RESOLUCIÓN 221 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APRUEBA EL PAGO DE LAS COMPENSACIONES TARIFARIAS - MESES DE MAYO Y JUNIO DE 2025- EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - COLECTIVOS
Publicación:
30/12/2025
Sanción:
23/12/2025
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley Nacional 26.740, la Ley 6.851 (texto consolidado por Ley 6.764), los
Decretos 393/09, 387/23 y modificatorios, las Resoluciones 305/LCABA/24,
93/SECT/25, 103/SECT/25 y su modificatoria 172/SECT/25, 105/SECT/25, y
143/SECT/25, el Acuerdo CONJG-2024-5-GCABA-AJG, y el Expediente EX-2025-
55056485-GCABA-DGGEF,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nacional 26.740 se ratificó la transferencia de competencias sobre los
servicios de transporte público de pasajeros a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo su facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se
desarrolle íntegramente en su territorio;
Que mediante el Acta Acuerdo (CONJG-2024-5-GCABA-AJG) suscripta el 3 de
septiembre de 2024, aprobada por Resolución 305/LCABA/24, se materializó la
transferencia definitiva de las líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente
dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al
Grupo Tarifario Distrito Federal;
Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,
12, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 99, 102, 106, 107, 108,
109, 115, 118, 132, 151;
Que, como consecuencia de dicha transferencia, corresponde a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires la plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los
servicios, y la determinación y gestión de compensaciones y/o subsidios para las
mencionadas líneas;
Que por Ley 6.851 se establecieron los Ministerios actuales del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e
Infraestructura;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo, quedando esta Secretaría de Transporte como
dependiente de dicho Ministerio, y estableciendo entre sus responsabilidades
primarias las de "entender en la formulación de políticas, planificación, regulaciones y
planes de los sistemas de transporte concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y su articulación con el Área Metropolitana, así como en la
coordinación interjurisdiccional" y la "entender en materia de compensaciones tarifarias
y de costos de explotación del transporte automotor de pasajeros de su jurisdicción";
Que, en ejercicio de dichas competencias, mediante la Resolución 93/SECT/25 esta
Secretaría aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias" con destino a las líneas
de transporte público de jurisdicción de la Ciudad;
Que por la Resolución 103/SECT/25 y su modificatoria 172/SECT/25, se aprobó el
Procedimiento de Cálculo de Distribución de Compensaciones Tarifarias con destino a
dichas líneas;
Que, mediante la Resolución 105/SECT/25 se aprobó el Manual de procedimiento de
pago de compensaciones tarifarias con destino a las líneas de transporte público
automotor de pasajeros cuyo recorrido se desarrolla íntegramente en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución 143/SECT/25 se han establecido las condiciones de acceso y
mantenimiento para que las empresas prestatarias del transporte público colectivo de
pasajeros por automotor cuyo recorrido se desarrolle dentro de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires logren acceder a las compensaciones tarifarias expuestas;
Que, sobre la base de dicho marco normativo, han tomado intervención la
Subgerencia Operativa Control Económico del Uso de las Compensaciones Tarifarias,
la Gerencia Operativa Control de la Movilidad pertenecientes a la Dirección General de
Control de la Movilidad, la Gerencia Operativa de Permisos de Transporte de
Colectivos, de la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad, dependientes
de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, la Gerencia de Estadísticas
Económicas Financieras, la Gerencia Operativa de Planificación Económica del
Transporte y la Dirección General de Gestión Económica Financiera, de la
Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial;
Que mediante la Resolución 36 de fecha 8 de julio de 2025 de la Secretaría de
Transporte de la Nación se procedió a una redeterminación de costos de los meses
mayo y junio de 2025 por motivo de incrementos salariales (debido a las paritarias
firmadas en el mes de mayo de 2025), actualización de costos no salariales y ajustes
por diferencias de recaudación en el balance de subsidios, excluyendo a las empresas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que realizan su recorrido íntegramente en el
ámbito de la Ciudad;
Que es así como la Secretaria de Transporte de la Nación procedió a calcular la
redeterminación de compensaciones tarifarias correspondientes a los meses de mayo
y junio de 2025, ajustando solo las jurisdicciones Nación y PBA, quedando pendiente
de regularizar las diferencias de dicho periodo para CABA;
Que por lo tanto, las áreas técnicas de esta Secretaría han realizado la liquidación de
las compensaciones correspondientes a los meses de mayo y junio de 2025,
determinando el monto a transferir a las líneas de transporte público colectivo de
pasajeros por automotor, el cual asciende a la suma de DOS MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL CIENTO NOVENTA Y
UNO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.239.620.191,98.-) cuya distribución
se encuentra determinada en el ANEXO, que forma parte de la presente resolución;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar la transferencia de los fondos a las
empresas del servicio de transporte público colectivo de pasajeros por automotor que
poseen recorrido íntegramente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el pago de las compensaciones tarifarias correspondiente a
los meses de mayo y junio de 2025, por la suma de DOS MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL CIENTO NOVENTA Y
UNO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.239.620.191,98.-), con destino a las
empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros por
automotor que poseen recorrido íntegro en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
determinadas en el ANEXO (IF-2025-55284375-GCABA-SECT) que forma parte de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La Dirección General de Contaduría General, dependiente de la
Subsecretaría de Hacienda, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, adoptará los recaudos necesarios a los fines de
cumplimentar lo dispuesto por el Decreto 393/09.
ARTÍCULO 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar
a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la
Subsecretaría de Hacienda, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para
su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Krantzer