RESOLUCIÓN 598 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
APRUEBA - METODOLOGÍA DE CÁLCULO - VALOR LOCATIVO DE REFERENCIA - ACTUALIZA - VALOR LOCATIVO DE REFERENCIA - EJERCICIO 2026 - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
06/01/2026
Sanción:
26/12/2025
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: El artículo 329 del Código Fiscal vigente (t.o. 2025), con las modificaciones
introducidas por las Leyes Nros. 6.843 (BOCBA N° 7.215) y 6.926 (BOCBA N° 7.269),
la Resolución N° 593-AGIP/11 (BOCBA N° 3769) y el Expediente Electrónico N°
52.538.755/GCABA-DGR/25, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 329 del Código Fiscal vigente faculta a la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer un valor locativo de referencia para
cada inmueble situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual debe
considerar su renta locativa mínima potencial anual, según el destino constructivo del
mismo;
Que asimismo, el citado artículo dispone que el valor locativo de referencia deberá
actualizarse anualmente y se aplicará a los contratos de locación gravables con el
Impuesto de Sellos, cuando este valor supere al precio convenido por las partes;
Que la Resolución N° 593/AGIP/2011 ha establecido los parámetros a considerar para
la determinación del valor locativo de referencia, fijando como variables la superficie
del inmueble, su ubicación geográfica (barrio, subzona barrial), los circuitos
comerciales y las vías de acceso;
Que la Resolución mencionada dispone que los intervinientes en la operación, a los
efectos de obtener el valor locativo de referencia, deben acceder a la página Web de
esta Administración Gubernamental (www.agip.gob.ar), ingresando el domicilio
catastral del inmueble o el número de Partida Matriz u Horizontal, indicando los metros
cuadrados a alquilar y el destino comercial tipificado;
Que a los fines de proceder a la actualización anual del valor locativo de referencia, se
ha implementado un plan de relevamiento permanente tendiente al análisis de la oferta
de locaciones comerciales en arterias y barrios de diferentes características,
considerando las particularidades de cada zona y los destinos de los inmuebles
locados;
Por ello, y en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 329 del Código Fiscal
vigente,
Artículo 1.- Aprobar la Metodología de Cálculo del Valor Locativo de Referencia (IF-
2025-55465627-GCABA-AGIP) y los Anexos I y II (IF-2025-55465497-GCABA-AGIP y
IF-2025-55464897-GCABA-AGIP), los cuales forman parte integrante de la presente
Resolución a todos sus efectos.
Artículo 2.- Actualizar el valor locativo de referencia para el ejercicio 2026, de
conformidad con la Metodología de Cálculo y los Anexos I y II que se aprueban por la
presente Resolución, el cual podrá ser consultado en la página Web de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar).
Artículo 3.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas dependiente de
esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívar. Lima
p/p