DISPOSICIÓN 6372 2005 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

ABENDAÑO, MARTA ALICIA - SE RECHAZA LA SOLICITUD EFECTUADA POR REGISTRO N° 1.482-DGDYPC-05 - INCORPORACIÓN AL ANEXO I DECRETO 1630-05

Publicación:

15/02/2006

Sanción:

22/12/2005

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR


Visto el Decreto N° 1.630/05, los Registros Nros. 1.482-DGDyPC/05 y 1.424-DGDyPC/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.630/05, se dispuso la desocupación administrativa del Mercado de las Pulgas, sito en las calles Dorrego, Álvarez Thomas, Concepción Arenal y General Enrique Martínez, atento la necesidad de efectuar la obra de reciclado y puesta en valor de ese mercado;

Que se intimó por el plazo de 10 días a los ocupantes, subocupantes e intrusos del predio, a su desocupación, bajo apercibimiento de proceder a su desalojo por la Administración, facultándose a trasladarse en forma provisoria, a la manzana comprendida entre las calles Dorrego, General Enrique Martínez, Concepción Arenal y Conde, Manzana 86 A, a los ocupantes que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas y que constan en el Anexo I que forma parte integrante del mencionado decreto;

Que el referido decreto en su art. 9°, establece que las personas que fueron desalojadas y que se consideren con derecho a ser incorporadas en la nómina que por Anexo I se aprueba, podrán interponer su reclamo y ofrecer prueba ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor dentro de los 15 días de publicado en el Boletín Oficial;

Que la Sra. Marta Alicia Abendaño, DNI 10.961.798, efectúa reclamo a través del Registro N° 1.482-DGDyPC/05, por la adjudicación de un puesto en el Mercado de las Pulgas;

Que de la planilla de censo efectuado con fecha 24 de junio de 2005 en el Mercado de las Pulgas a nombre del Sr. Lucas Pablo Candau, DNI 29.076.433, surge que la misma fue suscripta por Héctor Candau;

Que dentro de las facultades otorgadas a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor se encuentra la de evaluar las pruebas acompañadas y resolver los reclamos presentados;

Que conforme Anexo I, del Decreto N° 1.630/05, los Sres. Lucas Candau y Héctor Candau son cotitulares;

Que de acuerdo al espacio ocupado en el Mercado de las Pulgas, se les ha otorgado un puesto de 30 m2;

Que no obra en esta Dirección General antecedente alguno de la presencia de la Sra. Marta Alicia Abendaño, en el Mercado de las Pulgas;

Que atento las constancias obrantes en esta Dirección General, corresponde rechazar la solicitud efectuada por Marta Alicia Abendaño;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA

Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DISPONE:

Artículo 1° - Recházase la solicitud efectuada por Marta Alicia Abendaño, DNI 10.961.798, mediante Registro N° 1.482-DGDyPC/05.

Artículo 2° - Dése al Registro. Notifíquese a la interesada. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RECHAZA
Disp. 6372-05 deniega la incorporación la anexo I del Dec. 1630-05