DECRETO - LEY 6581 1958
Síntesis:
APRUEBA - ESTATUTO - PERSONAL CIVIL DE LA POLICIA FEDERAL
Publicación:
13/05/1958
Sanción:
30/04/1958
Organismo:
PODER LEGISLATIVO NACIONAL
LA PRESENTE NORMA PUEDE CONSULTASE EN EL SIGUIENTE ENLACE
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
INTEGRADA POR
<p>Artículo 272 de la Ley 5688, sustituido por Ley 6895, establece que el personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad está sujeto al régimen previsional que se establece en la presente Ley, en su reglamentación, y en los convenios que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar.<br />En caso de existir situaciones no previstas, se aplican analógicamente las disposiciones contenidas en el Título IV del Decreto-Ley Nacional 6581/58 y sus normas modificatorias y complementarias. </p>