RESOLUCIÓN 20 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL

Síntesis:

APRUEBA - ALTA DEL TRÁMITE - PROGRAMA ELECTROMOVILIDAD PORTEÑA - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES - IUT) -

Publicación:

20/11/2025

Sanción:

18/11/2025

Organismo:

SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL


VISTO: Las Leyes 3.304 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos

118/22 y 387/23 y modificatorios, las Resoluciones 70-SECITD/22 y 183/SECT/25, las

Resoluciones Conjuntas 1-SECITD/22 y 1-GCABA-SECT/25, el Expediente EX-2025-

46477972-GCABA-SSPMSV y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece como autoridad de aplicación a la

Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al

Ministerio de Infraestructura;

Que posteriormente, por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, dependiente de

la Jefatura de Gabinete de Ministros, y a la Secretaría de Transporte dependiente del

Ministerio de Infraestructura;

Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

mencionada Secretaría, las de: "Fomentar el diseño ágil de procesos, la digitalización

y la coordinación de las políticas de transformación de la gestión administrativa dentro

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incentivando la incorporación

de nuevas metodologías de trabajo, el uso de herramientas y sistemas digitales y la

optimización de los procesos; Intervenir en el diseño y coordinación de las políticas de

transformación y modernización en las distintas áreas de gobierno y la propuesta de

las normas en la materia; Supervisar el diseño de procesos y asistir en esta materia a

todas las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran

y supervisar la implementación de las iniciativas de modernización, relativas a la

gestión y modernización administrativa y tecnológica, procesos y servicios al

ciudadano", entre otras;

Que, a su vez, la misma norma, señala, entre las responsabilidades primarias de la

Secretaría de Transporte, las de: "Entender en la regulación y control del transporte en

el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; "Entender los aspectos

relacionados con la movilidad en general, la circulación peatonal y la vehicular, con

base en las políticas de desarrollo económico, ambiental y social de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires" y "Entender en las políticas atinentes a la movilidad

sustentable, en especial, en lo que refiere a las estaciones de carga eléctrica para

vehículos automotores en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", entre

otras;

Que, mediante la Resolución Conjunta 1-GCABA-SECT/25, se creó el Programa

"Electromovilidad Porteña" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con

fundamento en que la transición hacia vehículos de bajas o nulas emisiones, tales

como los eléctricos o los propulsados mediante tecnologías más limpias, constituye

una herramienta eficaz para la consolidación de una movilidad sostenible, por ello, y a

los fines de ordenar, regular y fomentar la instalación de estaciones de cargadores

eléctricos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante la referida Resolución se aprobó el Anexo II "PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO PARA AUTORIZACIÓN DE EMPLAZAMIENTO DE ESTACIONES

DE CARGADORES ELÉCTRICOS EN LA VÍA PÚBLICA" el cual establece en su punto

a) "Autorización de emplazamiento de estaciones de cargadores eléctricos para

vehículos automotores en la vía pública", que las autorizaciones deberán ser

solicitadas por los interesados a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia

(TAD), permitiendo gestionar estos trámites de manera digital;

Que, a través de la Resolución 183/SECT/25 se habilitó de modo provisorio y hasta

tanto se encuentre operativo el trámite en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD),

la recepción de las presentaciones a través del correo electrónico

sspmomesa@buenosaires.gob.ar, de la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial;

Que el artículo 1° del Decreto 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los

Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para

garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;

Que mediante artículo 7° del citado Decreto se creó el Inventario Único de Trámites

(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será

implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o

el organismo que en el futuro lo reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, en el mismo sentido, por el artículo 8° se dispuso que todas las reparticiones

deberán informar los trámites bajo su órbita para su incorporación al mencionado

inventario, conforme las formas, plazos y condiciones que establezca la mencionada

Secretaría;

Que el Inventario Único de Trámites (IUT) tiene por finalidad consolidar los trámites

vigentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según la información

provista por cada jurisdicción;

Que mediante la Resolución 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo del

Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que por el artículo 3° de la mentada Resolución, se encomendó a la antes Dirección

General de Eficiencia Administrativa, hoy Subsecretaria de Innovación Administrativa,

la gestión de todas las acciones necesarias para dar cumplimiento al ROIUT;

Que, en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta 1-SECITD/22 se

aprobó el Anexo "I", estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo

trámite o modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";

Que el mencionado procedimiento, establece que el área responsable deberá pasar

por el control interno del área competente en la materia, la cual confeccionará un

informe con las recomendaciones pertinentes y un informe evaluatorio para la

incorporación del nuevo trámite;

Que resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente, en virtud de lo

dispuesto por el artículo 9° del Anexo "I" de la Resolución Conjunta 1-SECITD/22, el

cual dispone: "cumplido el procedimiento, se procederá a la firma conjunta del acto

administrativo entre el área responsable y la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital";

Que la implementación del trámite en el Inventario Único de Trámites (IUT) permitirá

formalizar y digitalizar la gestión de solicitudes vinculadas a la movilidad, optimizando

su trazabilidad y seguimiento, reduciendo tanto los tiempos administrativos como la

necesidad de presentaciones presenciales o informales, en línea con los principios de

eficiencia y transparencia administrativa.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por Decreto 387/23 y sus modificatorios,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

Y EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar el Alta del trámite "Programa Electromovilidad Porteña" en el

Inventario Único de Trámites (IUT).

Artículo 2°.- Comunicar a la Subsecretaria de Innovación Administrativa a fin de

proceder a la carga en el Inventario Único de Trámites (IUT) del Alta del Trámite:

"Programa Electromovilidad Porteña".

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archivar. Krantzer - Piola

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 20/SECITD/25 aprueba el Alta del trámite “Programa Electromovilidad Porteña” en el Inventario Único de Trámites (IUT), en el marco de la Resolución 70-SECITD/22.</p>