RESOLUCIÓN 4992 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA TEXTOS DEFINITIVOS - UNDÉCIMO SUPLEMENTO - CONTRATO DE FIDEICOMISO - ELEVENTH SUPPLEMENTAL TRUST DEED - 26 DE NOVIEMBRE DE 2025 - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - THE BANK OF NEW YORK MELLON - PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO LOCAL - EMISIÓN DE TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA
Publicación:
26/11/2025
Sanción:
25/11/2025
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: la Constitución de la Ciudad, las Leyes Nros. 70 (texto consolidado por la Ley
N° 6.764), N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.764), N° 6.504 y N° 6.734, la
Ordenanza N° 51.270, y sus normas modificatorias, reglamentarias y
complementarias, la Resolución N° 8.677-GCABA-MHFGC/24 y el Expediente
Electrónico N° 40470947-GCABA-DGCPUB/2024, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.504, modificada por la Ley N° 6.734 (en adelante, la "Ley N°
6.504") se autorizó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas,
a efectuar operaciones voluntarias de administración de pasivos, cualquiera sea el
instrumento que las exprese, en los términos de los artículos 85 y 92 de la Ley N° 70
(texto consolidado por la Ley N° 6.764) de Sistemas de Gestión, Administración
Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, su reglamentación y
disposiciones concordantes, y/o la emisión de títulos de deuda pública, y/o la
reapertura de series y/o clases en circulación, en el marco del Programa de Asistencia
Financiera, instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 y sus normas modificatorias,
reglamentarias y complementarias, y/o del Programa de Financiamiento en el Mercado
Local, instrumentado por la Ley N° 4.315 y sus respectivas normas modificatorias,
reglamentarias y complementarias, por hasta la suma de dólares estadounidenses mil
cien millones (U$S1.100.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas o
unidades de valor;
Que, el artículo 4° de la Ley N° 6.504 autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través
del Ministerio de Hacienda y Finanzas, los actos necesarios para la celebración de las
operaciones autorizadas, para que por sí o por terceros actúe en la instrumentación,
emisión, colocación, registro y pago de los títulos autorizados por dicha ley;
Que, a su vez, el artículo 5° de la ley antes mencionada, autorizó al Poder Ejecutivo, a
través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, conforme las pautas establecidas en el
artículo 2°, a dictar las normas que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la norma citada, así como efectuar la apertura de cuentas custodio en el
país y/o en el exterior y la instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo
cambiario, ya sea por medio de operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de
interés y/o seguros de cualquier naturaleza;
Que, mediante la Resolución N° 8.677-GCABA-MHFGC/24, se seleccionaron las
ofertas presentadas por Bank of America Securities Inc., Deutsche Bank Securities
Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Santander US Capital Markets LLC,
designándoselos como colocadores internacionales, y a Banco Santander Argentina
S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. (por entonces Banco de Galicia y Buenos
Aires S.A.U.) como colocadores locales, instituciones todas ellas que podrán actuar
por sí mismas, o a través de sus sociedades vinculadas y/o relacionadas y/o afiliadas,
con las modalidades acordadas con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las
cartas del 22 de octubre de 2024 y 11, 12, 13 y 14 de noviembre de 2024, para que
actúen como colocadores en las operaciones de crédito público autorizadas por la Ley
N° 6.504 (con la modificación de la Ley N° 6.734), en el marco del Programa de
Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza N° 51.270, del 21 de diciembre
de 1996, y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, por hasta la
suma de dólares estadounidenses seiscientos millones (U$S600.000.000) o su
equivalente en pesos, otra u otras monedas o unidades de valor;
Que la aludida Resolución aprobó, entre otros, los modelos de (i) Undécimo
Suplemento del Contrato de Fideicomiso (Eleventh Supplemental Trust Deed) a
suscribir entre el Gobierno de la Ciudad y The Bank of New York Mellon; (ii) Contrato
de Sindicación (Syndication Agreement) a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad y
Bank of America Securities Inc., Deutsche Bank Securities Inc., J.P. Morgan Securities
LLC y Santander US Capital Markets LLC; documentos todos ellos en idioma inglés
con su correspondiente traducción pública al castellano; (iii) Prospecto (Offering
Circular); (iv) Contrato de Colocación Local a celebrarse entre la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por una parte, y el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. (por entonces
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.) y Banco Santander Argentina S.A, por la otra;
Que, en atención a que los resultados de las emisiones de deuda durante el año 2025
han puesto de relieve la significativa participación de inversores locales (demanda
institucional y minorista del mercado doméstico) en los libros de órdenes
internacionales, se consideró oportuno reforzar el equipo de colocadores locales de los
títulos a emitir, incorporando a la transacción a Banco de la Ciudad de Buenos Aires y
a Balanz Capital Valores S.A.U.;
Que, por lo señalado, se dispuso la emisión de los títulos de deuda pública de la Serie
