RESOLUCIÓN 67 2025 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

APRUEBA - ADECUACIÓN - SISTEMA INSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - SIED - IUSE 

Publicación:

04/12/2025

Sanción:

01/12/2025

Organismo:

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD


VISTO: La Ley Nacional N° 24.521, la Ley N° 5.689 (texto consolidado por Ley N°

6.764), la Resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 2.599-APN-ME/23,

las Resoluciones N° 24-GCABA-IUS/24 y N° 24-GCABA-IUS/25, el Expediente

Electrónico N° 51128957-GCABA-SADIUS/25, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 5.689 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se creó el Instituto

Universitario de Seguridad -IUSE-, como institución de educación superior con

jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y oferta académica circunscripta

al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de la Ley Nacional de Educación

Superior N° 24.521;

Que el IUSE tiene como visión posicionarse como Institución Universitaria innovadora

signada por el paradigma de seguridad humana, con reconocimiento en el nivel

jurisdiccional nacional, regional e internacional en materia de investigación, formación

e inserción de profesionales en el campo de la seguridad;

Que el artículo 74 de la Ley Nacional de Educación Superior N° 24.521 establece que

dicha Ley "autoriza la creación y funcionamiento de otras modalidades de organización

universitaria (...) que respondan a modelos diferenciados de diseño de organización

institucional y de metodología pedagógica, previa evaluación de su factibilidad y de la

calidad de su oferta académica, sujeto todo ello a la reglamentación que

oportunamente dicte el Poder Ejecutivo Nacional";

Que a través de la Resolución N° 24-GCABA-IUS/24, se estableció una nueva

Estructura Orgánica Provisoria del IUSE, en la que se creó entre otras la Dirección

General de Planeamiento y Desarrollo Universitario y la Dirección de Educación a

Distancia;

Que conforme al Anexo II de la Resolución citada, la Dirección de Educación a

Distancia tiene entre sus funciones la de ``asesorar a las unidades académicas en el

desarrollo de los proyectos educativos en modalidad a distancia'', mientras que la

Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Universitario tiene entre sus funciones

la de ``proponer y aprobar la normativa de creación, condiciones y organigrama del

Sistema de Educación a Distancia (SIED) del IUSE'';

Que por el artículo 1 de la Resolución N° 2.599-APN-ME/23 el Ministerio de Educación

de la Nación aprobó el nuevo reglamento sobre la modalidad de educación a distancia

propuesto por el Consejo de Universidades, en cuyo artículo 6 prescribe que "La

validación inicial del SIED para una institución universitaria será el resultado de la

evaluación que realice la CONEAU en los términos de la presente normativa, de

acuerdo a los requisitos que se detallan en la SECCIÓN II. Una vez emitido dictamen

por parte de la CONEAU, la Secretaría de Políticas Universitarias validará oficialmente

el SIED a través de una resolución";

Que en dicho marco mediante Resolución N° 24-GCABA-IUS/25 fue aprobado el

Sistema Institucional de Educación a Distancia del Instituto Universitario de Seguridad

(SIED-IUSE), a efectos de que la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación

Universitaria CONEAU- realice la evaluación pertinente para la obtención de su

validación, considerando el Procedimiento para la Evaluación de los Sistemas

Institucionales de Educación a Distancia aprobado por Ordenanza CONEAU N° 72/21;

Que la Directora de Educación a Distancia, a través de la NO-2025-51111093-

GCABA-DGPDUN puso en conocimiento de la Directora General de Planeamiento y

Desarrollo Universitario el informe de evaluación emitido por la CONEAU del SIED-

IUSE el cual luce incorporado en el Expediente Electrónico citado en el Visto mediante

IF-2025-51138023-GCABA-SADIUS, en el que se solicita que la institución informe,

defina, amplíe o profundice, según corresponda ciertas dimensiones o componentes

del mismo, junto con la respuesta a los requerimientos de dicho informe de evaluación;

Que en esa inteligencia la Directora General de Planeamiento y Desarrollo

Universitario por NO-2025-51124569-GCABA-DGPDUN elevó a esta instancia una

propuesta de adecuación del Sistema Institucional de Educación a Distancia del

Instituto Universitario de Seguridad (SIED-IUSE) oportunamente aprobado, en virtud

de lo requerido mediante el citado informe de evaluación, solicitando la aprobación de

la misma previo a su remisión a la CONEAU;

Que la Directora Legal y Técnica intervino en el marco de su competencia emitiendo el

pertinente Dictamen Legal;

Que en virtud de lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo correspondiente,

a efectos de aprobar la adecuación del Sistema Institucional de Educación a Distancia

del Instituto Universitario de Seguridad (SIED-IUSE) aprobado por Resolución N° 24-

GCABA-IUS/25, en los términos propiciados por la Dirección General de Planeamiento

y Desarrollo Universitario.

Por ello, en uso de sus facultades propias,

EL RECTOR ORGANIZADOR

DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°. Aprobar la adecuación del Sistema Institucional de Educación a Distancia

del Instituto Universitario de Seguridad (SIED-IUSE) conforme lo requerido en el

informe de evaluación de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación

Universitaria, que como Anexo (IF-2025-51117127-GCABA-DGPDUN) forma parte de

la presente Resolución.

Artículo 2°. Publíquese y comuníquese al Vicerrector, a la Secretaría de

Administración, a la Secretaría Académica, a la Dirección General de Planeamiento

Universitario y la Dirección de Educación a Distancia del Instituto Universitario de

Seguridad. Cumplido, archívese. Mahiques


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7259


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la resolución 67/IUS/25 aprueba la adecuación del Sistema Institucional de Educación a Distancia del Instituto Universitario de Seguridad (SIED-IUSE) conforme lo establecido en la Resolución 24/IUS/25. </p>