LEY 1582 2004

Síntesis:

DECLARA EN ESTADO DE EMERGENCIA AMBIENTAL AL PARQUE INDOAMERICANO - OBRAS DE REMODELACIÓN - PUESTA EN VAPOR - MEJORAMIENTO DE LA COBERTURA VEGETAL DE LOS SUELOS - REPARACIÓN - MANTENIMIENTO - HIGIENE - SEGURIDAD - INSTALACIÓN

Publicación:

08/03/2005

Sanción:

09/12/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

01/03/2005


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Declárase en estado de emergencia ambiental al parque Indoamericano, sito entre las Av. Escalada, Castañares, Fernández de la Cruz y la calle Lacarra.

Artículo 2° - Efectúanse con carácter urgente y prioritario las obras de remodelación y puesta en valor del parque, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo 1, que forma parte de la presente ley.

Artículo 3° - Emplázase un cerco perimetral al parque y permítase el acceso en las condiciones que estipule la reglamentación de la presente ley.

Artículo 4° - Impútese a la partida correspondiente del presupuesto de gastos y recursos del año 2005 las erogaciones que deban efectuarse con motivo del cumplimiento de la presente.

Artículo 5° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

Esta Ley fue publicada erróneamente en el BO 2119 del 21-01-05, publicación anulada por el decreto 4-LCBA-05.


ANEXOS

ANEXO

Las obras de remodelación y puesta en valor deben incluir:

a. Mejoramiento de la cobertura vegetal de los suelos.

b. Instalación de equipamiento.

c. Reparación de sectores de juegos infantiles y areneros.

d. Acondicionamiento de infraestructura deportiva.

e. Plantación de árboles y arbustos.

f. Mantenimiento del césped.

g. Recuperación de las calles interiores.

h. Higiene y reacondicionamiento del lago Soldati.

i. Implementación de un sistema de seguridad.

j. Construcción de un canil.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 64-11 otorga al Ministerio de Ambiente y Espacio Público el carácter de administrador del Parque Indoamericano.</p>
REGLAMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 677-06, reglamenta la Ley 1582.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 4-05, anula la comunicación remitida al Poder Ejecutivo del texto de la Ley 1582.</p><p>Art. 2, remite al Poder Ejecutivo el texto de la Ley 1582, a los efectos de lo dispuesto en el art. 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
PROMULGADA POR