13 en el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la
Ordenanza N° 51.270 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias,
en los términos y condiciones que resultan de la documentación obrante en el Anexo
(IF-2025-50914290-GCABA-SSFIN), que forma parte de la presente ("los Títulos");
Que, en este marco, el 13 de noviembre de 2025 se anunció la oferta de los Títulos,
comenzando el período de difusión de la oferta de los Títulos en el mercado local e
internacional, presentándose, además, la solicitud de listado en Bolsas y Mercados
Argentinos S.A. y de negociación secundaria en A3 Mercados S.A.;
Que el 18 de noviembre de 2025 se efectuó la colocación de los Títulos, habiéndose
determinado el monto a emitir de la Serie en la suma de dólares estadounidenses
seiscientos millones (U$S600.000.000), la tasa de interés fija se estableció en un
7,800% anual, la fecha de emisión el 26 de noviembre de 2025 y la fecha de
vencimiento el 26 de noviembre de 2033;
Que, en consecuencia, quedará para futuras emisiones un monto autorizado de
dólares estadounidenses quinientos millones (U$S500.000.000) de acuerdo a la Ley
N° 6.504, modificada por la Ley N° 6.734;
Que los Títulos serán emitidos de conformidad con las disposiciones del artículo 3° de
la Ley N° 6.504, modificada por la Ley N° 6.734;
Que la aprobación y suscripción de los contratos, prospectos, suplementos de
prospecto y demás documentos relativos a la operación de crédito público que nos
ocupa, se encuentran comprendidos en las atribuciones y deberes del Poder Ejecutivo,
en los términos de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar los textos definitivos del (i) Undécimo
Suplemento del Contrato de Fideicomiso (Eleventh Supplemental Trust Deed) a
celebrarse el 26 de noviembre de 2025 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y The Bank of New York Mellon; (ii) Contrato de Sindicación (
Syndication Agreement) de fecha 18 de noviembre de 2025 celebrado entre el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Bank of America Securities Inc.,
Deutsche Bank Securities Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Santander US Capital
Markets LLC; (iii) Prospecto (Offering Circular) del 2 de diciembre de 2024,
Suplemento de Prospecto del 29 de mayo de 2025 (Supplemental Offering Circular),
Suplemento del Prospecto del 13 de noviembre de 2025 (Supplemental Offering
Circular), Suplemento del Prospecto del 14 de noviembre de 2025 (Supplemental
Offering Circular), Suplemento de Prospecto Preliminar del 13 de noviembre de 2025
(Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular) y Suplemento de
Prospecto Definitivo del 18 de noviembre de 2025 (Final Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular); (iv) Sexto Suplemento del Contrato de Agencia (Sixth
Supplemental Agency Agreement) del 26 de noviembre de 2025, entre el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon, documentos
todos ellos en idioma inglés con su correspondiente traducción pública al castellano,
debidamente certificada; (v) Prospecto del 13 de noviembre de 2025 y, Suplemento de
Prospecto del 13 de noviembre de 2025; y (vi) Contrato de Colocación Local celebrado
el 13 de noviembre de 2025 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., Banco de la Ciudad de Buenos Aires,
Banco Santander Argentina S.A. y Balanz Capital Valores S.A.U, los cuales se
adjuntan como Anexo (IF-2025-50914290-GCABA-SSFIN), formando parte integrante
de esta resolución;
Que los términos y condiciones generales y particulares de los Títulos se encuentran
establecidos en el Cuarto Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Fourth
Supplemental Trust Deed) del 30 de julio de 2008 y sus enmiendas. La descripción e
información contenidas en el Prospecto (Offering Circular), en los Suplementos de
Prospecto (Supplemental Offering Circular), en el Suplemento de Prospecto Preliminar
( Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular), en el
Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and Supplemental
Offering Circular), en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto, son los usuales
que se adoptan en este tipo de operaciones, y cumplen con la normativa nacional y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las operaciones de crédito público,
incluyendo la Ley N° 6.504, modificada por la Ley N° 6.734, y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que con fecha 5 de diciembre de 2024, la Secretaría de Hacienda de la Nación,
dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, en el marco de la Ley N° 25.917
(y modificatorias), emitió la Nota N° NO-2024-133369670-APN-SH#MEC, por medio de
la cual autorizó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar la emisión de los
Títulos sujeto a los términos allí descriptos;
Que, atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se procederá al registro de los contratos y demás
documentación relativa al Programa y a la emisión de los Títulos en la Dirección
General Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar toda la documentación suscripta
en el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la Ordenanza
N° 51.270 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, y emitir los
Títulos el 26 de noviembre de 2025 por la suma de valor nominal dólares
estadounidenses seiscientos millones (VN U$S600.000.000) con los restantes
términos y condiciones que resultan de la documentación mencionada
precedentemente;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (texto consolidado por la Ley N° 6.764).
