DECRETO 2 2026

Síntesis:

ADECUACIÓN DE PLANILLAS ANEXAS LEY 6929 -PLANILLAS 44 Y 45 - PLAN PLURIANUAL INVERSIONES 2026-2028 - DISTRIBUCIÓN ANALÍTICA - DISTRIBUCIÓN ADMINISTRATIVA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS - EJERCICIO - 2026 - METAS FÍSICAS PRODUCCIÓN PÚBLICA - PODER EJECUTIVO

Publicación:

06/01/2026

Sanción:

05/01/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: las Leyes 70 (texto consolidado por la Ley 6.764) y 6.929, el Expediente EX-

2025-55095258-GCABA-DGOGPP, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 54 de la Ley 70 establece que una vez aprobada la Ley de Presupuesto

General, el Poder Ejecutivo decreta la Distribución Administrativa del Presupuesto de

Gastos y remite esta información a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que mediante la Ley 6.929 se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de

Recursos de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires para el ejercicio 2026;

Que el artículo 13 de la Ley 6.929 establece que el Poder Ejecutivo distribuirá los

créditos aprobados, al máximo nivel de desagregación previsto en los clasificadores

presupuestarios, efectuando la identificación de los Programas y las Actividades que

los componen;

Que, en tal sentido, resulta necesario efectuar la pertinente desagregación de los

créditos aprobados por la Ley 6.929;

Que, por otra parte, corresponde adecuar las Planillas 1 a 43, anexas a la Ley 6.929, a

las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires mediante las Planillas 44 y 45, también anexas a la citada ley;

Que, de igual modo, deben adaptarse concordantemente las planillas

correspondientes al Plan Plurianual de Inversiones Públicas 2026-2028;

Que, asimismo, a fin de identificar la producción pública a alcanzar a través de los

programas y proyectos identificados, es necesario establecer las metas físicas iniciales

de los mismos;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el presente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Adecuar las planillas anexas a la Ley 6.929 a los importes resultantes de

las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires mediante las Planillas Anexas complementarias 44 y 45, de conformidad con el

detalle obrante en el Anexo I (IF-2025-55918969-GCABA-DGOGPP), el que a todos

sus efectos forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°.- Adecuar, de manera concordante, las planillas que integran el Plan

Plurianual de Inversiones Públicas 2026-2028, según el detalle del Anexo II (IF-2025-

55918932-GCABA-DGOGPP), el que a todos sus efectos forma parte integrante del

presente decreto.

Artículo 3°.- Aprobar la distribución analítica del Presupuesto General de Gastos y

Cálculo de Recursos de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2026, aprobado por la Ley 6.929, según el

detalle obrante en el Anexo III (IF-2025-55918865-GCABA-DGOGPP), el que a todos

sus efectos forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 4°.- Establecer las metas físicas iniciales correspondientes a los programas y

proyectos identificados en el artículo 3° que poseen producción pública, según el

detalle del Anexo IV Producción Pública de Programas (IF-2025-55918795-GCABA-

DGOGPP) y Anexo V Producción Pública de Proyectos y Obras (IF-2025-55918714-

GCABA-DGOGPP), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente

decreto.

Artículo 5°.- El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas

y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General

Coordinación y Consolidación Normativa y, para su conocimiento y demás efectos,

pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección

General Contaduría, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7277- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7277- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7277- ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7277- ANEXO IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7277- ANEXO V

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución1-SSHA-26 modifica Apertura Programática, en el marco del  Decreto 2/26 que aprobó la distribución analítica del presupuesto 2026.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 del Decreto 2/26 adecúa las planillas anexas a la Ley 6929 a los importes resultantes de las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante las Planillas Anexas complementarias 44 y 45, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo I.</p>