RESOLUCIÓN 35 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE ESTABLECE - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - TECNICATURA SUPERIOR EN SEGURIDAD PÚBLICA OFICIAL DE POLICÍA - VII CURSO

Publicación:

10/12/2021

Sanción:

08/03/2021

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°

6.395, las Resoluciones N° 121/ISSP/19 y N° 3.237MEDGC/20, la Nota N°

7817692/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 6011302/SGISSP/21;

CONSIDERANDO:

Que la ley N° 5688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°

6.395, creó el Sistema Integral de Seguridad Pública, el cual tiene como finalidad la

formulación, implementación y control de las políticas de seguridad pública

desarrolladas en el ámbito local, aquellas referidas a las estrategias sociales de

prevención de la violencia y el delito, así como las estrategias institucionales de

persecución penal, de seguridad preventiva comunitaria y seguridad compleja;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del mencionado Sistema, siendo además el órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados, entre los que se destaca el personal de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que la citada ley, establece en el Título II de su Libro IV los objetivos y contenidos

generales de la formación y capacitación del personal con estado policial de la policía

de la Ciudad de Buenos Aires, los que deben estar ceñidos a la estricta observancia

de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, bregando por el

desempeño de la función con objetividad, responsabilidad, respeto a la comunidad,

imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley, protegiendo los derechos y

garantías fundamentales de las personas establecidos en la Constitución Nacional, la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Declaraciones,

Convenciones, Tratados y Pactos complementarios;

Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de

la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza

pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;

Que de acuerdo al artículo 384 de la ley 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347)

modificada por ley N° 6.395, para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad el

cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a

Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas,

seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación

integral técnico humanística del futuro oficial;

Que el plan de estudios se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales

necesarias para el desempeño eficiente del cargo, privilegiándose los aspectos

relativos al manejo con la comunidad y la resolución de conflictos de forma autónoma,

autosuficiente y responsable;

Que este Instituto asumió con compromiso y vocación de excelencia, la tarea de

formación, promoviendo la capacitación de profesionales críticos, con conciencia

social y responsabilidad ética, pudiendo sintetizarse los principios rectores de la

formación del Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires en cuatro palabras,

cuyas iniciales replican las de esta institución educativa: Integridad, Solidaridad,

Sabiduría y Profesionalismo;

Que en este marco, en su evolución institucional esta casa de estudios se planteó la

necesidad de que el Oficial de Policía de la Ciudad cuente con una formación inicial de

nivel técnico superior, y al efecto, desarrolló una propuesta curricular conforme lo

trabajado por el Consejo Asesor Federal de Formación y Capacitación Policial -del

cual el Instituto formara parte- con relación al Perfil Profesional de Oficial de Policía;

Que esta nueva oferta educativa planteó un robustecimiento de las prácticas

profesionalizantes, con el acompañamiento del Estado en su conjunto y de la

Institución policial en particular, contemplando escenarios y contextos cada vez más

complejos en materia de seguridad;

Que desde el Instituto Superior de Seguridad Pública, se puso de resalto la necesidad

de cambiar el enfoque y las metodologías didácticas para la formación policial, en

concordancia con el Marco de Referencia y el Perfil Profesional del Técnico Superior

en Seguridad Pública - Oficial de Policía, que se ha trabajado conjuntamente con el

Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires, y que fuera aprobado por

Resolución N° 63/SSPECT/19;

Que corolario de ello, mediante la Resolución N° 121/ISSP/19 se estableció como

"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires" previsto en el artículo 384 de la ley N° 5.688 a la "Tecnicatura Superior

en Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada por Resolución N° 63/SSPECT/19;

Que el plan de estudios permite que los cadetes obtengan al egresar el título de

Técnico Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía, reconocido por el

Ministerio de Educación;

Que por su perfil profesional, el Técnico Superior en Seguridad Pública - Oficial de

