DECRETO 64 2011

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - OTORGA AL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO EL CARÁCTER DE ADMINISTRADOR DEL PARQUE INDOAMERICANO - AVENIDAS ESCALADA -  LACARRA Y CASTAÑARES Y DE LA CRUZ Y CONSTITUYE UN BIEN DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

09/02/2011

Sanción:

28/01/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

la Ley N° 2.506, el Decreto N° 993/05, el Expediente N° 1.568.185/10, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita el traspaso de la administración del Parque Indoamericano de la Corporación Buenos Aires Sur S.E. al Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que el Parque Indoamericano se encuentra delimitado por las avenidas Escalada, Lacarra y Castañares y de la Cruz y constituye un bien del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 993/05, se otorgó a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. el carácter de administradora del Parque Indoamericano a los fines de asegurar el normal desenvolvimiento de espacio público, como así también su eficiente funcionamiento y su adecuada organización intema;

Que el otorgamiento de la administración del predio a favor de la Corporación Buenos Aires Sur S.E. respondió a la intención del Gobierno de promover la implementación de un plan de modernización y la utilización plena del Parque, a fin de propiciar su mejor utilización y el desarrollo del área en su aspecto integral;

Que a su vez, la Ley N° 2.506, estableció, entre las misiones y funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, las de: “Diseñar e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público; planificar y administrar políticas de protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito que garanticen su uso común; entender en el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al dominio público y privado de la Ciudad de Buenos Aires; diseñar e instrumentar las políticas para los espacios verdes y arboleda urbana de alineación; diseñar e implementar políticas de preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, los parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad biológica“;

Que en consecuencia, las competencias del Ministerio de Ambiente y Espacio Público concuerdan con el plan de modernización que se desarrolla en el Parque Indoamericano, por lo que resulta oportuno transferir su administración de la Corporación Buenos Aires Sur S.E. al referido Ministerio;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, conforme lo determinado por la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de facultades legales que le son propias de acuerdo a lo establecido en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Articulo 1°.- Otórgase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público el carácter de administrador del Parque Indoamericano.

Articulo 2°.- Deróase en todos sus términos el Decreto N° 993/05.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Ambiente y Espacio Público y de Desarrollo Económico, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Articulo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público y de Desarrollo Económico, que procederá a notificar a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. Cumplido archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 2 del Decreto 64-11, deroga en todos sus términos el Decreto 993-05.</p>