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 6.504 y 6.734,
Artículo 1°.- Aprobar los textos definitivos (incluyendo sus anexos y todos los términos
bajo los mismos) del (i) Undécimo Suplemento del Contrato de Fideicomiso (Eleventh
Supplemental Trust Deed) a celebrarse el 26 de noviembre de 2025 entre el Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon; (ii) Contrato
de Sindicación (Syndication Agreement) de fecha 18 de noviembre de 2025 celebrado
entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Bank of America
Securities Inc., Deutsche Bank Securities Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Santander
US Capital Markets LLC; (iii) Prospecto (Offering Circular) del 2 de diciembre de 2024,
Suplemento de Prospecto del 29 de mayo de 2025 (Supplemental Offering Circular),
Suplemento del Prospecto del 13 de noviembre de 2025 (Supplemental Offering
Circular), Suplemento del Prospecto del 14 de noviembre de 2025 (Supplemental
Offering Circular ), Suplemento de Prospecto Preliminar del 13 de noviembre de 2025
(Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular) y Suplemento de
Prospecto Definitivo del 18 de noviembre de 2025 (Final Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular); (iv) Sexto Suplemento del Contrato de Agencia ( Sixth
Supplemental Agency Agreement) del 26 noviembre de 2025, entre el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon, documentos todos
ellos en idioma inglés con su correspondiente traducción pública al castellano,
debidamente certificada; (v) Prospecto del 13 de noviembre de 2025 y, Suplemento de
Prospecto del 13 de noviembre de 2025; y (vi) Contrato de Colocación Local celebrado
el 13 de noviembre de 2025 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., Banco de la Ciudad de Buenos Aires,
Banco Santander Argentina S.A. y Balanz Capital Valores S.A.U, los cuales se
adjuntan como Anexo ( IF-2025-50914290-GCABA-SSFIN), formando parte integrante
de esta resolución. Disponer la emisión, y considerar, por lo tanto, emitidos los Títulos
de la Serie 13 en el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por
la Ordenanza N° 51.270 y sus normas modificatorias, reglamentarias y
complementarias, el 26 de noviembre de 2025 por la suma de valor nominal dólares
estadounidenses seiscientos millones (VN U$S600.000.000) con los restantes
términos y condiciones que resultan de la documentación mencionada
precedentemente. Ampliase, consecuentemente, el Programa de Asistencia Financiera
a la suma de dólares estadounidenses dos mil ochocientos noventa millones
(U$S2.890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas o unidades de
valor.
Artículo 2°.- Aprobar las presentaciones efectuadas y/o a ser efectuadas (según
corresponda) ante Bolsas y Mercados Argentinos S.A., A3 Mercados S.A. y la Bolsa
de Comercio de Luxemburgo (Luxembourg Stock Exchange), y facultar a la
Subsecretaría de Finanzas y/o a la Dirección General de Crédito Público, ambas
dependientes de este Ministerio a efectuar los trámites correspondientes y suscribir
todos los instrumentos y documentación necesaria y/o conveniente para llevar
adelante las operaciones de crédito público autorizadas Ley N° 6.504, modificada por
la Ley N° 6.734, incluyendo, entre otros, los certificados globales provisorios y
definitivos representativos de los Títulos.
Artículo 3°.- Establecer que los documentos aprobados en el artículo 1°, serán
registrados en la Dirección General Escribanía General de este Gobierno, de acuerdo
al artículo 105 inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección
General de Crédito Público. Cumplido, archivar. Arengo Piragine
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7254