DISPOSICIÓN 6231 2005 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

MARTÍNEZ, ANA MARÍA - SE RECHAZA LA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL ANEXO I DEL DECRETO N° 1.630-05

Publicación:

16/02/2006

Sanción:

14/12/2005

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR


Visto el Decreto N° 1.630/05, el Registro N° 1.457-DGDyPC/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.630/05, se dispuso la desocupación administrativa del Mercado de las Pulgas, sito en las calles Dorrego, Álvarez Thomas, Concepción Arenal y General Enrique Martínez, atento la necesidad de efectuar la obra de reciclado y puesta en valor de ese mercado;

Que se intimó por el plazo de 10 días a los ocupantes, subocupantes e intrusos del predio, a su desocupación, bajo apercibimiento de proceder a su desalojo por la Administración, facultándose a trasladarse en forma provisoria, a la manzana comprendida entre las calles Dorrego, General Enrique Martínez, Concepción Arenal y Conde, Manzana 86 A, a los ocupantes que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas y que constan en el Anexo I que forma parte integrante del mencionado decreto;

Que el referido decreto en su art. 9°, establece que las personas que fueron desalojadas y que se consideren con derecho a ser incorporadas en la nómina que por Anexo I se aprueba, podrán interponer su reclamo y ofrecer prueba ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor dentro de los 15 días de publicado en el Boletín Oficial;

Que dentro de las facultades otorgadas a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor se encuentra la de evaluar las pruebas acompañadas y resolver los reclamos presentados;

Que la Sra. Ana María Martínez, DNI 17.527.491, a través del Registro N° 1.457-DGDyPC/05, interpone reclamo, sin constituir domicilio, solicitando ser incluida en el censo de operadores que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas;

Que con posterioridad al censo efectuado en el Mercado de las Pulgas se procedió a verificar la situación de cada uno de los operadores que desarrollan actividad en dicho mercado;

Que conforme las constancias de verificaciones obrantes en esta Dirección General, surge que no se logró localizar a la Sra. Martínez en el espacio mencionado;

Que de la nómina del censo interno del Mercado de las Pulgas realizado el 4, 5 y 6 de septiembre de 2005, no surge la Sra. Ana María Martínez;

Que la prueba acompañada no resulta suficiente a los fines de acreditar su derecho a incorporación a la nómina del Anexo I del Decreto N° 1.630/05;

Que conforme las constancias obrantes en esta Dirección General, corresponde rechazar la solicitud de incorporación al censo de operadores que desarrolla actividades en El Mercado de las Pulgas presentada por la Ana María Martínez;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA

Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DISPONE:

Artículo 1° - Recházase la presentación efectuada por la Sra. Ana María Martínez, DNI 17.527.491, respecto a su solicitud de incorporación al censo de operadores que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas.

Artículo 2° - Dése al Registro. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RECHAZA
Disp. 6231-05 deniega la incorporación la anexo I del dec. 1630/05