RESOLUCIÓN 117 2025 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 15/FG/24 - FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS 21 - FEDERICO BATTILANA - REEMPLAZO - FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS 8 - MAXIMILIANO VENCE - INTERVENCIÓN - COMPETENCIAS - CASOS EN LOS QUE SE INVESTIGUE LA POSIBLE COMISIÓN DE UN DELITO COMETIDO POR UN FUNCIONARIO PÚBLICO 

Publicación:

18/12/2025

Sanción:

11/12/2025

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, las facultades previstas en la Ley N° 1903, la Resolución FG N° 15/2024; y la

Actuación Interna N° 30-00107795 del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa

de esta Fiscalía General; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.903

establecen que el Ministerio Público, en general, y el Ministerio Público Fiscal, en

particular, tienen entre sus funciones velar por la normal prestación del servicio de

justicia y promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los

intereses generales de la sociedad (cf. artículo 125 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y artículo 17, inciso 2, de la Ley Orgánica del Ministerio

Público).

Que, en razón de ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias como titular

de uno de los ámbitos del Ministerio Público, corresponde al Fiscal General

reorganizar la estructura interna, realizar las reasignaciones del personal de acuerdo

con las necesidades del servicio y fijar normas de carácter general tendientes a regular

la distribución del trabajo (artículo 22, inciso 7, y artículo 31, inciso 4, de la Ley N°

1.903).

Que, en ese marco de actuación y conforme la política institucional de especialización

que este Ministerio Público Fiscal viene llevando a cabo, a través de la Resolución FG

N° 15/2024 se realizó un pormenorizado análisis acerca de la temática vinculada a los

delitos cometidos por funcionarios públicos y se instauró una modalidad de

intervención de este Ministerio Público Fiscal que permitió un abordaje diferenciado y

de calidad frente a esa clase de delitos. Asimismo, se dispuso en dicha oportunidad

que la competencia especial y exclusiva para intervenir en dicho supuesto quedara

bajo la órbita de las Fiscalías de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de

Faltas Nros. 8, 22 y 39, todo ello sin perjuicio de las competencias que cada una de las

dependencias citadas detentaban en ese momento.

Que, a raíz del tiempo transcurrido desde la implementación de la medida indicada ut

supra, resulta éste el momento oportuno para evaluar cambios parciales en la

asignación exclusiva de ese tipo de conductas en favor de otra Fiscalía de Primera

Instancia del fuero Penal, Contravencional y de Faltas, teniendo en cuenta cuestiones

vinculadas a la gestión y distribución de los casos y al correcto funcionamiento del

servicio de justicia que brinda este Ministerio Público Fiscal.

Que, en razón de ello, se dispondrá que, a partir del 1° de enero de 2026, la Fiscalía

de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 21, a cargo del Dr.

Federico Battilana, reemplace a la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,

Contravencional y de Faltas N° 8, a cargo del Dr. Maximiliano Vence en la asignación

de la competencia especial y exclusiva para intervenir en los casos que se investigue

la posible comisión de un delito cometido por un funcionario público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, bajo los lineamientos y alcances establecidos en la

Resolución FG N° 15/2024. Vale aclarar, asimismo, que dicha dependencia mantendrá

simultáneamente la competencia que en la actualidad tiene asignada.

Que, en lo que refiere al aspecto operativo, los casos que al 31 de diciembre de 2025

se encuentren en trámite ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,

Contravencional y de Faltas N° 8 en virtud de su actual competencia especializada

objeto de la presente resolución, continuarán tramitando en dicha dependencia hasta

su finalización.

Que, en virtud lo expuesto anteriormente, se dará intervención a la Secretaría de

Coordinación Administrativa para que, por intermedio de la Oficina de Sistemas

Informáticos y Modernización, la readecuación del sistema de gestión de casos KIWI.

Que, el Departamento de Asuntos Jurídicos mediante la emisión del Dictamen DAJ N°

1163/2025 no opuso reparos de índole jurídico a la suscripción de la presente

resolución.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y en la Ley N° 1903,

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto parcialmente, a partir del 1° de enero de 2026, lo

dispuesto en el artículo 1° de la Resolución FG N° 15/2024; y disponer que, a partir de

dicha fecha, la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas

N° 21, actualmente a cargo del Dr. Federico Battilana, reemplace a la Fiscalía de

Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 8, a cargo del Dr.

Maximiliano Vence en la asignación de la competencia especial y exclusiva para

intervenir en los casos en los que se investigue la posible comisión de un delito

cometido por un funcionario público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo los

lineamientos y alcances establecidos en la Resolución FG N° 15/2024. Ello, sin

perjuicio de continuar con la competencia atribuida actualmente a esa dependencia.

Artículo 2°.- Establecer que los casos vinculados a la posible comisión de un delito

cometido por un funcionario público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que al 31

de diciembre de 2025 se encuentren en trámite por ante la Fiscalía de Primera

Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 8, continuarán tramitando en

dicha dependencia hasta su finalización.

Artículo 3°.- Encomendar a la Oficina de Sistemas Informáticos y Modernización,

dependiente de la Secretaría de Coordinación Administrativa de este Ministerio Público

Fiscal que lleve adelante los cambios y/o ajustes pertinentes en el sistema informático

de gestión y registración de casos KIWI conforme los términos de la presente

resolución.

Artículo 4°.- Regístrese; publíquese en la página de Internet del Ministerio Público

Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a los/as interesados/as; y

comuníquese a los señores Fiscales Generales Adjuntos, a los/as Sres./as

Secretarios/as Generales, a la Secretaría de Coordinación Administrativa, a la Oficina

de Sistemas Informáticos y Modernización, a la Dirección de Recursos Humanos, a la

Subdirección de Recursos Humanos, a los restantes integrantes del Ministerio Público

Fiscal, al Tribunal Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal,

Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas -y, por su intermedio, a los Jueces de

Primera Instancia del fuero-, a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Oficina Legal y Técnica. Cumplido,

Archívese. Mahiques

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 117-PJCABA-FG-25 deja sin efecto parcialmente, a partir del 1° de enero de 2026, lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución FG 15-2024.</p>