DISPOSICIÓN 313 2025 SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Síntesis:
APRUEBA LOS CRONOGRAMAS SEMANALES Y LA DISTRIBUCIÓN DE LAS AULAS PARA EL CICLO LECTIVO 2026 DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - TECNICATURA SUPERIOR EN SEGURIDAD PÚBLICA OFICIAL DE POLICÍA - TECNICATURA SUPERIOR EN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS CALIFICADO - CURSOS DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTES - CALENDARIO ACADÉMICO
Publicación:
29/12/2025
Sanción:
23/12/2025
Organismo:
SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764), las Resoluciones N°
63-GCABA-SSPECT/19, N° 121-GCABA-ISSP/19, N° 3.237-GCABA-MEDGC/20, N°
35-GCABA-ISSP/21, N° 2.046-GCABA-MEDGC/21 y N° 412-GCABA-ISSP/25, el
Expediente Electrónico N° 51551292-GCABA-SAISSP/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764) establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tanto en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento; como así también
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y de la producción de conocimientos científicos y
técnicos sobre seguridad;
Que también tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al
personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial. A su vez, tiene la función de capacitar a todos aquellos sujetos
públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también a
aquellos que se relacionen con la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de
oportunidades, mérito y capacidad;
Que mediante la Resolución N° 35-GCABA-ISSP/21 se constituyó a la "Tecnicatura
Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía" como el Curso de Formación Inicial
para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, a partir de su VII desarrollo, cuyo
plan de estudios obra como Anexo integrante de la Resolución N° 3.237-GCABA-
MEDGC/20;
Que, asimismo, a través de la Resolución N° 236-GCABA-ISSP/21 se estableció a la
"Tecnicatura Superior en Protección contra Incendios Bombero Calificado" como el
Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, siendo su plan de estudios el que obra como
Anexo integrante de la Resolución N° 2.046-GCABA-MEDGC/21;
Que, a los efectos de llevar adelante los ejes de gestión sobre los cuales se apoya
esta casa de estudios, mediante la Resolución N° 107-GCABA-ISSP/25 se aprobó la
nueva estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública, conforme a
lo dispuesto en los Anexos I (Organigrama IF-2025-15201977-GCABA-ISSP) y II
(Objetivos y Responsabilidades Primarias IF-2025-15202456-GCABA-ISSP), que
forman parte integrante de la misma;
Que, de conformidad con el Anexo II de la citada Resolución, la Secretaría Académica
tiene entre sus responsabilidades primarias la de diagramar, implementar y evaluar las
carreras y cursos de formación inicial destinados a los aspirantes a integrar la Policía
de la Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, en el marco del estricto
cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así
como estimar los recursos humanos, materiales y de infraestructura necesarios para el
desarrollo de cada una de las actividades de formación o capacitación que se
desarrollen en la órbita del ISSP, e informar al respecto a la Dirección;
Que, mediante la Resolución N° 412-GCABA-ISSP/25, se aprobó el calendario
académico correspondiente al Ciclo Lectivo 2026 (IF-2025-51024164-GCABA-
SAISSP) de las mencionadas Tecnicaturas;
Que, a fin de complementar la organización del dictado de las clases, esta Secretaría
Académica, en cumplimiento de sus funciones, elaboró los cronogramas semanales de
cada curso, los cuales contemplan los horarios correspondientes a cada asignatura, al
servicio de comedor, a los espacios destinados al uso recreativo de los alumnos, así
como la distribución y utilización de las aulas;
Que la aprobación de los mencionados cronogramas permitirá contar con información
precisa para una adecuada planificación de las actividades académicas, evitar
superposiciones operativas y optimizar la asignación de los espacios físicos de esta
casa de estudios, cabe destacar que dichas propuestas fueron elaboradas de manera
conjunta con las Direcciones Autónomas de Coordinación y Enlace de la Policía de la
Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, teniendo en cuenta la proyección de
matrícula de cada carrera, motivo por el cual podrían requerir ajustes posteriores;
Que el Director de esta casa de estudios tomó conocimiento de las presentes
actuaciones, prestando su conformidad a la propuesta elevada por quien suscribe;
Que la Responsable del Departamento de Asuntos Legales de este Instituto intervino
en el marco de su competencia emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;
Que acorde a la normativa mencionada, se impone dictar el acto administrativo
pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar los cronogramas semanales y la distribución de las aulas para el
Ciclo Lectivo 2026 del Instituto Superior de Seguridad Pública, los que como Anexos I
(IF-2025-51661214-GCABA-SAISSP) y II (IF-2025-52236201-GCABA-SAISSP),
forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Difundir lo aprobado por el artículo precedente en el portal educativo del
Instituto Superior de Seguridad Pública.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección y a la Secretaría General Administrativa de este Instituto
Superior de Seguridad Pública, y a las Direcciones Autónomas de Coordinación y
Enlace de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad con el
Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Adorno