LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2025
Síntesis:
EXP. 2438-D-24. - ACEPTA DONACIÓN DE PLACA - EMBAJADA DE EL SALVADOR EN LA REPÚBLICA ARGENTINA - EMPLAZAMIENTO - PLAZA EL SALVADOR - AV MONROE 1001-1077
Publicación:
30/12/2025
Sanción:
27/11/2025
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Exp. 2438-D-24.
Artículo 1°.- Se acepta la donación de una placa a favor del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, efectuada por la Embajada de El Salvador en la República
Argentina, en homenaje a la amistad y fuertes lazos de hermandad existentes entre la
República de El Salvador y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme surge de
la nota del donante que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Se autoriza el emplazamiento de la placa en la Plaza "El Salvador", ubicada
en Av. Monroe 1001-1077, Barrio de Belgrano, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
considerando el diseño y preservación del monumento, mantenimiento del espacio
público y la circulación peatonal.
Art. 3°.- La Embajada de El Salvador en la República Argentina se hará cargo del
emplazamiento de la placa -que no puede exceder las medidas de 30 x 40 cm-, la
base y su anclaje, así como su mantenimiento en el futuro.
Art. 4°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Muzzio Schillagi