DECRETO 449 2025

Síntesis:

ACEPTA - CESIÓN GRATUITA - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (IVC) - A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

02/12/2025

Sanción:

28/11/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional

17.801 y sus modificatorias, las Leyes 1.218, 1.251 y 5.798 (textos consolidados por la

Ley 6.764), el Decreto 200/18, el Expediente EX-2025-44235773- -GCABA-IVC, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la cesión a título gratuito por parte del

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de superficies de terreno

destinadas a vía pública y uso público, correspondientes a calles, senderos y ochavas

delimitadas en el plano de Mensura Particular con Fraccionamiento y Cesión de Vía

Pública M-0199-2025;

Que la Ley 5.798 tiene por objeto la reurbanización, zonificación e integración social,

cultural y urbana del Barrio Rodrigo Bueno, con la permanencia de los vecinos en el

mismo, ello basado en los principios de igualdad, de justicia espacial, integración, no

discriminación y del derecho a la Ciudad;

Que la reurbanización, zonificación, e integración social, cultural y urbana del Barrio

Rodrigo Bueno, prevista por la normativa supra referenciada, incluye la ejecución de

obras de viviendas, apertura de vías públicas, ordenamiento parcelario, infraestructura,

equipamiento y regularización dominial, siendo para ello de vital importancia la cesión

de marras;

Que mediante el Decreto 200/18 el Gobierno de la Ciudad transfirió a título gratuito, a

favor del Instituto de Vivienda, el inmueble de dominio de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires sito en la Av. España sin número, identificada catastralmente como

Circunscripción 21, sección 98, manzana 63, parcela 1b, en cumplimiento de lo

dispuesto por las Leyes 1.251 y 5.798;

Que por Acta de Directorio 4768/18, de fecha 4 de julio de 2018, el Directorio del

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aceptó dicha

transferencia;

Que la Dirección General Regularización Dominial, Notarial y Consorcial del Instituto

de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifestó la necesidad de

disponer la transferencia de dominio a título gratuito en favor del Gobierno de esta

Ciudad, para su incorporación al dominio público y su consecuente baja registral, de

los polígonos que surgen del mencionado Plano de Mensura Particular con

Fraccionamiento y Cesión de la Vía Pública M-0199-2025;

Que el artículo 6° de la Ley 1.251 faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita, según corresponda, de todos aquellos

bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública;

Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría de Gestión

y Desarrollo Urbano dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, procedió a

registrar el plano correspondiente al inmueble de esta Ciudad sito en la Av. España N°

1830, Micaela Bastidas N° 880/910/990/1010/1090/1110, Yma Sumac N°

911/1051/1151 (Nomenclatura catastral: Sección 098, Manzana 063P, Parcela 001);

Que el referido inmueble corresponde al dominio del Instituto de Vivienda de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la protocolización del Plano de Mensura

Particular con Fraccionamiento y Cesión de Vía Pública M-0090-2022, efectuada por la

Dirección General Escribanía General, mediante Testimonio Administrativo, inscripto

ante el Registro de la Propiedad Inmueble;

Que el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió por Acta

de Directorio 8954/2025, la cesión a título gratuito a favor del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires de las tierras correspondientes a inmuebles de propiedad

del citado Instituto con destino a vía pública y uso público, con superficies de calles,

senderos y ochavas delimitadas en el plano de mensura registrado: Plano M-0199-

2025, con dirección en Av. España N° 1830, Micaela Bastidas N°

880/910/990/1010/1090/1110, Yma Sumac N° 911/1051/1151 (Nomenclatura catastral:

Sección 098, Manzana 063P, Parcela 001) que fueron efectivamente incorporadas a la

vía pública;

Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario aceptar la transferencia

efectuada por el mencionado Instituto y autorizar a la Dirección General Escribanía

General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a realizar todas las acciones

tendientes a efectivizar la cesión gratuita a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

debida intervención conforme Ley 1.218;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aceptar la cesión gratuita efectuada por el Instituto de Vivienda de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, con destino a vía pública y uso público de las superficies de las

calles, senderos y ochavas delimitadas en el plano de mensura particular con

fraccionamiento y cesión de la vía pública Plano M-0199-2025, con dirección en Av.

España N° 1830, Micaela Bastidas N° 880/910/990/1010/1090/1110, Yma Sumac N°

911/1051/1151 (Nomenclatura catastral: Sección 098, Manzana 063P, Parcela 001) de

esta Ciudad.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la transferencia de las superficies detalladas

en el artículo 1° e inscribirlas mediante escritura pública y/o documento administrativo

en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a nombre del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo Humano y

Hábitat, por el Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Espacio

Público e Higiene Urbana y al Ministerio de Infraestructura. Para su conocimiento y

demás efectos, pasar a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal

y Técnica. Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Arengo Piragine - Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° del Decreto 449/25 acepta la cesión gratuita efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inmueble que fuera transferido a título gratuito, por el GCBA a favor del Instituto de Vivienda mediante el Decreto 200/18.</p>