Policía - posee un potencial que le permite insertarse en su comunidad realizando

prevención y promoción de la seguridad pública y ciudadana, y a la vez resguardar y

proteger a las personas y sus bienes, con capacidades para el uso de tecnologías e

instrumentos que permitan otorgar eficiencia a su desempeño; es un profesional

formado para actuar con alto sentido de pertinencia social y ética, haciendo uso

racional, eficiente y sostenible de los recursos puestos a su disposición, comprometido

con el desarrollo tecnológico y consciente de su responsabilidad; es capaz de integrar

conocimientos de los campos científico/tecnológicos y resolver en forma práctica

dificultades que se presenten a nivel operativo, y desempeñarse técnicamente como

auxiliar de la justicia en la garantía de la seguridad pública, la prevención del delito y la

defensa de la paz social en el orden del estado democrático y su ordenamiento

jurídico;

Que por ello, la mejora en el desarrollo académico de los aspirantes a Oficial de

Policía de la Ciudad, resulta el punto de partida para profundizar y avanzar en la

construcción de una policía que cuente con las herramientas esenciales para la

superación de las desigualdades, para el crecimiento personal y profesional, con

conciencia sobre la importancia de la protección de los derechos fundamentales de las

personas, y promoviendo el fiel cumplimiento de las normas constitucionales, legales y

reglamentarias vigentes como sustrato básico del significado de la seguridad,

íntimamente ligado al de la libertad;

Que el 22 de julio de 2019 ingresó la primera cohorte de Aspirantes a Oficial de la

Policía de Ciudad, asimismo, el 26 de febrero de 2020 y 20 de julio de 2020,

respectivamente, ingresaron la segunda y tercera cohorte de Aspirantes, las cuales se

identifican con el IV, V y VI Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la

Policía de la Ciudad;

Que la experiencia colectada durante el dictado de la tecnicatura en las promociones

mencionadas, ha permitido avanzar en una propuesta de readecuación del plan de

estudios aprobado, con la consecuente reducción de la carga horaria total y de la

cantidad de semanas de cursada por semestre de veintidós (22) a dieciséis (16);

Que manteniendo en los campos de formación similar balance porcentual respecto del

Plan ya aprobado, se han ajustado las cargas horarias de algunas materias cuya

duración era superior a las previstas en el diseño curricular y el perfil profesional

homologado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET);

Que la mentada propuesta de readecuación de la carga horaria, se funda en razones

que inciden directamente en la formación de los aspirantes y en el cumplimiento de los

contenidos curriculares, que han sido satisfechos en su totalidad mucho antes de las

veintidós (22) semanas semestrales originalmente planteadas;

Que la actualización ideada, ha sido debidamente analizada por el Ministerio de

Educación de la Ciudad y aprobada mediante artículo 1 de la Resolución N°

3.237/MEDGC/20, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo IF N°

30438000/DGEEDU/20, permitiendo cumplir en debido tiempo la formación de

excelencia, mejorar el rendimiento académico de los aspirantes -al contar con un

período de descanso a mitad de cada año que pedagógicamente resulta

recomendable-, y satisfacer de manera adecuada la demanda operativa de la fuerza

policial en la Ciudad;

Que asimismo, por medio del artículo 2 de la mentada Resolución se autorizó la

implementación de dicha actualización por esta casa de estudios, comenzando su

primera cohorte en el año 2021;

Que en ese marco, mediante Nota N° 7817692/SAISSP/21 el Sr. Secretario

Académico de este Instituto, toda vez que el V y VI Curso de Formación Inicial para

Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires "Tecnicatura Superior en

Seguridad Pública Oficial de Policía", aprobada por Resolución N° 63/SSPECT/19 y

N° 121/ISSP/19, se encuentran en pleno desarrollo, solicitó a esta instancia,

establecer como "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de

la Ciudad de Buenos Aires" previsto en el artículo 384 de la ley N° 5.688 (texto

consolidado según ley N° 6.395), a la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública -

