamericano a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;
Que el Parque Indoamericano constituye un bien del dominio público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que se encuentra delimitado por las Avenidas Escalada,
Lacarra, Castañares y de la Cruz;
Que por el Decreto 64/11 se otorgó la administración del Parque Indoamericano al
entonces Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la cual contempla en el Título V, entre las Secretarías del Poder
Ejecutivo, a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;
Que la mencionada ley establece entre los objetivos de la Secretaría de Gobierno y
Vínculo Ciudadano la de entender en el diseño de las políticas tendientes a mantener
el espacio público por aplicación de la Ley 1.777, así como de diseñar y ejecutar las
acciones para el cumplimiento de lo establecido en dicha ley;
Que, asimismo, dicha ley contempla entre los objetivos asignados al Ministerio de
Hacienda y Finanzas, entender en todos los aspectos vinculados a la administración
de los bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este marco, el Decreto N° 335/25 modificó a partir del 1° de septiembre de
2025, la estructura organizativa de la citada Secretaría de Gobierno y Vínculo
Ciudadano, transfiriendo bajo su órbita a la Subsecretaría Gestión Comunal del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, con su personal, patrimonio y
presupuesto;
Que, conforme el mencionado decreto la Subsecretaría de Gestión Comunal tiene
entre sus responsabilidades primarias la de coordinar con las Comunas el proceso de
planificación, ejecución y control del mantenimiento urbano de las vías secundarias,
los espacios verdes y el arbolado;
Que asimismo, la Dirección General Obras Comunales dependiente de la referida
Subsecretaría de Gestión Comunal tiene entre sus responsabilidades primarias la de
coordinar las acciones referentes al mantenimiento integral de los Grandes Parques
que corresponden a la Subsecretaría, en función de la normativa vigente, así como
proponer y ejecutar obras públicas en los Grandes Parques;
Que en consecuencia, de acuerdo a la Gestión de Gobierno, y a las competencias
asignadas a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano resulta oportuno otorgar la
administración del Parque Indoamericano;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, en uso de facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Derogar el Decreto 64/11.
Artículo 2°.- Otorgar a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano el carácter de
administrador del Parque Indoamericano.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de las áreas competentes,
arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento a lo establecido en el presente
decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas
y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, que procederá a notificar al Ministerio
de Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido archivar. MACRI - Arengo Piragine -
Sánchez Zinny