RESOLUCIÓN 11 2006 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
MODIFICA EL ANEXO III DE LA RESOLUCIÓN N° 85-EURSPCABA-03 - NIVELES Y RANGOS BÁSICOS - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
01/03/2006
Sanción:
16/02/2006
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Visto el art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Resolución del Ente Unico Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 85 del 2 de diciembre de 2003, el Acta de Directorio N° 237 del 29 de diciembre de 2005, el Expediente N° 7-EURSPCABA/06, y
CONSIDERANDO:
Que, el art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Unico Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó su constitución estableciendo el art. 11, incs. c) y d) que son funciones de su Directorio determinar la estructura orgánica del Ente, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado respetando el debido proceso;
Que, por Resolución N° 85-EURSPCABA/03 se determinó la estructura orgánica del Ente, las misiones y funciones de las distintas unidades funcionales, el escalafón y niveles salariales para el personal y la cobertura de la estructura mencionada;
Que, el Directorio en su reunión ordinaria del día 29 de diciembre de 2005, en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 210, resolvió modificar el Anexo III de la Resolución N° 85-EURSPCABA/03 en cuanto a Niveles y Rangos Básicos;
Que, la Secretaría Legal ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
Artículo 1° - Modifíquese el Anexo III de la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 85-EURSPCABA/03 en cuanto a niveles y rangos básicos de acuerdo con el detalle que como Anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a todas las Gerencias. Cumplido, archívese.
ANEXOS
