RESOLUCIÓN 167 2006 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

PRORROGA LA EMERGENCIA DE LOS EFECTORES Y SERVICIOS DE SALUD MENTAL DEL SISTEMA DE SALUD DE LA CIUDAD

Publicación:

10/02/2006

Sanción:

27/01/2006

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto el Expediente N° 25.559/05 y el Decreto N° 675/05, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el visto tramita la prórroga a la declaración la emergencia de los efectores y servicios de Salud Mental del subsector estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en este sentido, mediante el Decreto N° 675/05 se estableció la referida emergencia por el término de ciento ochenta (180) días, atento que diferentes sectores de los establecimientos y servicios de Salud Mental requerían urgentes refacciones y medidas de intervención edilicia y de infraestructura general;

Que asimismo, por el artículo 1° del mentado acto administrativo se facultó al titular de la Secretaría de Salud a prorrogar el referido término por igual plazo;

Que la Dirección General de Salud Mental ha informado que las razones por las cuales se decretó la mencionada medida de carácter excepcional no han cesado, atento no encontrarse concluidos los procedimientos licitatorios para la contratación de las obras declaradas como prioritarias, a los efectos de la refacción, remodelación y acondicionamiento de los establecimientos afectados a la prestación de los servicios de Salud Mental;

Que en este orden de ideas, el referido nivel de organización manifiesta, a su vez, que se encuentran aún en trámite los actuados tendientes a la incorporación del recurso humano necesario a fines de ser afectado a los servicios de Salud Mental del subsector estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en consecuencia resulta aconsejable disponer la prórroga de la emergencia establecida mediante Decreto N° 675/05;

Por ello y en uso de facultades conferidas por el Decreto N° 675/05,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días y a partir del 2 de febrero de 2006, la emergencia de los efectores y servicios de Salud Mental del subsector estatal del Sistema de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido mediante Decreto N° 675/05.

Artículo 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos, ambas dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a la Secretaría de Desarrollo Social y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Servicios de Salud, a la Subsecretaría de Gerenciamiento Estratégico y a la Dirección General de Recursos Físicos en Salud. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

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Detalle

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Res. 167-SS-05 Prorroga por el término de ciento ochenta días la emergencia dispuesta por Dec. 675-05