DISPOSICIÓN 6232 2005 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

IRIARTE, VIVIANA - SE RECHAZA LA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL ANEXO I DEL DECRETO N° 1.630-05

Publicación:

16/02/2006

Sanción:

14/12/2005

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR


Visto el Decreto N° 1.630/05, el Registro N° 1.437-DGDyPC/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.630/05, se dispuso la desocupación administrativa del Mercado de las Pulgas, sito en las calles Dorrego, Álvarez Thomas, Concepción Arenal y General Enrique Martínez, atento la necesidad de efectuar la obra de reciclado y puesta en valor de ese mercado;

Que se intimó por el plazo de 10 días a los ocupantes, subocupantes e intrusos del predio, a su desocupación, bajo apercibimiento de proceder a su desalojo por la Administración, facultándose a trasladarse en forma provisoria, a la manzana comprendida entre las calles Dorrego, General Enrique Martínez, Concepción Arenal y Conde, Manzana 86 A, a los ocupantes que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas y que constan en el Anexo I que forma parte integrante del mencionado decreto;

Que el referido decreto en su art. 9°, establece que las personas que fueron desalojadas y que se consideren con derecho a ser incorporadas en la nómina que por Anexo I se aprueba, podrán interponer su reclamo y ofrecer prueba ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor dentro de los 15 días de publicado en el Boletín Oficial;

Que la Sra. Viviana Iriarte, DNI 23.810.010, sin constituir domicilio, a través del Registro N° 1.437-DGDyPC/05, interpone reclamo solicitando su incorporación al Anexo I, para desarrollar actividad en el Mercado de las Pulgas;

Que dentro de las facultades otorgadas a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor se encuentra la de evaluar las pruebas acompañadas y resolver los reclamos presentados;

Que la Sra. Iriarte no surge del censo efectuado el día 24 de junio de 2005;

Que la presentante no solicitó en tiempo y forma su incorporación a dicho censo;

Que de la nómina del censo interno efectuado en el Mercado de las Pulgas realizado el 4, 5 y 6 de septiembre de 2005, no surge la Sra. Viviana Iriarte;

Que de las verificaciones efectuadas por esta Dirección General en el Mercado de las Pulgas no surge que la Sra. Iriarte desarrolle actividades en el mismo;

Que la prueba acompañada no acredita su derecho a incorporación a la nómina del Anexo I del Decreto N° 1.630/05;

Que conforme las constancias obrantes en esta Dirección General y las pruebas aportadas, corresponde denegar la solicitud efectuada por la Sra. Iriarte;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA

Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DISPONE:

Artículo 1° - Deniégase la solicitud de incorporación al Anexo I del Decreto N° 1.630/05, efectuada por la Sra. Viviana Iriarte, DNI 23.810.010.

Artículo 2° - Dése al Registro. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

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Detalle

RECHAZA
Disp. 6232-05 deniega la incorporación la anexo I del dec. 1630/05