RESOLUCIÓN 119 2025 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE

Síntesis:

APRUEBA PROYECTO MAESTRO DE GRADO/SECCIÓN - PAREJA PEDAGÓGICA PARA LOS NIVELES INICIAL Y PRIMARIO - DIRECCIONES EDUCACIÓN INICIAL EDUCACIÓN PRIMARIA Y ESCUELAS NORMALES SUPERIORES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DOCENTES - MAESTROS - EDUCACIÓN INCLUSIVA

Publicación:

05/01/2026

Sanción:

04/12/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto

387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 1602-GCABA-MEDGC/24, 860-GCABA-

MEDGC/25, el Expediente Electrónico 52176973-GCABA-SSGDA/25,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que, asimismo, asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,

permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, promueve el más alto nivel

de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que

posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;

Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen, en su artículo 4°, la

responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones

locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los

habitantes de la Nación;

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por los ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre

otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y

programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de

contribuir al desarrollo individual y social;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose al Ministerio de Educación;

Que, conforme determina el referido Decreto, la Subsecretaría Gestión del

Aprendizaje, tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover,

implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al

desarrollo individual y social de la comunidad, así como diseñar, promover y

supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de

enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa, como así también

diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas de educación inclusiva;

Que, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que

se presentan en la actualidad;

Que el referido Plan propone como eje central y prioritario, la mejora de los

aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente que promueva

el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por lo que se

requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la

comunidad educativa en su conjunto;

Que, entre los principios esenciales que orientan dicho Plan, se prevé el Principio de

Inclusión, a través del cual se busca promover condiciones de equidad de

oportunidades para todos los estudiantes, aumentando su sentido de pertenencia a la

escuela a partir del respeto a su singularidad;

Que en dicho marco, mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se aprobó la

Política de Educación Inclusiva para la educación obligatoria de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires con el objetivo de establecer los criterios sustantivos para llevar

adelante estrategias de profundización de la educación inclusiva, atendiendo las

particularidades de cada nivel, modalidad y sector de gestión, lo que requiere un

abordaje integral;

Que mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se delegó en la Subsecretaría

Gestión del Aprendizaje el dictado de las normas complementarias, para el

cumplimiento de lo establecido por la misma;

Que, asimismo, la implementación de esta política requiere revisar y adecuar la

normativa, fortalecer la articulación entre los actores intervinientes, la organización de

los apoyos, y la gestión de la institución en su conjunto, para mejorar las condiciones

de participación y aprendizaje significativo de los estudiantes;

Que la mentada Política de Educación Inclusiva reconoce la diversidad como una

oportunidad para enriquecer las experiencias de enseñanza y de aprendizaje,

poniendo especial énfasis en la creación de las condiciones pedagógicas

organizacionales que respeten las singularidades de cada niño;

Que en ese marco se propicia el Proyecto "Maestro de grado/sección en funciones de

Pareja Pedagógica" como una estrategia para fortalecer las condiciones de enseñanza

y de aprendizaje tanto a nivel institucional como áulico y fortalece las prácticas

docentes a través del trabajo compartido, la planificación conjunta y la reflexión

permanente sobre las prácticas;

Que asimismo, el proyecto que se propicia permite ampliar las oportunidades de

intervención, enriquecer las propuestas didácticas, promover un seguimiento más

sistemático de los aprendizajes y la organización de otro tipo de agrupamientos que

contemplen las particularidades de cada estudiante;

Que, en virtud de ello se propicia la aprobación del Proyecto "Maestro de

grado/sección en funciones de Pareja Pedagógica" para los niveles inicial y primario

de conformidad con los lineamientos contemplados en el Anexo I (IF-2025-52467768-

GCABA-DGEGE);

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, las Direcciones

Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente, Escuela de

Maestros, Planificación y Administración de Recursos, Carrera Docente y Personal

Docente y No Docente han tomado intervención en el marco de sus competencias;

Que la medida propiciada cuenta con el debido reflejo presupuestario;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Por ello, en el uso de las facultades delegadas por Resolución 860-GCABA-

MEDGC/25,

LA SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Proyecto "Maestro de grado/sección en funciones de Pareja

Pedagógica" para los niveles inicial y primario de la Direcciones Educación Inicial,

Educación Primaria y Escuelas Normales Superiores, de conformidad con los

lineamientos contemplados en el Anexo I (IF-2025-52467768-GCABA-DGEGE).

Artículo 2°.- Establecer que el gasto que demande la presente resolución será

imputado a la Partida Presupuestaria Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y a las Direcciones Generales

Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente, Escuela de Maestros,

Carrera Docente y Personal Docente y No Docente. Cumplido, archivar. Cruzalegui


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7276

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 119-SSGDA-25 aprueba el Proyecto Maestro de grado/sección en funciones de Pareja<br />Pedagógica para los niveles inicial y primario de la Direcciones Educación Inicial, Educación Primaria y Escuelas Normales Superiores,según lo previsto por Resolución 860-MEDGC/25.</p>