Oficial de Policía" aprobada por el artículo 1 de la Resolución N° 3.237/MEDGC/20

(Anexo IF N° 30438000/DGEEDU/20), que se complementará con el dictado de las

prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres, conferencias y demás

actividades que disponga la Secretaría Académica para la formación integral del futuro

Oficial, a partir del VII Curso que iniciará sus actividades en el ciclo lectivo 2021;

Que el nuevo plan de estudios de igual forma que su antecesor, pero con las

adecuaciones antes señaladas, se encuentra conformado por cuatro (4) semestres de

dieciséis (16) semanas de cursada cada uno. El primer semestre se llevará a cabo

bajo régimen de externado, el segundo y tercer semestre se realizarán bajo la

modalidad de internado y al finalizar el tercer semestre, los cursantes podrán ser

incorporados como Oficiales de la Policía de la Ciudad, siendo necesario para

completar su formación cursar el cuarto y último semestre bajo modalidad externada y

con prácticas de aproximación al ámbito laboral que se realizarán con

acompañamiento, tutorías y evaluaciones desde el lugar de destino del oficial en

formación;

Que la Secretaria General de este Instituto intervino en el marco de su competencia

emitiendo el correspondiente Dictamen Legal;

Que a la luz de lo expuesto, corresponde establecer a partir del VII Curso, como

"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad",

previsto en el artículo 384 de la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347)

modificada por ley N° 6.395, a la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial

de Policía" aprobada por Resolución N° 3.237/MEDGC/20 (Anexo IF N°

30438000/DGEEDU/20), cuya primera cohorte comenzará a cursar en el presente año

2021.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Establecer a partir de VII Curso, como "Curso de Formación Inicial para

Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", previsto en el artículo 384 de la ley N°

5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N° 6.395, a la

"Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía", aprobada por

Resolución N° 3.237/MEDGC/20, cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que

como IF N° 30438000/DGEEDU/20 forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública,

dispondrá la complementación de la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública -

Oficial de Policía" con las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres,

conferencias y demás actividades que considere necesarias para la formación integral

del oficial.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Justicia y

Seguridad, a la Secretaria de Justicia y Seguridad, a la Secretaría de Administración

de Seguridad y Emergencia, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires,

a la Secretaría Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de

Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6273

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 156-ISSP/25 aprueba la prueba piloto denominada: Taller de la Flagrancia al Juicio<br />Oral. Inmersión al Sistema Acusatorio mediante Simulacros de Casos Prácticos., en el marco de la Resolución 35-ISSP/21.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 2 de la Resolución 514-ISSP/24 conforma la Comisión Evaluadora de Antecedentes Académicos y<br />Profesionales que desarrollará el proceso de selección de capacitadores para el dictado de las materias del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policia de la Ciudad, en el marco de la Resolución 35-ISSP/21.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 2 de la Resolución 32-ISSP/23 conforma la Comisión Evaluadora de Antecedentes Académicos y Profesionales que desarrollará el proceso de selección de capacitadores para el dictado de las materias del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, creado por Resolución 35-ISSP/21.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 35-ISSP/21 establece a partir de VII Curso, como “Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad”, previsto en el artículo 384 de la ley N° 5688 (texto consolidado según ley Nº 6347) modificada por ley Nº 6395, a la “Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía”, aprobada por Resolución N° 3237/MEDGC/20.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolucion N° 32-ISSP-23 conforma la Comisión Evaluadora de Antecedentes Académicos y Profesionales que desarrollará el proceso de selección de capacitadores para el<br />dictado de las materias del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 6-SAISSP-23 aprueba los Calendarios Académicos del Instituto Superior de Seguridad Pública para el Ciclo Lectivo 2023 correspondientes a la VIII, IX, X, XI, XII Promoción del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policia de la Ciudad  establecido por Resolucion N° 35-ISSP-21</p><p> </p>