DISPOSICIÓN 4 2006 DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DISEÑO
Síntesis:
CONVOCA A DISEÑADORES Y PRODUCTORES PARA PARTICIPAR EN LA FERIA TEMÁTICA DE DISEÑO A REALIZARSE EN EL PREDIO DORREGO
Publicación:
16/02/2006
Sanción:
13/02/2006
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DISEÑO
Visto el Decreto N° 731/04, la Resolución N° 285-SC/04, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 731/04 ratifica en todos sus términos los alcances establecidos en la resolución mencionada en el visto;
Que mediante Resolución N° 285-SC/04 fue creado el programa El Dorrego-Ferias de Diseño (PRODFEDI), a desarrollarse en el inmueble ubicado entre las calles Zapiola, Capitán Gral. Ramón Freire, Concepción Arenal y la Av. Dorrego;
Que la mencionada resolución designa autoridad de aplicación del PRODFEDI y unidad ejecutora del programa presupuestario correspondiente (6544) a la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño y, asimismo, aprueba el reglamento de uso del predio Dorrego para ferias temáticas de diseño;
Que la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño programa para los meses de mayo, junio y julio del año en curso una feria temática destinada a la participación de expositores con un alto nivel de diseño, calidad y producción, con el fin de generar una arteria de vital importancia para el desarrollo de Buenos Aries como capital sudamericana del diseño y la moda;
Por ello,
Artículo 1° - Convócase a diseñadores y productores para participar en la Feria Temática de Diseño a realizarse en el predio Dorrego, ubicado entre las calles Zapiola, Ramón Freire, Concepción Arenal y Av. Dorrego, durante los días 12, 13, 14, 20, 21, 27 y 28 de mayo; 3, 4, 10, 11, 17, 18, 24 y 25 de junio; 1° y 2 de julio en el horario de 15 a 20 hs., conforme los requisitos expuestos en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presente.
Artículo 2° - Establécese la temática de la presente convocatoria como: Productos de Diseño en los siguientes rubros: indumentaria, calzado, joyería, bijouterie, accesorios, marroquinería, ropa de blanco, equipamiento, artículos de bazar, mobiliario, iluminación, textiles para el hogar, juegos y juguetes, velas y jabones, etc.
Artículo 3° - Convócase como Productos discográficos y Editoriales a sellos discográficos y empresas editoriales, conforme los requisitos expuestos en el Anexo II, que a todos sus efectos forma parte de la presente.
Artículo 4° - Convócase como Productos y Servicios Anexos Complementarios a empresas de productos y servicios complementarios a las temáticas propuestas, conforme los requisitos expuestos en el Anexo III, que a todos sus efectos forma parte de la presente. Se considerarán como actividades anexas las relacionadas con productos gastronómicos, gastronómicos envasados, servicios de belleza, salud, etc.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO I
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ANEXO II
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ANEXO III
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