RESOLUCIÓN 44 2006 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
APRUEBA FORMULARIOS - FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA MAYORES Y OTROS SERVICIOS DE ATENCIÓN GERONTOLÓGICA
Publicación:
16/02/2006
Sanción:
30/01/2006
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Visto la Ley N° 661 y su modificatoria Ley N° 1.003, el Decreto N° 1.076/05 y la Nota N° 3.711-DGDTE/05, y
CONSIDERANDO:
Que el Capitulo VI, Cláusula Primera de la Ley N° 661, y el art. 5° de la Ley N° 1.003, dispone que el Poder Ejecutivo deberá dictar las disposiciones reglamentarias de las normas citadas;
Que el Capítulo 1°, art. 4°, de la mencionada ley, dispone como autoridad de aplicación al nivel jerárquico superior en materia de Promoción Social;
Que por el art. 1° del Decreto N° 1.076/05, se aprueba la reglamentación de la Ley N° 661 y su modificatoria la Ley N° 1.003, la que establece el marco regulatorio para el funcionamiento de los establecimientos residenciales para mayores y otros servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el art. 2° se faculta a la Secretaria de Desarrollo Social a dictar los actos administrativos y las normas de interpretación que fueran necesarias para la instrumentación de la reglamentación antes mencionada;
Que por la Nota N° 3.711-DGDTE/05 se solicita la autorización de los formularios necesarios para llevar a cabo los registros indicados por las leyes mencionadas;
Que por las consideraciones precedentes y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1.076/05, resulta procedente dictar el acto administrativo que autorice los formularios de inscripción en los Registros Obligatorios dispuestos por la Leyes Nros. 661 y 1.003;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Apruébanse los formularios que como Anexos I, II, III y IV, forman parte integrante de la presente norma legal.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Unidad de Gestión de Control y Registro de Establecimientos Residenciales para Adultos Mayores, a la Secretaría de Salud, a la Secretaría de Seguridad y a la Secretaría de Jefe de Gabinete. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO
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