DISPOSICIÓN 6232 2005 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
Síntesis:
IRIARTE, VIVIANA - SE RECHAZA LA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL ANEXO I DEL DECRETO N° 1.630-05
Publicación:
16/02/2006
Sanción:
14/12/2005
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
Visto el Decreto N° 1.630/05, el Registro N° 1.437-DGDyPC/05, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.630/05, se dispuso la desocupación administrativa del Mercado de las Pulgas, sito en las calles Dorrego, Álvarez Thomas, Concepción Arenal y General Enrique Martínez, atento la necesidad de efectuar la obra de reciclado y puesta en valor de ese mercado;
Que se intimó por el plazo de 10 días a los ocupantes, subocupantes e intrusos del predio, a su desocupación, bajo apercibimiento de proceder a su desalojo por la Administración, facultándose a trasladarse en forma provisoria, a la manzana comprendida entre las calles Dorrego, General Enrique Martínez, Concepción Arenal y Conde, Manzana 86 A, a los ocupantes que desarrollan actividades en el Mercado de las Pulgas y que constan en el Anexo I que forma parte integrante del mencionado decreto;
Que el referido decreto en su art. 9°, establece que las personas que fueron desalojadas y que se consideren con derecho a ser incorporadas en la nómina que por Anexo I se aprueba, podrán interponer su reclamo y ofrecer prueba ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor dentro de los 15 días de publicado en el Boletín Oficial;
Que la Sra. Viviana Iriarte, DNI 23.810.010, sin constituir domicilio, a través del Registro N° 1.437-DGDyPC/05, interpone reclamo solicitando su incorporación al Anexo I, para desarrollar actividad en el Mercado de las Pulgas;
Que dentro de las facultades otorgadas a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor se encuentra la de evaluar las pruebas acompañadas y resolver los reclamos presentados;
Que la Sra. Iriarte no surge del censo efectuado el día 24 de junio de 2005;
Que la presentante no solicitó en tiempo y forma su incorporación a dicho censo;
Que de la nómina del censo interno efectuado en el Mercado de las Pulgas realizado el 4, 5 y 6 de septiembre de 2005, no surge la Sra. Viviana Iriarte;
Que de las verificaciones efectuadas por esta Dirección General en el Mercado de las Pulgas no surge que la Sra. Iriarte desarrolle actividades en el mismo;
Que la prueba acompañada no acredita su derecho a incorporación a la nómina del Anexo I del Decreto N° 1.630/05;
Que conforme las constancias obrantes en esta Dirección General y las pruebas aportadas, corresponde denegar la solicitud efectuada por la Sra. Iriarte;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Deniégase la solicitud de incorporación al Anexo I del Decreto N° 1.630/05, efectuada por la Sra. Viviana Iriarte, DNI 23.810.010.
Artículo 2° - Dése al Registro. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese.