DISPOSICIÓN 6230 2005 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

IRIARTE, GABRIEL: - SE RECHAZA LA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL ANEXO I DEL DECRETO N° 1.630-05

Publicación:

16/02/2006

Sanción:

14/12/2005

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR


Visto el Decreto N° 1.630/05, la presentación efectuada por Gabriel Iriarte, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.630/05, se dispuso la desocupación administrativa del Mercado de las Pulgas, sito en las calles Dorrego, Álvarez Thomas, Concepción Arenal y General Enrique Martínez, atento la necesidad de efectuar la obra de reciclado y puesta en valor de ese mercado;

Que se intimó por el plazo de 10 días a los ocupantes, subocupantes e intrusos del predio, a su desocupación, bajo apercibimiento de proceder a su desalojo por la Administración, facultándose a trasladarse en forma provisoria, a la manzana comprendida entre las calles Dorrego, General Enrique Martínez, Concepción Arenal y Conde, Manzana 86 A, a los ocupantes que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas y que constan en el Anexo I que forma parte integrante del mencionado decreto;

Que el referido decreto en su art. 9°, establece que las personas que fueron desalojadas y que se consideren con derecho a ser incorporadas en la nómina que por Anexo I se aprueba, podrán interponer su reclamo y ofrecer prueba ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor dentro de los 15 días de publicado en el Boletín Oficial;

Que dentro de las facultades otorgadas a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor se encuentra la de evaluar las pruebas acompañadas y resolver los reclamos presentados;

Que el Sr. Gabriel Iriarte, DNI 5.063.729, interpone reclamo, sin constituir domicilio, solicitando ser incluido en el censo de operadores que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas, puesto El viejo Secreter N° de puesto según Censo Interno N° 70;

Que del censo efectuado con fecha 24 de junio de 2005, surge una planilla de censo a favor de Luis Mario Vázquez y otra que consta a nombre de Luis Mario Vázquez, Alberto Falcón y Gabriel Iriarte, ambos suscriptos por Luis Mario Vázquez;

Que con posterioridad al censo efectuado en el Mercado de las Pulgas se procedió a verificar la situación de cada uno de los operadores que desarrollan actividad en dicho mercado;

Que del censo interno del Mercado de las Pulgas realizado el 4, 5 y 6 de septiembre de 2005, - 70 - surge una cotitularidad entre Iriarte Gabriel y Falcón Alberto;

Que los Sres. Luis Mario Vázquez y Carlos Alberto Falcón, han sido incluidos en el Anexo I del Decreto N° 1.630/05;

Que de acuerdo al espacio ocupado por Vázquez y Falcón, se ha asignado un puesto de 30 m2;

Que de las verificaciones efectuadas en el Mercado de las Pulgas no surge la presencia del peticionante en el mismo;

Que conforme las constancias obrantes en esta Dirección General y las pruebas aportadas, corresponde rechazar la solicitud de incorporación al censo de operadores que desarrolla actividades en El Mercado de las Pulgas presentada por el Sr. Iriarte;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA

Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DISPONE:

Artículo 1° - Recházase la presentación efectuada por el Sr. Gabriel Iriarte, DNI 5.063.729, respecto a su solicitud de incorporación al censo de operadores que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas.

Artículo 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

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Detalle

RECHAZA
Disp. 6230-05 deniega la incorporación la anexo I del dec. 1630/05