RESOLUCIÓN 222 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APRUEBA PAGO - COMPENSACIONES TARIFARIAS - EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO - TRANSPORTE PÚBLICO - COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - LÍNEAS DE COLECTIVOS
Publicación:
02/01/2026
Sanción:
26/12/2025
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley Nacional 26.740, la Ley 6.851 (texto consolidado por Ley 6.764), los
Decretos 393/09, 387/23 y modificatorios, las Resoluciones 305/LCABA/24,
93/SECT/25, 102/SECT/25, 103/SECT/25 y su modificatoria 172/SECT/25,
105/SECT/25, 136/SECT/25 y 143/SECT/25, 170/SECT/25, 182/SECT/25 y su
modificatoria 201/SECT/25, el Acuerdo CONJG-2024-5-GCABA-AJG, y el Expediente
EX-2025-55051909-GCABA-DGGEF,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nacional 26.740 se ratificó la transferencia de competencias sobre los
servicios de transporte público de pasajeros a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo su facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se
desarrolle íntegramente en su territorio;
Que mediante el Acta Acuerdo (CONJG-2024-5-GCABA-AJG) suscripta el 3 de
septiembre de 2024, aprobada por Resolución 305/LCABA/24, se materializó la
transferencia definitiva de las líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente
dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al
Grupo Tarifario Distrito Federal;
Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,
12, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 99, 102, 106, 107, 108,
109, 115, 118, 132, 151;
Que, como consecuencia de dicha transferencia, corresponde a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires la plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los
servicios, y la determinación y gestión de compensaciones y/o subsidios para las
mencionadas líneas;
Que por medio de la Ley 6.851 se establecieron los Ministerios actuales del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de
Movilidad e Infraestructura;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo, quedando esta Secretaría de Transporte como
dependiente de dicho Ministerio, y estableciendo entre sus responsabilidades
primarias las de "Entender en la formulación de políticas, planificación, regulaciones y
planes de los sistemas de transporte concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y su articulación con el Área Metropolitana, así como en la
coordinación interjurisdiccional. " y la "Entender en materia de compensaciones
tarifarias y de costos de explotación del transporte automotor de pasajeros de su
jurisdicción.";
Que, en ejercicio de dichas competencias, mediante la Resolución 93/SECT/25 esta
Secretaría aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias" con destino a las líneas
de transporte público de jurisdicción de la Ciudad;
Que, asimismo, la citada Resolución instruyó en su Artículo 2° a la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial a elaborar el marco regulatorio
específico de dicho Régimen, debiendo contemplar, entre otros puntos, la metodología
de cálculo de costos, los criterios de distribución de las compensaciones y los
manuales de procedimiento aplicables;
Que por la Resolución 102/SECT/25 y sus modificatorias 182/SECT/25 y
201/SECT/25, se aprobó la Metodología de Cálculo de Costos de Explotación del
Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor de Jurisdicción de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; y a través de la Resolución 103/SECT/25 y su
modificatoria 172/SECT/25, se aprobó el Procedimiento de Cálculo de Distribución de
Compensaciones Tarifarias con destino a dichas líneas;
Que, mediante la Resolución 105/SECT/25 se aprobó el Manual de procedimiento de
pago de compensaciones tarifarias con destino a las líneas de transporte público
automotor de pasajeros cuyo recorrido se desarrolla íntegramente en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución 136/SECT/25 se modificó la Metodología de Cálculo de Costos
de Explotación del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor de
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución 143/SECT/25 se han establecido las condiciones de acceso y
mantenimiento para que las empresas prestatarias del transporte público colectivo de
pasajeros por automotor cuyo recorrido se desarrolle dentro de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires logren acceder a las compensaciones tarifarias expuestas;
Que, sobre la base de dicho marco normativo, han tomado intervención la
Subgerencia Operativa Control Económico del Uso de las Compensaciones Tarifarias,
la Gerencia Operativa Control de la Movilidad pertenecientes a la Dirección General de
Control de la Movilidad, la Gerencia Operativa de Permisos de Transporte de
Colectivos, de la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad, dependientes
de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, la Gerencia de Estadísticas
Económicas Financieras, la Gerencia Operativa de Planificación Económica del
Transporte y la Dirección General de Gestión Económica Financiera, de la
Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial;
Que por lo tanto las áreas técnicas de esta Secretaría han realizado la liquidación de
las compensaciones correspondientes al adelanto del mes de enero de 2026,
determinando el monto a transferir a cada una de las líneas de transporte público
colectivo de pasajeros por automotor, que asciende a la suma de DIECINUEVE MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS VEINTICINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS
($ 19.873.173.225,97.-);
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la liquidación mencionada y autorizar la
transferencia de los fondos a las empresas del servicio de transporte público colectivo
de pasajeros por automotor con recorrido íntegramente en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el pago de las compensaciones tarifarias correspondiente al
mes de enero de 2026, por la suma de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA
Y TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO
CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 19.873.173.225,97.-), con destino a las
empresas prestadoras del servicio transporte público colectivo de pasajeros por
automotor, con recorrido íntegro en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme la
liquidación establecida por el IF-2025-55462460-GCABA-SECT, que como Anexo
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe
indicado en el Artículo 1° en una orden de pago.
ARTÍCULO 3°.- Autorizar a la Dirección General de Tesorería a transferir la suma
mencionada indicado en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar
a la Dirección General de Contaduría General, y a la Dirección General de Tesorería,
dependientes de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas,
para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Krantzer