RESOLUCIÓN 412 2025 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
APRUEBA - CALENDARIO ACADÉMICO - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - ISSP - CICLO LECTIVO 2026
Publicación:
05/12/2025
Sanción:
28/11/2025
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764), las Resoluciones N°
63-GCABA-SSPECT/19, N° 121-GCABA-ISSP/19, N° 3.237-GCABA-MEDGC/20, N°
35-GCABA-ISSP/21 y N° 2.046-GCABA-MEDGC/21, la NO-2025-51028528-GCABA-
SAISSP, el IF-2025-51024164-GCABA-SAISSP, el Expediente Electrónico N°
51012698-GCABA-SAISSP/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764) establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tanto en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento; como así también
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y de la producción de conocimientos científicos y
técnicos sobre seguridad;
Que también tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al
personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial. A su vez, tiene la función de capacitar a todos aquellos sujetos
públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también a
aquellos que se relacionen con la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de
oportunidades, mérito y capacidad;
Que, asimismo, esta casa de estudios se encuentra a cargo de un Director designado
por el Ministro de Seguridad, quien ejerce su gobierno, administración y
representación, y al cual corresponde planificar, ejecutar y supervisar las actividades
de formación, capacitación e investigación científica y técnica del Instituto;
Que los artículos 390 y 407 del citado cuerpo normativo establecen que para egresar
como Oficial de la Policía de la Ciudad y Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos
de la Ciudad se debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad y el Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Bombero Calificado, respectivamente;
Que, subsiguientemente, los artículos 391 y 408 de la Ley determinan que el contenido
del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos
mínimos exigidos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes, las
actividades extracurriculares y de extensión, como así también la duración y
características del ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de
evaluaciones y promociones, y demás aspectos que hacen al desarrollo de los citados
Que en tal entendimiento, mediante la Resolución N° 35-GCABA-ISSP/21 se
constituyó a la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía" como
el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, a
partir de su VII desarrollo, cuyo plan de estudios obra como Anexo integrante de la
Resolución N° 3.237-GCABA-MEDGC/20;
Que, asimismo, a través de la Resolución N° 236-GCABA-ISSP/21 se constituyó a la
"Tecnicatura Superior en Protección contra Incendios Bombero Calificado" como el
Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo plan de estudios obra como Anexo
integrante de la Resolución N° 2.046-GCABA-MEDGC/21;
Que, a fin de garantizar el funcionamiento eficiente y organizado de las funciones
educativas encomendadas a este Instituto Superior de Seguridad Pública, la Sra.
Secretaria Académica elevó, mediante la NO-2025-51028528-GCABA-SAISSP, para
consideración de esta instancia, la propuesta del Calendario Académico
correspondiente al Ciclo Lectivo 2026, obrante en el IF-2025-51024164-GCABA-
SAISS;
Que dicha propuesta fue elaborada contemplando la optimización de las actividades
académicas, así como la adecuada gestión de los tiempos y espacios planificados
para el citado ciclo; e incluye el inicio y cierre de clases, los períodos de exámenes, los
recesos y demás fechas relevantes para el desarrollo de la formación;
Que la Responsable del Departamento de Asuntos Legales de este Instituto intervino
en el marco de su competencia emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que acorde a la normativa mencionada, se impone dictar el acto administrativo
pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar el Calendario Académico del Instituto Superior de Seguridad
Pública correspondiente al Ciclo Lectivo 2026, el que como Anexo IF-2025-51024164-
GCABA-SAISSP, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Difundir el Calendario Académico aprobado por el artículo precedente, en
el portal educativo del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría Académica y a la Secretaría General Administrativa de
este Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. López Zavaleta